TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de febrero de 2008 366915 siguiendo los procedimientos aprobados, asimismo, se precisa que no pudo cubrirse la totalidad de plazas puestas a concurso, por cuanto los postulantes no cumplían con los requisitos, ni el perfi l adecuado a los cargos. Que, los postulantes que resultaron seleccionados mediante Concurso Público de Méritos N° 002-2007-MDA, deberán ser nombrados a partir del 11 de febrero del 2008, en las plazas de Ejecutor Coactivo I y Auxiliar Coactivo I, respectivamente. Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público” y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Ley N° 26979 “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, Ley N° 27204 y la Ley N° 29142 “Ley del Presupuesto para el año Fiscal 2008”, es procedente el Nombramiento del Ejecutor y el Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ate. Que, mediante Proveído N° 435-2008-GM/MDA la Gerencia Municipal, indica se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE RESUELVE: Artículo 1°.- NOMBRAR a partir del 11 de febrero de 2008, a don MIRKO BENJAMÍN FRANCISCO MONTAÑEZ CHAVEZ, en el cargo de Ejecutor Coactivo I, Plaza N° 075, Nivel Remunerativo F-1, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2°.- NOMBRAR a partir del 11 de febrero de 2008, a don PIERO MIGUEL VASQUEZ VILLALOBOS, en el cargo de Auxiliar Coactivo I, Plaza N° 079, Nivel Remunerativo SPB, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 3°.- Los servidores nombrados percibirán la remuneración que corresponda al cargo, afectándose el egreso al Clasifi cador Específi co del Gasto 5.1.11.01 Retribuciones y Complementos - Ley de Carrera Administrativa, del Presupuesto Municipal para el Ejercicio Fiscal del año 2008, Fuente de Financiamiento 5 – Recursos Determinados, del rubro 07 – Fondo de Compensación Municipal. Artículo 4°. - ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución, a la Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Personal y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal, con conocimiento de la parte interesada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 165738-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 039-2008/MDLV , sobre tope de incremento de arbitrios de casa habitación del año 2006 DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2008-ALC/MDLV La Victoria, 15 de febrero de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 20 de enero de 2008, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la Ordenanza Nº 039-2008/MDLV, a través de la cual se fi ja el tope al incremento de arbitrios de casa habitación del año 2006, en cuya Primera Disposición Final, se dispuso facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue lo dispuesto en dicha Ordenanza, y; Estando a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 7 de marzo de 2008 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 039-2008/MDLV, a través de la cual se fi ja el tope al incremento de arbitrios de casa habitación del año 2006. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y a las Subgerencias dependientes de ésta, en lo que a cada una les corresponda. Artículo Tercero.- La Gerencia de Sistemas deberá incorporar en la Página Web de la Municipalidad www.munilavictoria.gob.pe el presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 166088-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Fijan montos por concepto de derecho de emisión mecanizada de arbitrios correspondientes al Ejercicio 2008 ORDENANZA N° 077-MDSL San Luis, 14 de febrero de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Extraordinaria de concejo Municipal de la fecha, el Dictamen Nº 002-2008-MDSL/CEPAL, emitido por la Comisión de Economía Presupuesto y Asuntos Legales, el cual recomienda aprobar el Proyecto de Ordenanza que regula el derecho de emisión mecanizada en el Distrito de San Luis del Año 2008; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su inciso 9) establece que corresponde al concejo municipal crear, modifi car suprimir o exonerar de contribuciones tasas o arbitrios licencias y derechos conforme a ley; Que, el Artículo 40º de la norma acotada, establece que mediante las ordenanzas se crean, modifi car suprimir o exonerar de los arbitrios tasas licencias y derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; Que, por otro lado la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776- Ley de Tributación Municipal, cuyo TUO fue aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, de determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4 % de la UIT vigente al primero de Enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, en este caso, mediante el artículo 11º de la Ordenanza Nº 052-2007-MDSL y su modifi catoria Ordenanza Nº 056-2007-MDSL, ratifi cadas por Acuerdo de Concejo Nº 455-MML, publicados el 31 de diciembre del 2006, se fi jó el Costo por Derecho de Emisión Mecanizada para los arbitrios 2007 cuyo sustento aparece en la Estructura de costos respectiva que forma parte integrante de dicha ordenanza; los mismos que a la fecha no han sufrido modifi caciones, por lo que deben ser de aplicación para el ejercicio 2008; Estando a los Informes Nº 014-2008-MDSL-GM de la Gerencia Municipal, Nº 023-2008-MDSL-GAL de la Gerencia