Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375447 del Estado, es legal que el presente documento que aprueba la exoneración de los procesos de selección, sea publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, conforme así lo precisan los Arts. 147 y 148 del acotado Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, por error involuntario en el Expediente Técnico Legal, se había consignado la suma de S/ 526,318.08 nuevos soles, como el valor de los 18,402.73 M2 de terreno de propiedad de la Asociación Pro Vivienda Residencial “Santa Anita, materializado a través de la Resolución de Alcaldía Nº 0462-2008-MPCH/SG, por la que, no siendo legal dicho monto económico y en aras de la transparencia y legalidad dicha Resolución de Alcaldía debe quedar nula y sin efecto alguno; Que, tomando en consideración los precedentemente expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, y el Art. 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR NULA Y SIN EFECTO ALGUNO la Resolución De Alcaldía Nº 0462-2008-MPCH/SG, de fecha 26 de mayo del año 2008, mediante el cual se aprobó y autorizó la exoneración del proceso de selección, para la compra de los 18,402.73 m2, de terrenos de propiedad de la Asociación Pro Vivienda Residencial “Santa Anita”, valorizados en la suma total de QUINIENTOS VEINTISEIS MIL, TRESCIENTOS DIECIOCHO CON 08/100 NUEVOS SOLES (S/ 526, 318.08), para la futura construcción del Mercado De Productores De Santo Tomas-Chumbivilcas-Cusco. Artículo Segundo.- APROBAR Y AUTORIZAR, la exoneración del proceso de selección, para la compra de los 18,402.73 m2, de terrenos de propiedad de la Asociación Pro Vivienda Residencial “Santa Anita”, valorizados en la suma total de QUINIENTOS QUINCE MIL, DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 44/100 NUEVOS SOLES (s/ 515,276.44), para la futura construcción del Mercado de Productores De Santo Tomas-Chumbivilcas-Cusco. Artículo Tercero.- DISPONGASE, que la presente resolución por mandato imperativo de la Ley, sea publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE, al Gerente Municipal el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DOMINGO BENITO CALDERON Alcalde 221114-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPON CHULUCANAS Declaran en situación de emergencia la ejecución de actividades encargadas por el Gobierno Regional de Piura a la Municipalidad Provincial de Morropón - Chulucanas ACUERDO DE CONCEJO Nº 158-2008-MPM-CH Chulucanas, 25 de junio de 2008VISTO: El Acta de Sesión extraordinaria Nº 011-2008-MPM-CH-SG de fecha 24 de junio de 2008, relacionada con la Declaración de Situación de Emergencia y Exoneración de Procesos de selección de las actividades delegadas por encargo por el Gobierno Regional de Piura para su ejecución por parte de la Municipalidad Provincial de Morropón - Chulucanas en mérito al CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Nº 030/2008/GOB.REG. PIURA-CGR de fecha 13.05.2008; y, CONSIDERANDO: Que, a modo de establecer los antecedentes que motivan la emisión del presente Acuerdo de Concejo debe tenerse en cuenta lo siguiente:1. Mediante D.S. Nº 016-2008-PCM se declara el Estado de Emergencia por desastre natural en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas, disponiéndose que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, los gobiernos locales involucrados, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y demás instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, ejecutarán las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. 2. Mediante D.S. Nº 032-2008-PCM del 25.04.2008 el Gobierno Central prorroga por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 29 de abril de 2008, el estado de emergencia en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, disponiéndose que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, los gobiernos locales involucrados, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y demás instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, ejecutarán las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. 3. Mediante D.S. Nº 057-2008-EF de fecha 25.04.2008 se autoriza la Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil. 4. Mediante la RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 170- 2008-INDECI se aprueba la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Piura, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 057-2008-EF, hasta por un monto de S/. 10 132 252.69 (Diez millones ciento treinta y dos mil doscientos cincuenta y dos con 69/100 nuevos soles). 5. Mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 271- 2008/GOBIERNO REGIONAL PIURA - PR (05.05.2008) se aprueba la Directiva Nº 05-2008/GRP-400000, denominada “NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO, MANEJO, USO Y RENDICIÓN DE FONDOS PÚBLICOS PARA LA EJECUCIÓN DE FICHAS TÉCNICAS DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA, APROBADAS POR INDECI PARA ATENDER LA EMERGENCIA POR DESASTRES NATURALES, BAJO LA MODALIDAD DE ENCARGO - GOBIERNO REGIONAL PIURA 2008”. 6. Con fecha 13.05.2008 se suscribe con el Gobierno Regional de Piura el CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Nº 030/2008/GOB.REG. PIURA-CGR en virtud del cual el Gobierno Regional delega a la Municipalidad Provincial de Morropón - Chulucanas la ejecución de las siguientes actividades vía convenio, denominadas: a) Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad de la trocha carrozable sector San Pedro Chulucanas, afectado por las lluvias ocurridas desde el mes de enero y acentuadas a partir del 15/02/2008. b) Alquiler de maquinaria para la recuperación de tomas de captación de los sectores de Papelillo, Callejones, Filtraciones, Chulucanas, Yapatera, distrito de Chulucanas, afectada por las avenidas del rio Yapatera como consecuencia de las lluvias intensas ocurridas desde el mes de enero y acentuadas a partir del 15/02/2008. c) Alquiler de maquinaria para la recuperación de tomas de captación de los sectores de San Pedro, Charanal, Talandracas, Batanes, Chulucanas, afectada por las avenidas del río Charanal como consecuencia de las lluvias intensas ocurridas desde el mes de enero y acentuadas a partir del 15/02/2008. d) Alquiler de maquinaria para la recuperación de tomas de captación de los sectores de Las Pampas, Rosos 3 y 4, río Seco Alto, río Seco Bajo, El Convento, afectada por las avenidas de los río Seco y Sancor, como consecuencia de las lluvias ocurridas desde el mes de enero y acentuadas en el mes de febrero. 7. Mediante el INFORME Nº 005-2008-FRVP-MO- DD.UU-MPM-CH (17.06.2008) suscrito por el Ing. Fernando Vegas Palomino se formula a la Gerencia de Desarrollo Descargado desde www.elperuano.com.pe