Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2008 (18/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de febrero de 2008

01 bulto, conteniendo equipos, material e insumos medicos, con un valor FOB de US $ 8,448.06 (Ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho y 06/100 Dolares americanos), segun Carta de Donacion de fecha 15-Jul04 y Carta Aclaratoria de fecha 19-Nov-04, con un peso MORDAZA manifestado de 116 kilos, de acuerdo a la Guia Aerea Nº 529-11214943 de fecha 23-Feb-05 y un peso MORDAZA recibido de 112 kilos, segun Volante de Despacho Nº 560303 de fecha 25-Feb-05. La donacion ha servido para implementar un laboratorio de biologia molecular en el Instituto de Investigacion Nutricional, en el cual se han desarrollado tecnicas moleculares PCR para el estudio epidemiologico a nivel genetico de organismos causantes de enfermedades infecciosas en humanos. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 163529-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0128/RE MORDAZA, 31 de enero de 2008 Visto, los expedientes Nº 4799-2007, Nº 4863-2007 y Nº 9048-2007, presentados por la ASOCIACION RADIO MORDAZA, mediante los cuales solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de la Provincia Italiana Missionari Monfortani, con sede en Bergamo, Italia. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION RADIO MORDAZA, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Declaracion de Donacion de fecha 29 de diciembre de 2006, legalizada por el Consulado General del Peru en MORDAZA, se observa que, la Provincia Italiana Missionari Monfortani, ha efectuado una donacion a favor de la ASOCIACION RADIO MARIA; Que, el bien donado consiste en 01 equipo de radiodifusion ETG 500 DR MORDAZA Elenos, con un valor FOB de 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Euros), segun Declaracion de Donacion de fecha 29-Dic-06, un peso MORDAZA manifestado de 18 kilos, de acuerdo a la Guia Aerea Nº 020 4919 4331 de fecha 05-En-07 y un peso MORDAZA recibido de 22 kilos, amparados con Declaracion

Unica de Aduanas Nº 235-2007-10-010006-01-4 de fecha 30-Ene-07. Donacion recibida para colaborar con la labor de evangelizacion a traves de los medios de comunicacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por la Provincia Italiana Missionari Monfortani a favor de la ASOCIACION RADIO MARIA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por la Provincia Italiana Missionari Monfortani a favor de la ASOCIACION RADIO MORDAZA, consistente en 01 equipo de radiodifusion ETG 500 DR MORDAZA Elenos, con un valor FOB de 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Euros), segun Declaracion de Donacion de fecha 29-Dic-06, un peso MORDAZA manifestado de 18 kilos, de acuerdo a la Guia Aerea Nº 020 4919 4331 de fecha 05-Ene-07 y un peso MORDAZA recibido de 22 kilos, amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 235-2007-10-010006-01-4 de fecha 30-Ene-07. Donacion recibida para colaborar con la labor de evangelizacion a traves de los medios de comunicacion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 163529-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0132/RE MORDAZA, 1 de febrero de 2008 Visto, los expedientes Nº 2314-2007, Nº 38262007, Nº 5282-2007 y Nº 6968-2007, presentados por la ASOCIACION BENEFICA PRISMA, mediante los cuales solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Health Partners International of Canada y Rotary Club of Montreal Lakeshore, ambos con sede en Pointe-Claire, Quebec, Canada. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional

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