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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (19/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de febrero de 2008 366900 ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya sobre la Delimitación Marítima PERÚ – CHILE. - Promover un debate entre los estudiantes de manera que se evidencie el trabajo cooperativo entre los mismos, y a la vez les permita desarrollar su pensamiento analítico y crítico, así como establecer conclusiones argumentadas en cada sección. - Considerar los estilos de aprendizaje de los estudiantes así como el nivel educativo correspondiente para la aplicación de las estrategias. VII.- DE LAS RESPONSABILIDADES MED DRE UGEL IIEE Elabora Directiva y adecua lectura elaborada por Ministerio de Relaciones Exteriores. Difunde Directiva y anexo en la página Web del MED y a todas las DRE del país. Difunde Directivay anexos impresos a la totalidad de UGELs de su jurisdicción.Distribuye Directiva y anexos 1 y 2 impresos y electrónicos a las IIEE públicas y privadas de su jurisdicción. Monitorea la ejecución de las acciones planteadas en la Directiva.Director distribuye Directiva y anexos 01 y 02 a los docentes responsables de su implementación. Igualmente monitorea el desarrollo de las clases. Reúne a los profesores involucrados para indicaciones previas y evaluar los logros educativos. Docentes ejecutan las acciones planteadas en la Directiva. VIII.- DISPOSICIONES FINALES 8.1 Los órganos competentes del Ministerio de Educación tomarán las medidas pertinentes para la implementación de la presente Directiva. 8.2 La Dirección General de Educación Básica Regular, en el marco de sus funciones, absolverá las consultas que se presenten, en caso de no absolución en las DRE y UGEL. San Borja, Febrero de 2008. ANEXO 01 Texto para Estudiantes de Educación Primaria (3°, 4°, 5° y 6° Grados) LA DEMANDA DEL PERÚ ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA SOBRE LA DELIMITACIÓN MARÍTIMA CON CHILE A inicios del siglo pasado, los países tenían derecho sobre el mar que baña sus costas sólo hasta una extensión de tres millas. Pero a mitad del siglo XX varios países empezaron a reclamar un espacio marítimo más grande, para proteger las riquezas naturales que se encuentran en él. El 1 de agosto de 1947, el Perú amplió su derecho sobre el mar desde el litoral hasta las 200 millas. En 1952 Perú, Chile y Ecuador adoptaron conjuntamente un acuerdo llamado “Tesis de las 200 millas”. A partir de ese momento, se inició una campaña en todo el mundo para que todos los países aceptaran como derecho el uso de las 200 millas. Finalmente, después de 30 años de esfuerzos, en 1982 prácticamente todos los países del mundo, reunidos en las Naciones Unidas, aceptaron que los Estados que tienen costa tienen derecho al mar hasta las 200 millas. Una vez aceptada la idea de las 200 millas, faltaba defi nir los límites del mar entre el sur del Perú y el norte de Chile. En varias oportunidades, el Perú propuso a Chile negociar un tratado de límites para el mar, pero Chile no aceptó negociar. A consecuencia de esto, el Perú ha decidido presentarse a la Corte Internacional de Justicia para que interceda y determine el límite marítimo con Chile. La Corte Internacional de Justicia es el máximo juez de las Naciones Unidas. El origen del problema está en la geografía costera de Perú y Chile, lo que origina que las líneas trazadas sobre el mar, hasta las 200 millas, se crucen y los espacios en el mar se superpongan. Ello ha generado reclamos y discusiones sobre cuánto espacio en el mar le corresponde a Perú y cuánto a Chile.Las leyes internacionales que deben ser cumplidas por todos los países del mundo, han previsto estas situaciones de superposición de espacios marítimos entre países vecinos. Es por ello que el Perú ha solicitado que se señalen los límites entre los mares de Perú y Chile mediante una línea que los divida en partes iguales. Es decir, una línea que se halla a igual distancia de la costa de cada país. Acudir a la Corte Internacional de las Naciones Unidas, que tiene sus ofi cinas en la ciudad de La Haya en Holanda, signifi ca buscar una solución pacífi ca para ambos países sin arriesgar la paz, la seguridad y la justicia en esta parte del mundo. Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores 12/02/008 ANEXO 02 Texto para Estudiantes de Educación Secundaria (1° a 5° grados) LA DEMANDA DEL PERÚ ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA SOBRE LA DELIMITACIÓN MARÍTIMA CON CHILE A inicios del siglo XX la mayoría de los Estados ejercía soberanía sobre el mar adyacente a sus costas hasta una extensión de sólo 3 millas. Ello respondía a los intereses de las potencias marítimas de la época, a las que convenía que los Estados tuvieran derechos en áreas reducidas, para que sus fl otas de barcos pudieran navegar libremente en el resto de los mares. Sin embargo, a mediados del siglo XX diversos países empezaron a reclamar la ampliación de los derechos soberanos sobre el mar adyacente para proteger las riquezas naturales que se encuentran en dichas zonas. El 1 de agosto de 1947 el Perú extendió ofi cialmente su soberanía y jurisdicción marítima hasta una distancia de 200 millas desde su litoral. Luego, en 1952 Perú, Chile y Ecuador adoptaron como política internacional conjunta la denominada “tesis de las 200 millas”. A partir de entonces los tres países encabezaron una intensa campaña internacional para que el resto de países del mundo aceptaran dicha tesis como norma de derecho internacional. Finalmente, tras décadas de esfuerzos concertados en distintos foros internacionales, en 1982 la comunidad internacional reconoció que los Estados costeros tienen derechos de soberanía y jurisdicción sobre el mar adyacente hasta una distancia de 200 millas. Dicho reconocimiento quedó plasmado en un tratado internacional de las Naciones Unidas. Una vez aceptada internacionalmente la tesis de las 200 millas, la tarea pendiente era defi nir los límites de las áreas marítimas entre Perú y Chile, puesto que los criterios para establecer los límites marítimos entre Perú y Ecuador fueron acordados en la década de los 50. El Perú propuso a Chile, en diversas oportunidades, negociar un tratado bilateral de delimitación marítima, pero Chile no aceptó iniciar negociaciones al respecto. En vista de ello, el Perú ha decidido solicitar a la Corte Internacional de Justicia, la máxima instancia judicial de las Naciones Unidas, que determine nuestro límite marítimo con Chile. Acudir a la Corte Internacional de Justicia, cuya sede se encuentra en La Haya, Holanda, signifi ca recurrir a un mecanismo de solución pacífi ca de controversias entre los Estados. De esta manera el Perú reconfi rma su apego al principio consagrado por las Naciones Unidas de resolver las controversias por medios pacífi cos, a fi n de no poner en riesgo la paz y seguridad internacionales, ni la justicia. El origen de la controversia radica en que cuando el Perú y Chile miden las 200 millas del mar adyacente se produce la superposición del área marítima que le corresponde a cada uno, de manera similar a la intersección entre dos conjuntos. La reclamación de derechos sobre esa área por parte del Perú y Chile determina que exista una controversia jurídica de delimitación marítima. De acuerdo al derecho internacional, en los casos de superposición de reclamos marítimos entre países vecinos corresponde delimitar la zona mediante una línea que divida de manera equitativa el área en cuestión, una línea que en términos técnicos se denomina equidistante, es decir, una línea que se halla a igual distancia de la costa de uno y otro país. En consecuencia, el Perú ha solicitado a la Corte Internacional de Justicia que resuelva el caso sobre