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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375449 Artículo Sexto.- REMITIR copia del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Unidad de Abastecimiento, Dirección de Planifi cación y Presupuesto, Contabilidad, Asesoría Jurídica, Tesorería. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. FERMÍN EDILBERTO FARIAS ZA PATA Alcalde Provincial 220519-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA Exoneran de proceso de selección la contratación de la ejecución de obra en el Centro Poblado San Agustín de Chincha Baja ACUERDO DE CONCEJO Nº 064-08-MDCHB EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHINCHA BAJA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19-06-2008, el Informe Técnico Nº 715-08-DAT/MDCHB de fecha 19.6.08 y el Informe Legal Nº 025-2008-DMM-ALE/MDCHB, de fecha 19.6.08, sobre la exoneración del Proceso de Selección para la Contratación de la ejecución de las obras por emergencia correspondiente al Sistema de Red de Agua Potable CC.PP. San Agustín, jurisdicción del distrito de Chincha Baja, con ocasión de los trabajos de reconstrucción debido al sismo ocurrido el pasado 15 de agosto 2007; CONSIDERANDO.- Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, modifi cado mediante D.S. Nº 076-2007-PCM, se declara en Estado de Emergencia el Departamento de Ica y la Provincia de Cañete, por los efectos del fuerte sismo registrado el 15 de Agosto del presente año. Que, mediante Ley Nº 29076 de fecha 22 de Agosto del 2007 se autorizó a los Gobiernos Locales de las localidades afectadas por el sismo del 15 de Agosto y declaradas en emergencia, a utilizar, previa aprobación del Concejo Municipal, los recursos que perciben por ingresos provenientes de canon, sobrecanon y regalía minera a que se refi ere la Ley Nº 28528 para destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la población damnifi cada por dicho desastre natural y así como la reconstrucción, rehabilitación y reparación de la infraestructura afectada. Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el art. VIII de la Ley Nº 2972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, mediante R.A. Nº 0443-08-MDCHB de fecha 10.06.08 fue cancelado el Proceso de Selección AMC Nº 015-2008 Proyecto “Construcción Sistema de Red de Agua Potable CC. PP. San Agustín por el monto de S/. 118,081.76 por observaciones presentadas por los postores debido a previa aprobación de la empresa SEMAPACH como empresa prestadora del servicio de agua en la Provincia. Que, del informe de la Dirección de Acondicionamiento Territorial se plantea la necesidad de los pobladores del Centro Poblado San Agustín quienes en la actualidad cuentan con pozos artesanales de donde se abastecen del líquido elemento, los mismos que están contaminados debido a que ésta población riega con aguas servidas sus áreas agrícolas las cuales se ubican en el mismo Centro Poblado y debido a la fi ltración del terreno es que estos pozos se han contaminado; asimismo a consecuencia del terremoto del pasado 15 de agosto de 2007 estos pozos artesanales construidos de concreto han colapsado y por consiguiente es mayor la fi ltración de estas aguas servidas. Que, mediante el Informe Legal Nº 025-08-DMM-ALEM/ MDCHB, opina sobre la viabilidad de la Exoneración del Proceso de Selección por situación de emergencia para la contratación de ejecución de la obra “Construcción Sistema de Red de Agua Potable en el CC.PP. San Agustín y de acuerdo a lo dispuesto en los art. 19º al 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el art. 142º de su reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atención y satisfacción de la necesidad sobrevenida. Que, ante esta situación el marco legal vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del estado, permite adecuarse a la exoneración de Procesos de Selección a través de la declaratoria de situación de emergencia, y estando al amparo de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, apruebe la exoneración del proceso de selección por emergencia “Construcción Sistema de Red de Agua Potable en el CC.PP. San Agustín”, hasta por un monto de S/. 141,703.63. Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, y lo previsto en los art. 19º a 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el art. 142º de su Reglamento; y demás normas pertinentes con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta. SE ACUERDA:Artículo 1º.- Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección por situación de emergencia para la contratación de la ejecución de la Obra “CONSTRUCCION SISTEMA DE RED DE AGUA POTABLE EN EL CENTRO POBLADO SAN AGUSTIN DE CHINCHA BAJA”, al alcance del D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo 2º.- Facultar a la Unidad de Planifi cación y Presupuestos efectuar la transferencia que corresponda para la ejecución de la obra del artículo precedente de la presente resolución, por un monto de S/. 141,703.63 (Ciento cuarenta y un mil setecientos tres y 63/100 nuevos soles), que se efectuarán conforme a los procedimientos establecidos en los artículos 19º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con cargo a los fondos de Canon y Sobrecanon Rubro 18 y Foncomun Rubro 07. Artículo 3º.- Autorizar a la Ofi cina de Abastecimiento, realizar todas las acciones y trámites conducentes a la formalización y ejecución de la adquisición de los Bienes descritos en el numeral 3º del presente Acuerdo conforme a los procedimientos establecidos en los artículos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del artículo 20º del Decreto Supremo Nº 003-2004-PCM, y se remita una copia del mismo y los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado dentro de los plazos establecidos en la Ley. Dado en la Casa Municipal de Chincha Baja, a los 19 días de junio de 2008. Regístrese, comuníquese cúmplase y publíquese.EMILIO M. DEL SOLAR SALAZAR Alcalde 221117-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS AQUIJES Exoneran de proceso de selección la adquisición de tractor cargador retroexcavadora ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2008-MDLA Los Aquijes, 23 de mayo del 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe