Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2008 (03/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

375450
VISTO:

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

El Informe Tecnico Nº 082-2008-MDLA//DOP e Informe Legal Nº 015-2008-MDLA/AL del Jefe del Departamento de Obras Publicas y de la Oficina de Asesoria Legal Interna; CONSIDERANDO: Que, el Inc. "C" del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado , que establece que estan exonerados de los procesos de Seleccion las adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia declaradas , segun la citada Ley. Que, de conformidad con el Art. 22º de la MORDAZA citada en el considerando precedente, se entiende como situacion de Emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficas, quedando la entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, Que, por su parte el Art. 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar el MORDAZA de Seleccion que corresponda. Que, asi mismo el precitado Art. 142º senala que toda Contratacion o Adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los (10) dias siguientes de la finalizacion del evento que la produjo , incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la Resolucion Correspondiente , remitiendolo Junto con el Informe Tecnico -Legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de la prestaciones. Que, por DECRETO SUPREMO Nº 068-2007-PCM se declaro en Estado de Emergencia en el Departamento de Ica y la provincia de Canete del Departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007- PCM dispone que Los Gobiernos Locales, entre otros, ejecutaran las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, por DECRETO SUPREMO Nº 071-2007-PCM, se amplio el Estado de Emergencia dispuesto a la MORDAZA citada en el parrafo anterior, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la Provincia de Huancavelica y a los Distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Huanec Tupe de la Provincia de Yauyos del Departamento de MORDAZA a fin de que ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y la rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, por DECRETO SUPREMO Nº 084-2007-PCM se prorroga por el termino de 60 dias a partir del 15 de octubre el estado de Emergencia dispuestos por los Decretos Supremos Nº 068-2007-PCM; Nº 071-2007-PCM y Nº 075-2007 PCM, continuacion con la ejecucion de las acciones necesarias para la atencion de emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, por DECRETO SUPREMO Nº 097-2007PCM, publicada en el Diario Oficial el PERUANO en fecha 14 de diciembre del 2007, mediante el cual se prorroga el estado de emergencia por el termino de 60 dias, a partir de la fecha MORDAZA indicada; el estado de emergencia en el Departamento de Ica; las Provincia de Castrovirreyna, Huaytara y el Distrito de Acobambilla de la Provincia de Huancavelica del Departamento de Huancavelica; y las Provincias de Yauyos del Departamento de Lima. Que, mediante DECRETO SUPREMO Nº 011-2008PCM, publicado en el mes de febrero del presente ano se amplio por 60 dias el estado de emergencia, autorizando a las entidades involucradas a proseguir con las acciones necesarias para la atencion de la emergencia.

Que, mediante DECRETO SUPREMO Nº 026-2008PCM, publicado el 8 de MORDAZA del presente ano se amplio por 60 dias el estado de emergencia en el Departamento de Ica; las Provincia de Castrovirreyna, Huaytara y el Distrito de Acobambilla de la Provincia de Huancavelica del Departamento de Huancavelica; y las Provincias de Yauyos del Departamento de MORDAZA autorizando a las entidades involucradas a proseguir con las acciones necesarias para la atencion de la emergencia. Que, de acuerdo a Informe Tecnico Nº 082-2008MDLA//DOP, la division de Obras Publicas recomienda la adquisicion de un tractor Cargador Retroexcavadora conforme a las especificaciones tecnicas que se acompanan que permitiran la remocion y traslado de escombros en los caserios y centros poblados del distrito y otras acciones, accion que se encuadra en la declaratoria de emergencia dictada por el gobierno central. Que, en tal sentido, corresponde emitir el Acuerdo de Aprobacion de la Exoneracion correspondiente, a fin de proceder a la referida contratacion directa, sustentada en el Informe Tecnico Nº 082-2008-MDLA//DOP e Informe Legal Nº 006-2008-MDLA/ALI, debiendo de incluirse la adquisicion precitada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Municipalidad Distrital de Los Aquijes. De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones, Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM . SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes para el ano 2008, a fin de incluir la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0005-2008-MDLA (EXO) - LOS AQUIJES, correspondiente a la adquisicion de un Tractor Cargador Retroexcavadora conforme a las especificaciones tecnicas.. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion por situacion de emergencia del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0005-2008-MDLA (EXO) Articulo 3º.- Disponer que la Secretaria General remita en forma inmediata MORDAZA de la Presente Resolucion y de los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE y que se encargue de su publicacion a traves del Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Encargar la adquisicion citada precedentemente al Comite Especial Permanente de Adquisiciones de Menor Cuantia de la Municipalidad de Los Aquijes Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 220460-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de la "Enmienda de Montreal del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la MORDAZA de Ozono".
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/200, comunica que la "Enmienda de Montreal del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la MORDAZA de Ozono", adoptada en la Novena Reunion de Paises Miembros del Protocolo de Montreal, entre el 15 y 17 de septiembre de 1997, en la MORDAZA de Montreal, Canada y ratificada por Decreto Supremo Nº 002-2007-RE, de 12 de enero de 2007, publica el 13 de enero de 2007. Entrara en vigencia para el Peru el 18 de agosto de 2008. 218766-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.