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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375442 - Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, - Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo. CAPÍTULO III DE LA ARTICULACIÓN DE LOS PLANES Y PRESUPUESTOS Y LOS NIVELES DE GOBIERNO Artículo 7º.- Las actividades y proyectos que se prioricen y ejecuten deberán enmarcarse en los Lineamientos y Objetivos plasmados en los Planes de Desarrollo Municipales, articulándose debidamente al Presupuesto Institucional Municipal. Artículo 8º.- Las actividades y proyectos a priorizarse requieren la aprobación del equipo técnico conformado para tal fi n, el cual los evalúa considerando los lineamientos y parámetros establecidos por el Sistema Nacional de Inversión Pública. Asimismo, deben formalizarse en la suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. Los niveles de gobierno local provincial y distrital efectúan las coordinaciones que sean necesarias, a través de sus respectivas autoridades, a fi n de defi nir el campo de acción, las potencialidades, los problemas y las prioridades de inversión, dentro de cada jurisdicción territorial, a fi n de evitar la duplicidad y atomización del gasto público y aprovechar las economías de escala para lo cual deberán tener en cuenta lo siguiente: Los proyectos de ámbito distrital priorizados que sean fi nanciados por el gobierno local provincial deben contar con el cofi nanciamiento del gobierno local distrital benefi ciario; la población benefi ciaria cofi nancia con recursos fi nancieros o apoya con materiales, mano de obra o maquinaria, entre otros, la ejecución de proyectos. CAPÍTULO IV DEL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 9º .- Identifi cación de Agentes Participantes Los Agentes Participantes son todas aquellas personas que participan en los diferentes procesos de discusión y/o toma de decisiones durante el planeamiento y preparación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009. Se consideran Agentes Participantes:  Alcalde  Concejo Municipal Consejo de Coordinación Local Provincial Representantes de la Sociedad Civil acreditados Equipo Técnico Organizaciones Sociales acreditadas Organizaciones Vecinales acreditadas Organizacioes del Sector Económico acreditadas Otras Instituciones públicas y privadas con responsabilidad en la Provincia. Artículo 10º.- Acreditación de Agentes Participantes Para la acreditación de los agentes participantes es necesario ser representante de cualquier Organización de la Sociedad Civil. La identifi cación de los participantes se realizará a través de la validación de los documentos pertinentes en el Registro de Organizaciones de Base de la Municipalidad entre otros, los requisitos que deberán presentar los representantes de la sociedad civil, serán los siguientes:  Documento Nacional de Identidad  Acreditar representatividad de una Organización Social en la Provincia Constitucional del Callao, la misma que deberá tener como mínimo un año de reconocimiento. En este caso sólo podrá participar un representante por institución.  No haber participado en procesos participativos distritales y/o regionales en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 11º.- Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil Al realizar la inscripción de los representantes, en el libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, se consignará el nombre de la organización, tipo de organización, número de asociados a la organización a la que representa, fecha de inscripción en el registro respectivo, identifi cación y cargo de la (s) persona (s) representante. No podrán inscribirse aquellas personas y/ o instituciones que participen en los procesos participativos distritales y/o regionales. El Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil esta organizado por Títulos, correspondiendo la siguiente clasifi cación: Título Segmentos Económico Organizaciones de la Industria Organizaciones de comerciantesOrganizaciones de TurismoOrganizaciones de la Banca, Financieras y de InversiónOrganizaciones de Bienes Raíces e InmobiliariasOrganizaciones de Comercio ExteriorOrganizaciones de la Industria de ConstrucciónOrganizaciones de PYMES.Otras Organizaciones Comunicación Organizaciones de Medios de Difusión. Laboral Organizaciones Laborales Salud Comunidades Locales de Administración de Salud - CLAS Organizaciones Promotoras de Salud Apoyo Alimentario Organizaciones Sociales de Base (Comedores Populares y Vaso de Leche) Cooperación y ONGs Organizaciones Cooperantes Cultura, Arte y Deporte Organizaciones Culturales Organizaciones ArtísticasOrganizaciones Deportivas Vecinales Juntas Vecinales, Asociaciones del Adulto Mayor, Clubes de MadresComités de Damas, Organizaciones de AAHH, UrbanizacionesCooperativas de Vivienda, Conjuntos Habitacionales y Localidades en Desarrollo. Otras Organizaciones de la SociedadProductores Agrícolas Productores PecuariosProductores ArtesanalesColegios de ProfesionalesAsociaciones de Adulto MayorOrganizaciones de JóvenesRepresentantes de Iglesias. Artículo 12º.- El plazo para la inscripción de los Agentes Participantes es de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la Convocatoria. Artículo 13º .- Responsabilidades de los agentes participantes Los Agentes Participantes deberán asistir, de manera obligatoria a los diversos talleres de capacitación previo al desarrollo de los talleres del Presupuesto Participativo. Para este fi n los Agentes Participantes deberán tener en cuenta lo siguiente: La participación debe ser activa y responsable; puntual e integral. 1) El diálogo entre los delegados plenos y el equipo técnico debe ser constante y fl uido. 2) Se debe concertar la importancia de los temas a discutir, en base a los lineamientos de priorización estratégica contenidos en el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado, a fi n de garantizar el cumplimiento de los objetivos en procura del desarrollo socio-económico de la población. Artículo 14º.- Previa asistencia a los Talleres y en el curso de su desarrollo, los agentes participantes deben asegurar la retroalimentación al proceso, para lo cual es obligatoria la reunión con las personas a las que representan a fin de informar sobre el proceso, analizar el plan de trabajo, las propuestas de modificaciones y establecer las prioridades de la organización que representan, de acuerdo al Plan de Desarrollo. Descargado desde www.elperuano.com.pe