Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2008 (19/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 19 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Administrativa, una de las causales justificadas para que proceda el cese definitivo de un servidor es cumplir setenta (70) anos de edad, causal que es aplicable a todo servidor publico incluidos los Magistrados de las diferentes instancias jurisdiccionales. Que, habiendose determinado que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la fecha ha cumplido setenta y seis (76) anos de edad, se encuentra incurso en el supuesto referido en el parrafo anterior, al haber superado el limite de edad establecido por la ley para poder ejercer la labor de Magistrado; por lo cual, su solicitud de reincorporacion no resulta procedente, pues obrar en contrario implicaria ir en contra de las normas legales de cumplimento obligatorio, sin perjuicio de lo cual, conforme a los terminos de la solucion amistosa debera reconocersele los demas derechos que le correspondieran. Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reincorporacion presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vocal Superior Titular de esta Corte Superior de Justicia, en merito a las consideraciones ya expuestas. Articulo Segundo.- PONER en conocimiento de la Corte Suprema de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Jefatura de Administracion Distrital, de la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y del Magistrado; el contenido de la presente Resolucion, para los fines pertinentes Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

la MORDAZA clausula de referido informe, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura cumpla con dejar sin efecto las resoluciones que declararon la no ratificacion de los magistrados comprendidos en el Acuerdo de Solucion Amistosa, en consecuencia se les restituya como tales. Que, estando a que el Consejo Nacional de la Magistratura dispuso la restitucion del magistrado, Doctor MORDAZA Ibazeta MORDAZA, en su calidad de Vocal Superior Titular de esta Corte Superior de Justicia; y a lo solicitado por el referido magistrado, corresponde otorgarsele al citado magistrado la vocalia que le corresponde; sin embargo, tambien resulta pertinente precisar que el recurrente presento su carta de renuncia irrevocable, solicitando que hasta que ello se concretice se le conceda licencia sin goce de haber. En consecuencia, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, en estricto cumplimiento de sus atribuciones conferidas en los incisos 3 y 9 del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial: SE RESUELVE: Articulo Primero.- REINCORPORAR al senor doctor MORDAZA IBAZETA MORDAZA, como Vocal Titular, presidiendo la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; debiendo el doctor MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, retornar a su plaza de origen; en consecuencia, la referida Sala Penal, quedaria conformada del siguiente modo: MORDAZA Sala Penal con Reos en Carcel: MORDAZA Ibazeta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Falconi MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Malzon MORDAZA MORDAZA La MORDAZA (T) (T) (P) (P) (P) (P)

165755-1

Reincorporan a magistrado y establecen conformacion de la MORDAZA Sala Penal con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 68-2008-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 12 de febrero del 2008 VISTA: La Resolucion Nº 319-2007-CNM, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura, su fecha dos de octubre del dos mil siete y publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha dos de octubre del mismo ano; mediante el cual, el referido organo, dispuso dejar sin efecto los acuerdos adoptados por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura y por lo tanto las Resoluciones Nros. 046-2001-CNM; 218-2001-CNM; 381-202-CNM; y, 500-2002-CNM, en los extremos que no ratificaron y cancelaron los titulos de nombramiento de algunos magistrados, entre ellos el Doctor MORDAZA Ibazeta MORDAZA, quien a traves de sus solicitudes de fecha diecinueve de octubre del dos mil siete, veintisiete de noviembre, del referido ano, asi como el ultimo de fecha nueve enero del ano en curso, requirio su reincorporacion como magistrado de esta Corte Superior de Justicia, en su condicion de Vocal Superior Titular. CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Nº 319-2007-CNM, emitida por el Consejo Nacional de la Magistratura, MORDAZA acotada, fundamenta su decision, en estricto cumplimiento al informe Nº 71/07 de la Comision Interamericana de Derechos Humanos, celebrado con fecha veintisiete de MORDAZA del ano proximo pasado, en su 129º periodo ordinario de sesiones; mediante el cual, aprobo el Noveno Acuerdo de Solucion Amistosa, suscrito entre el Estado Peruano y magistrados no ratificados, once de ellos pertenecientes al Poder Judicial. Que, a mayor abundamiento, se tiene que, en atencion a

Articulo Segundo.- CONCEDER la licencia sin goce de haber del magistrado doctor MORDAZA IBAZETA MORDAZA, Vocal Titular, y REMITASE al Area de Licencias y Vacaciones de la Oficina de Personal para los fines pertinentes; en consecuencia, estando la licencia concedida al magistrado MORDAZA indicado, se dispone que la conformacion de los miembros de MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel, continue conforme al estado anterior a la incorporacion del magistrado Ibazeta Marino. Articulo Tercero.- PONER en conocimiento de la Corte Suprema de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Jefatura de Administracion Distrital, de la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y del Magistrado; el contenido de la presente Resolucion, para los fines pertinentes Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

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Designan Juez Suplente del 8º Juzgado Laboral de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 069-2008-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 15 de febrero del 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por documentos presentados con registro Nº 11826, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formula renuncia al cargo de Juez Suplente del 8º Juzgado Laboral de MORDAZA, asi como a su cargo administrativo en esta Corte Superior de Justicia de Lima. Que, para los efectos de la solicitud presentada, la recurrente adjunta la conformidad expedida por las areas correspondientes de no adeudar firmas de planillas de haberes y/o MORDAZA por funcion jurisdiccional en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la MORDAZA de no adeudar libros en la Biblioteca de esta Corte,

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