Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2008 (18/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 17 de agosto de 2006, legalizado por el Consulado General del Peru en Paterson se observa que, The Children´s Hospital of Philadelphia ha efectuado una donacion a favor del INSTITUTO DAMOS VISION; Que, el bien donado consiste en 01 bulto, conteniendo una camara NM-200D usada, para oftalmologia, MORDAZA Nidek, con MORDAZA y maletin para portar, con un valor FOB de US $ 15,000.00 (Quince mil y 00/100 Dolares americanos), con un peso MORDAZA manifestado de 41 kilos, de acuerdo a la Guia Aerea Nº 529 12219126 y un peso MORDAZA recibido de 28.40 kilos, de acuerdo al Volante de Despacho Nº 728113 de fecha 31-Oct-06, amparado con Declaracion Unica de Aduanas Nº 235-2006-10-10606401-6 de fecha 06-Nov-06. Donacion que servira para apoyar los programas de asistencia social del Instituto Damos Vision a favor de pacientes de escasos recursos economicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por The Children´s Hospital of Philadelphia a favor del INSTITUTO DAMOS VISION; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por The Children´s Hospital of Philadelphia a favor del INSTITUTO DAMOS VISION, consistente en 01 bulto, conteniendo una camara NM-200D usada, para oftalmologia, MORDAZA Nidek, con MORDAZA y maletin para portar, con un valor FOB de US $ 15,000.00 (Quince mil y 00/100 Dolares americanos), con un peso MORDAZA manifestado de 41 kilos, de acuerdo a la Guia Aerea Nº 529 12219126 y un peso MORDAZA recibido de 28.40 kilos, de acuerdo al Volante de Despacho Nº 728113 de fecha 31 de Oct-06, con Declaracion Unica de Aduanas Nº 2352006-10-106064-01-6 de fecha 06-Nov-06. Donacion que servira para apoyar los programas de asistencia social del Instituto Damos Vision a favor de pacientes de escasos recursos economicos. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 163529-2

mediante el cual solicita, en via de regularizacion, la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de The Third World Network of Scientific Organizations (TWNSO), con sede en Trieste, Italia. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, el INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL se encuentra inscrito en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion de fecha 15 de MORDAZA de 2004, legalizada por el Consulado del Peru en Trieste y Carta Aclaratoria de fecha 19 de noviembre de 2004, se observa que The Third World Network of Scientific Organizations (TWNSO), ha efectuado una donacion a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL; Que, los bienes donados consisten en 01 bulto, conteniendo equipos, material e insumos medicos, con un valor FOB de US $ 8,448.06 (Ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho y 06/100 Dolares americanos), segun Carta de Donacion de fecha 15-Jul-04 y Carta Aclaratoria de fecha 19-Nov-04, con un peso MORDAZA manifestado de 116 kilos, de acuerdo a la Guia Aerea Nº 529-11214943 de fecha 23-Feb-05 y un peso MORDAZA recibido de 112 kilos, segun Volante de Despacho Nº 560303 de fecha 25-Feb-05. La donacion ha servido para implementar un laboratorio de biologia molecular en el Instituto de Investigacion Nutricional, en el cual se han desarrollado tecnicas moleculares PCR para el estudio epidemiologico a nivel genetico de organismos causantes de enfermedades infecciosas en humanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por The Third World Network of Scientific Organizations (TWNSO) a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0127/RE MORDAZA, 31 de enero de 2008 Visto, el expediente Nº 6269-2007, presentado por el INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL,

Articulo Primero.- Aprobar, en via de regularizacion, la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por The Third World Network of Scientific Organizations (TWNSO) a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL, consistente en

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