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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375441 Que, en la sesión de la fecha el Concejo Provincial del Callao aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 000145 el mismo que cuenta con Dictamen Nº 025-2008-MPC/SR-CAM de la Comisión de Administración y el Informe Nº 106-2008-MPC/GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, mediante el cual se remite el proyecto de Reglamento del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009, el cual tiene la fi nalidad de propiciar la participación activa y concertada de los representantes de la Sociedad Civil en el proceso; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA REGLAMENTO DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2009 Artículo 1º. Apruébase el Reglamento del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2009 y anexos: El texto del Reglamento del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 es el siguiente: “REGLAMENTO DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2009 CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene como propósito garantizar el desarrollo del Proceso de Programación y Aprobación del Presupuesto Participativo 2009 de la Municipalidad Provincial del Callao para el presente ejercicio fi scal, a través de la defi nición y establecimiento de los procedimientos y mecanismos adecuados a nuestra realidad que permitan la identifi cación de problemas prioritarios y proponer las alternativas de solución. Artículo 2º.- Finalidad Su fi nalidad es propiciar la participación activa y concertada de la sociedad civil, a través de las opiniones, críticas y propuestas al proceso de priorización de problemas lo cual refl ejará la necesidad de inversión en Obras y Proyectos de Desarrollo, considerándose para ello las necesidades sociales prioritarias expresadas en los Planes de Desarrollo, teniendo en consideración las restricciones presupuestarias propias del Gobierno Local. Artículo 3º.- Alcance La sociedad civil e Instituciones Públicas y Privadas de la Provincia Constitucional del Callao, participan activamente en el proceso de programación participativa del Presupuesto 2009 especialmente en la determinación de gastos de inversión de impacto para el desarrollo provincial que solucione problemas fundamentales, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos emitidas por la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas y la Ordenanza que regula el proceso. Artículo 4º.- Defi niciones a) Presupuesto Participativo: El presupuesto participativo es un mecanismo de asignación racional, concertada y priorizada de los recursos públicos para coberturar necesidades sociales, fortalece el nexo entre la Municipalidad y la Sociedad Civil. Para su implementación, la Municipalidad Provincial del Callao, promueve el desarrollo de instrumentos y procesos de participación en la programación de sus presupuestos así como en la vigilancia y fi scalización de los recursos y su ejecución. b) Objetivos del Presupuesto Participativo: Los objetivos del Presupuesto Participativo en la Municipalidad Provincial de Callao son:o Identifi car y recoger la problemática que aqueja a la población del Callao y sus características. o Priorizar las intervenciones del gobierno municipal que representen mayor impacto con relación a los principales problemas de la ciudad, mejorando la efi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos municipales, especialmente del programa de inversiones. o Reforzar la relación entre el nivel Municipal y la Sociedad Civil, utilizando para ello mecanismos de democracia directa y representativa, generando responsabilidades y competencias compartidas. o Fijar prioridades del gasto de inversión en base a criterios de prelación sustentados en proyectos que refl ejen soluciones reales para los problemas sociales de impacto provincial. c)Agentes Participantes: Son quienes participan, en el proceso de Formulación y Aprobación del Proceso Participativo. Son agentes participantes con voz y voto en la toma de decisiones, los miembros del Consejo de Coordinación Local Provincial, los miembros del Concejo Municipal, los representantes de la Sociedad Civil debidamente inscritos y acreditados con representatividad en el ámbito provincial. El Equipo Técnico es un agente participante con voz pero sin voto. d)Sociedad Civil : Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a los Organismos e Instituciones Públicas y/o Privadas dentro del ámbito provincial. e)Equipo Técnico : Constituido por funcionarios designados por la Municipalidad Provincial del Callao, para brindar soporte técnico a la actuación de los Agentes Participantes y que podrán intervenir, de requerirse pero sin voto. También forman parte del Equipo Técnico 01miembro o representantes de la sociedad civil propuestos por el Consejo de Coordinación Local Provincial. f)Consejo de Coordinación Local Provincial: Es el órgano de Coordinación de la Municipalidad Provincial del Callao, lo integran el Alcalde Provincial quien lo preside, los Alcaldes distritales de la PCC y los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local. Artículo 5º.- Características del Proceso a)Competencia: Los proyectos de inversión priorizados durante el proceso deben responder a las competencias de cada nivel de gobierno. b)Flexibilidad: El proceso debe tener la capacidad de adaptarse a situaciones coyunturales a fi n de atenderlas en forma oportuna con el objeto de salvaguardar las prestaciones del servicio hacia la colectividad. c)Programación : los proyectos de inversión que se propongan y prioricen en el proceso de presupuesto participativo deben responder a los objetivos establecidos en los Planes de Desarrollo. d)Sostenibilidad y Multianualidad : La priorización de los proyectos de inversión debe tomar en cuenta la efectiva disponibilidad de recursos y la sostenibilidad de su fi nanciamiento, incluido los gastos que requiera su mantenimiento con horizonte multianual. CAPÍTULO II BASE LEGAL Artículo 6º. - El presente Reglamento está basado en el siguiente Marco legal: - Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,- Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modifi catorias. - Decreto Supremo Nº 221-2006-EF . Reglamento de la Ley que crea el SNIP.Descargado desde www.elperuano.com.pe