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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de febrero de 2008 367056 Artículo 8º.- Notifi car la presente Resolución Gerencial al señor Luis Solano Navarro. Regístrese, comuníquese y publíquese,EMILIO LUCAS ALVAREZ ROMERO Gerente (e) de la Ofi cina de Supervisión de lasConcesiones Forestales MaderablesOSINFOR 166422-2 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la FAP para participar en Curso de Oficial de Inteligencia Aérea a desarrollarse en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2008-DE/FAP Lima, 21 de febrero de 2008 Vista la Papeleta de Trámite Nros. 0001 y 0483-SGFA de fecha 2 de enero y 5 de febrero de 2008, y Mensaje SGFA -111820 del mes de febrero de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la República de Argentina, del 23 de febrero al 5 de diciembre de 2008, del Capitán FAP DEL AGUILA CERNA William, para que participe en el Curso de Ofi cial de Inteligencia Aérea, a desarrollarse en la Escuela de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, ubicada en la ciudad de Buenos Aires; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE :Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la República de Argentina, del 23 de febrero al 5 de diciembre de 2008, del Capitán FAP DEL AGUILA CERNA William, para que participe en el Curso de Ofi cial de Inteligencia Aérea, a desarrollarse en la Escuela de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, ubicada en la ciudad de Buenos Aires. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima-Buenos Aires-LimaUS$ 1.025,78 x 1 Ofi cial Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero US$ 2,400 x 9 Meses x 1 Ofi cialUS$ 80 x 12 Días x 1 Ofi cial Gastos de Traslado (Ida-Retorno) US$ 2,400.00 x 2 x 1 Ofi cial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 Ofi cial Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Ofi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 167649-5 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2008 DE/SG Lima, 21 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 130 de fecha 7 de febrero de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, esta programada para el mes de junio la llegada del buque de los Estados Unidos de América USS “BOXER”, Que, para el mes de febrero se ha coordinado que personal militar de los Estados Unidos de América realice una visita de estudio de sitio previo al arribo del mencionado Buque; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 24 al 28 de febrero de 2008, para realizar una visita de estudio de sitio (PDSS) por la llegada del Buque USS BOXER en junio próximo. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se