Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2008 (19/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 19 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

366905

VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de unidad familiar presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giron, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado por razones de unidad familiar presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giron, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, a una plaza vacante de igual jerarquia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se sustenta en que por resolucion expedida por este Organo de Gobierno con fecha 17 de febrero de 2005 fue designado integrante de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, razon por lo que se vio en la necesidad de trasladarse con su familia, entonces compuesta por su esposa y su menor hija, a la MORDAZA de Lima; Segundo: Que, en tal sentido, y luego de su instalacion en la MORDAZA de MORDAZA para el cumplimiento de la funcion de control encomendada, conforme al plan de estudios preescolar de su menor hija debio matricularla en un Centro de Educacion Inicial cercano a su domicilio, lo cual ocurrio en marzo de 2005, para una vez culminado el periodo anual, y siempre de acuerdo al cronograma de estudios previsto dentro de su MORDAZA de formacion proceder a su postulacion a la institucion educativa "Congregacion de los Sagrados Corazones ­ Colegio SS.CC. Recoleta", a la cual luego del respectivo examen de evaluacion ingreso, encontrandose en la actualidad cursando los estudios correspondientes a su etapa de formacion escolar; todo lo cual se encuentra debidamente acreditado con las constancias y documentacion de fojas 4, 18, 19 y 20, en el que se indica, entre otros, que la MORDAZA A.V.B. realizo estudios desde marzo de 2005 hasta diciembre de 2006; Tercero: Que, de otro lado, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giron refiere que durante el tiempo que ejercio funciones en la MORDAZA de MORDAZA como integrante de la Oficina de Control de la Magistratura de este Poder del Estado, su esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA pudo ubicarse laboralmente en una Notaria en la MORDAZA de MORDAZA, donde desempena funciones desde el ano 2005 hasta la actualidad, conforme se encuentra acreditado con la documentacion de fojas 8 a 11, en la que se adjuntan copias del contrato de prestacion de servicios, asi como de las respectivas addendas, en las que consta las sucesivas prorrogas del mencionado contrato para luego convenirse en uno de duracion indefinida; Cuarto: Que, asimismo, el citado magistrado precisa que culminadas sus funciones en la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial en el ano 2007, retorno a la Corte Superior de Justicia de origen con sede en la MORDAZA de Tumbes, de la que es Vocal Superior titular, sin la compania de su familia por las razones anteriormente descritas; situacion que se ha tornado aun mas dificil de sobrellevar teniendo en cuenta que con fecha 16 de febrero del ano proximo pasado se produjo el nacimiento de su MORDAZA hijo, quien se encuentra tambien en la MORDAZA de MORDAZA a cargo de su esposa; siendo el caso que por todas esas consideraciones solicita su traslado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a efectos de prestar su apoyo fisico, moral, afectivo y humano a su familia; Quinto: Que, el articulo 5° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, establece que el traslado por unidad familiar procede cuando el conyuge del magistrado y/o sus hijos menores de edad o incapacitados tienen residencia permanente y por razones justificadas en el lugar de destino. La causal no sera anterior a la fecha de su nombramiento y solo podra ser solicitado despues de transcurridos 5 anos del mismo. Si se prueba que la causal ha sido sobreviviente, puede solicitarse el traslado 2 anos despues de producida aquella; Sexto: Que, al respecto, de la documentacion obrante de fojas 1 a 3 aparece que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giron fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura como Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Tumbes mediante Resolucion Nº 290-2003CNM del 2 de MORDAZA del 2003, circunstancia que corrobora que la causal por la que su conyuge e hijos menores de edad tienen residencia permanente y justificada en el lugar de destino en la MORDAZA de MORDAZA fue sobreviniente a su nombramiento como magistrado; Que, siendo esto asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de unidad

familiar expuestas por el nombrado magistrado a que se refiere el articulo 5° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, por lo que es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Vocal Superior; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin las intervenciones del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haberse excusado de asistir y de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por unidad familiar presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giron, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Tumbes y de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

165736-1

Declaran fundada solicitud y disponen traslado de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA a una plaza vacante de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 043-2008-CE-PJ
MORDAZA, 6 de febrero de 2008 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Aguinaga MORDAZA, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Aguinaga MORDAZA, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, a una plaza de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de Lima; se sustenta en el informe de fojas 3 expedido por el doctor MORDAZA Gamio MORDAZA MORDAZA, Medico Cardiologo del Servicio de Cardiologia del Hospital Nacional Sur Este ESSALUD ­ MORDAZA, mediante el cual se indica que el senor MORDAZA Aguinaga MORDAZA debe ser evaluado y tratado en cardiologia por padecer de enfermedad coronaria obstructiva cronica, insuficiencia cardiaca debido al primer diagnostico por baja fraccion de eyeccion y Diabetes Mellitus MORDAZA II; dejando MORDAZA que el Servicio de Cardiologia del Hospital Nacional Sur Este ESSALUD ­ MORDAZA no cuenta con un programa de rehabilitacion cardiaca; recomendando su traslado a MORDAZA ubicada a nivel MORDAZA, asi como la asistencia a programa

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