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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375439 autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, mediante Moción de Orden del Día de vistos se ha presentado un proyecto para modifi car e insertar nuevas infracciones y sanciones en el Reglamento de Aplicación de Sanciones RAS de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores en lo referente a la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, se ha verifi cado que existen elementos de diversas empresas publicas de servicios que atentan contra la integridad física del ciudadano los cuales no están establecidos en el RAS de la Municipalidad para la aplicación de sanciones tanto en el aspecto de instalación o mantenimiento de cables u otros elementos antirreglamentarios adosados a fachadas, cruzando vías, colgando o con exceso en los postes, o el mantener dispositivos de distribución en las cercanías de los domicilios o que no cumplen con las distancias establecidas en la reglamentación respectiva; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley orgánica de Municipalidades, con la aprobación MAYORITARIA de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta emite la siguiente; ORDENANZA: Artículo 1º.- MODIFICAR E INCLUIR en el Reglamento de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad aprobado mediante Ordenanza Nº 00039-2007-MDSJM, en lo referente a la Gerencia de Desarrollo Urbano lo siguiente: ITEM AUTORIZACIÓN DE OBRAS EN AREAS DE DOMINIO PÚBLICO% UIT 04-217 Instalar o retirar postes, tendido de redes, cámaras, buzones,Sin autorización municipal (por cada elemento)1 Paralización de Trabajos 04-218 Instalar o mantener cables u otros elementos antireglamentariosAdosados a fachadas, cruzando vías, colgando o con exceso en Postes y vanos.50% Paralización de trabajos 04-219 Mantener postes inclinados o agrietados que pongan en riesgo La vida y la salud de peatones así como el transito vehicular50% Reparación 04-220 Mantener elementos de seguridad de postes en mal estado, Como anclas y riostras que puedan causar accidente o di fi culten El tránsito peatonal.50% Reparación 04-221 Mantener dispositivos de distribución en las cercanías de los Domicilios abiertos o mal cerrados que no garanticen el hurto de Los servicios brindados50% Reparación 04-222 Instalar o mantener instalaciones de postes y cables con Riesgo Eléctrico; deben cumplir con las distancias mínimas recomendadas Baja tensión 0.6 M, Media Tensión 1.8 M y Alta Tensión > 8 M2 UIT Paralización de trabajos Artículo 2º.- ENCARGAR al Despacho de Alcaldía a través de la Gerencia Municipal y la Gerencia de Servicios a la Ciudad el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 220651-1 Establecen descuentos por casos sociales en el TUPA de la Municipalidad referente a servicio de entierro en el Cementerio Municipal ORDENANZA Nº 000071-2008-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 11 de junio del 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto, el Dictamen Nº 002-CAPyCTI-2008-MDSJM de la Comisión de Administración, Presupuesto y Cooperación Técnica Nacional e Internacional de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, en Sesión de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades Distritales son Órganos de Gobiernos Locales, con personería jurídica y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2008 de fecha 23 de enero del 2008 se acuerda que los expedientes S/N presentados por Isabel Toribio y por Victor Alipio Ore Sulca sobre exoneración al 100% del pago por servicios de entierro en el cementerio de la Rinconada con todo lo actuado pase a la Comisión de Administración, Planifi cación y Cooperación Técnica Internacional para su estudio y dictamen correspondiente; Que, luego de debatir el tema, mediante Dictamen Nº 0002-2008 se ha dispuesto el exonerar al 75% el monto total establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ofrecido en el Item 8 numeral 8.1.1 cementerio municipal - Descuento casos sociales aprobado mediante Ordenanza Nº 00018-2004-MDSJM de fecha 25 de octubre del 2004; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su Artículo 9º inciso 9) señala que corresponde al concejo municipal el crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley orgánica de Municipalidades, con la aprobación MAYORITARIA de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta emite la siguiente; ORDENANZA Artículo 1º.- EXONERAR y MODIFICAR el Ítem 8 Gerencia Municipal, numeral 8.1 Cementerio Municipal punto 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Ordenanza Nº 00018-2004-MDSJM de fecha 25 de octubre del 2004, debiendo quedar redactado como sigue: 1 Entierro en fosa a) copia del certifi cado de defunción b) Copia Constancia de Inscripción de defuncionesc) Comprobante de pago por los derechos correspondientes - 50% de Dscto. para menores de 15 años. - Dscto. Casos sociales hasta 50% de dscto.- Dscto. Casos de indigencia social hasta 75% de Dscto sobre el 50% regulado como dscto. De casos sociales. e) Solicitud dirigida al Alcalde. f) Documento que sustento lo solicitado previo informe de Asistente Social. Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 220653-1Descargado desde www.elperuano.com.pe