Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2008 (03/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo Sexto.- REMITIR MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Unidad de Abastecimiento, Direccion de Planificacion y Presupuesto, Contabilidad, Asesoria Juridica, Tesoreria. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

220519-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de la ejecucion de obra en el Centro Poblado San MORDAZA de Chincha Baja
ACUERDO DE CONCEJO Nº 064-08-MDCHB
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHINCHA BAJA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19-06-2008, el Informe Tecnico Nº 715-08-DAT/MDCHB de fecha 19.6.08 y el Informe Legal Nº 025-2008-DMM-ALE/MDCHB, de fecha 19.6.08, sobre la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de la ejecucion de las obras por emergencia correspondiente al Sistema de Red de Agua Potable CC.PP. San MORDAZA, jurisdiccion del distrito de Chincha Baja, con ocasion de los trabajos de reconstruccion debido al sismo ocurrido el pasado 15 de agosto 2007; CONSIDERANDO.Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, modificado mediante D.S. Nº 076-2007-PCM, se declara en Estado de Emergencia el Departamento de Ica y la Provincia de Canete, por los efectos del fuerte sismo registrado el 15 de Agosto del presente ano. Que, mediante Ley Nº 29076 de fecha 22 de Agosto del 2007 se autorizo a los Gobiernos Locales de las localidades afectadas por el sismo del 15 de Agosto y declaradas en emergencia, a utilizar, previa aprobacion del Concejo Municipal, los recursos que perciben por ingresos provenientes de canon, sobrecanon y regalia minera a que se refiere la Ley Nº 28528 para destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la poblacion damnificada por dicho desastre natural y asi como la reconstruccion, rehabilitacion y reparacion de la infraestructura afectada. Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el art. VIII de la Ley Nº 2972, Ley Organica de Municipalidades senala que los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, mediante R.A. Nº 0443-08-MDCHB de fecha 10.06.08 fue cancelado el MORDAZA de Seleccion AMC Nº 015-2008 Proyecto "Construccion Sistema de Red de Agua Potable CC. PP. San MORDAZA por el monto de S/. 118,081.76 por observaciones presentadas por los postores debido a previa aprobacion de la empresa SEMAPACH como empresa prestadora del servicio de agua en la Provincia. Que, del informe de la Direccion de Acondicionamiento Territorial se plantea la necesidad de los pobladores del Centro Poblado San MORDAZA quienes en la actualidad cuentan con pozos artesanales de donde se abastecen del liquido elemento, los mismos que estan contaminados debido a que esta poblacion riega con aguas servidas sus areas agricolas las cuales se ubican en el mismo Centro Poblado y debido a la filtracion del terreno es que estos pozos se han contaminado; asimismo a consecuencia del terremoto

del pasado 15 de agosto de 2007 estos pozos artesanales construidos de concreto han colapsado y por consiguiente es mayor la filtracion de estas aguas servidas. Que, mediante el Informe Legal Nº 025-08-DMM-ALEM/ MDCHB, opina sobre la viabilidad de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por situacion de emergencia para la contratacion de ejecucion de la obra "Construccion Sistema de Red de Agua Potable en el CC.PP. San MORDAZA y de acuerdo a lo dispuesto en los art. 19º al 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el art. 142º de su reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atencion y satisfaccion de la necesidad sobrevenida. Que, ante esta situacion el MORDAZA legal vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del estado, permite adecuarse a la exoneracion de Procesos de Seleccion a traves de la declaratoria de situacion de emergencia, y estando al MORDAZA de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion por emergencia "Construccion Sistema de Red de Agua Potable en el CC.PP. San Agustin", hasta por un monto de S/. 141,703.63. Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, y lo previsto en los art. 19º a 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el art. 142º de su Reglamento; y demas normas pertinentes con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta. SE ACUERDA: Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por situacion de emergencia para la contratacion de la ejecucion de la Obra "CONSTRUCCION SISTEMA DE RED DE AGUA POTABLE EN EL CENTRO POBLADO SAN MORDAZA DE CHINCHA BAJA", al alcance del D.S. Nº 0842004-PCM. Articulo 2º.- Facultar a la Unidad de Planificacion y Presupuestos efectuar la transferencia que corresponda para la ejecucion de la obra del articulo precedente de la presente resolucion, por un monto de S/. 141,703.63 (Ciento cuarenta y un mil setecientos tres y 63/100 nuevos soles), que se efectuaran conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con cargo a los fondos de Canon y Sobrecanon Rubro 18 y Foncomun Rubro 07. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento, realizar todas las acciones y tramites conducentes a la formalizacion y ejecucion de la adquisicion de los Bienes descritos en el numeral 3º del presente Acuerdo conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 003-2004-PCM, y se remita una MORDAZA del mismo y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado dentro de los plazos establecidos en la Ley. Dado en la MORDAZA Municipal de Chincha Baja, a los 19 dias de junio de 2008. Registrese, comuniquese cumplase y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 221117-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS AQUIJES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de tractor cargador retroexcavadora
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2008-MDLA Los Aquijes, 23 de MORDAZA del 2008

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