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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (18/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de febrero de 2008 366862 PARA EL PROGRESO, solicitó a la Ofi cina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, la inscripción del partido político en el Registro que ésta conduce; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todas las disposiciones de carácter formal señaladas en el artículo 5º de la Ley 28094, esto es, contiene: i) Acta de Fundación, ii) Actas de Constitución de Comités Partidarios ubicados en al menos el tercio de las provincias del país y que abarquen las dos terceras partes de los departamentos, estando suscritas cada una por no menos de cincuenta afiliados debidamente identificados, iii) Estatuto, iv) designación de Personeros Legales Titulares y Alternos, v) designación del Representante Legal del Partido y, vi) mas del 1% de adherentes que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional, según reporte emitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE, tal como se advierte en las Constancias de Verificación de Listas de Adherentes Nº VLA-001-2007 y N° 001-2008, suscritas por el Gerente de Gestión Electoral de dicho órgano electoral, y remitidas a esta Oficina mediante Oficios N° 1004-2007-SG/ONPE y Nº 037-2008-SG/ONPE, documentos mediante los cuales se certificó que la organización política bajo mención presentó un total de 145,190 firmas válidas, cantidad que supera el mínimo necesario de 145,057; Que, con fecha 02 de febrero de 2008 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano”, un resumen de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante, habiendo quedado en esta Ofi cina de Registro toda la documentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción, conforme es de verse en el Informe Nº 025-2008-OOESC/JNE de fecha 11 de febrero del 2008; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y luego de cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Ofi cina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Partidos Políticos al Partido Político: ALIANZA PARA EL PROGRESO, quedando aprobado su símbolo el cual es un círculo rojo en su interior la letra “A” de color azul oscuro en fondo blanco. Artículo Segundo.- Abrir la partida electrónica correspondiente en el Libro de Partidos Políticos, Tomo Dos, Partida Número Dos y regístrese la inscripción en el Asiento Número Uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros a los señores David Abraham Toso Arcaya y Carmen Rosa Rengifo Trigoso como titular y alterno respectivamente. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRIGUEZ PATRÓN Jefe de la Ofi cina de Registro deOrganizaciones políticasJurado Nacional de Elecciones 165478-1REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados Pampacancha y Cushcanday RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 063-2008-JNAC/RENIEC Lima, 12 de Febrero de 2008. VISTOS: el Informe N° 000006-2008/SGGORC/ GRC/RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de Registros Civiles y el Informe N° 000019-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98- PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refi eren los informes del Visto, ha formalizado el expediente para la delegación de funciones registrales, el cual ha sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegación mencionada, a fi n de establecer la vinculación funcional respectiva; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley 26497; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley 26497; así como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Pampacancha, distrito de Lajas, provincia de Chota, departamento de Cajamarca. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado referido, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles, proporcionará los Libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina Registral referida; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas,