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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (19/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de febrero de 2008 366904 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican resolución que otorgó a Aerolíneas Argentinas S.A. permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 014-2008-MTC/12 Lima, 24 de enero de 2008 Vista la solicitud de AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A., sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 047-2005- MTC/12 del 1 de abril del 2005, modifi cado mediante Resolución Directoral Nº 044-2007-MTC/12 del 2 de marzo del 2007, se otorgó a AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, mediante Documentos de Registro Nº 063076 del 26 de julio del 2007 y Nº 069916 del 14 de agosto del 2007, AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. solicita la Modifi cación de su Permiso de Operación a fi n de incluir equipo BOEING 747, como material autorizado; Que, según los términos del Memorando Nº 803-2007- MTC/12., Memorando Nº 863-2007-MTC/12, Informe Nº 018-2007-MTC/12.PIO y Memorando Nº 132-2008-MTC/12.04, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronaútica Civil, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car -en el extremo pertinente- el Artículo 1º de Resolución Directoral Nº 047-2005-MTC/12, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 044-2007-MTC/12 que otorgó a AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, quedando redactado de la siguiente forma: MATERIAL AERONÁUTICO:- MD-88. - BOEING 737.- BOEING 747.- AIRBUS A-340.- AIRBUS A-310. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 047-2005-MTC/12, modifi cado mediante Resolución Directoral Nº 044-2007-MTC/12, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 162135-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 005-2008-MTC Mediante Ofi cio Nº 123-2008-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 005-2008-MTC, publicado en nuestra edición del día 6 de febrero de 2008. DICE: “Artículo 25º (...) i) Declaración Jurada suscrita por el representante legal de la solicitante precisando que: (...) - En un plazo no mayor de diez (10) días (...), conforme lo señala el artículo 18º del presente reglamento, (...) DEBE DECIR: “Artículo 25º (...) i) Declaración Jurada suscrita por el representante legal de la solicitante precisando que: (...) - En un plazo no mayor de (10) días (...), conforme lo señala el artículo 17º del presente Reglamento, (...) DICE: “Artículo 43º.- Exámenes a rendir y criterios de evaluación. 43.1 El alumno rendirá un examen escrito sobre las materias señaladas en el artículo 40º del presente Reglamento (...) DEBE DECIR: “Artículo 43º.- Exámenes a rendir y criterios de evaluación. 43.1 El alumno rendirá un examen escrito sobre las materias señaladas en el artículo 39º del presente Reglamento (...) 166101-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Declaran fundada solicitud y disponen traslado de Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Tumbes a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 028-2008-CE-PJ Lima, 30 de enero de 2008