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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de febrero de 2008 366902 Que, mediante Resolución Directoral Nº 018-2008- EM/DGH se precisó lo señalado en el Artículo Quinto de la Resolución Directoral Nº 207-2007-EM/DGH con el fi n promover el consumo en el mercado interno de un combustible Diesel 2 con un contenido máximo de azufre de 500 ppm; Que, teniendo en cuenta que se viene revisando la aplicabilidad de lo dispuesto en el Artículo Quinto de la Resolución Directoral Nº 207-2007-EM/DGH, el mismo que implica defi nir los procedimientos y lineamientos necesarios para su implementación, resulta conveniente suspender su aplicación hasta defi nir los lineamientos requeridos; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modifi catorias, y en los Decretos Supremos Nº 142-2004-EF, Nº 100-2005-EF y Nº 047-2005-EM. SE RESUELVE:Artículo Único.- Suspender la aplicación de lo establecido en el Artículo Quinto de la Resolución Directoral Nº 207-2007-EM/DGH. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 166100-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2008-MIMDES Mediante Ofi cio Nº 381-2008-MIMDES/SG, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 062-2008-MIMDES, publicada en nuestra edición del día 16 de febrero de 2008. DICE:“Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor FRANCISCO CHAPILLIQUÉN CAMA (...)”. DEBE DECIR:“Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor FRANCISCO CHAPILLIQUÉN HERRERA (...)”. 165953-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al IMARPE a efectuar pago de cuotas al Consejo Internacional para la Exploración del Mar RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2008-RE Lima, 18 de febrero de 2008 VISTO: El Ofi cio Nº PCD-300-040-2008-PRODUCE/IMP, de fecha 31 de enero de 2008, del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas de los años 2005 y 2006 al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea - ICES); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas de los años 2005 y 2006 al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea-ICES); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto del Mar del Perú (IMARPE), a efectuar el pago de US$ 9,775.46 (NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 46/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea-ICES), correspondiente al pago de las cuotas de los años 2005 y 2006. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto del Mar del Perú (IMARPE). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 166102-7 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar pago de cuotas a la OEA, la OMS y el FNUD RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2008-RE Lima, 18 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el Artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de US$ 661,494.00 (SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA): ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ORGANIZACION DE LOS 333,494.00 ESTADOS AMERICANOS (OEA)Cuota del año 2008