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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de julio de 2008 375722 Que, con informe Legal Nº 005-2008/ASELEG- MUNIC. DIST. SALITRAL, de fecha 18 de Junio de 2008, donde emite opinión legal respecto a la Exoneración de Proceso de Selección por causal de Emergencia, de conformidad con los Decretos Supremos Nºs 016-2008-PCM y 032-2008-PCM; y con el Informe Nº 100-2008-CAPC/MDS, de fecha 18 de Junio de 2008, donde emite opinión legal respecto a la Exoneración de Proceso de Selección por causal de Emergencia, de conformidad con los Decretos Supremos Nºs 016-2008-PCM y 032-2008-PCM, situación que de conformidad con las normas antes mencionadas permite la exoneración de procesos de selección vinculados a la referida causal, por lo que recomiendan que se derive lo actuado al Concejo Municipal a fi n de que se adopte el Acuerdo Respectivo, el mismo que conforme lo estipula el Artículo 147º del Decreto Supremo Nº 084-2008-PCM, debe publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días de aprobado, así como su publicación a través del SEACE. Que, conforme a lo manifestado anteriormente existe opinión técnica y legal para declarar la Exoneración por situación de emergencia los Procesos de Selección para la Contratación de ALQUILER DE MAQUINARIA PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS CAMINOS DEL DISTRITO DE SALITRAL AFECTADA POR LAS PRECIPITACIONES OCURRIDAS DESDE EL MES DE ENERO Y ACENTUADAS A PARTIR DEL 15-02-2008, por un Monto de S/. 190.928.10 Nuevos Soles; y ALQUILER DE MAQUINARIA PARA LA RECUPERACIÓN DE LA FLUIDEZ DE LAS QUEBRADAS MIRAFLORES Y CABO VERDE DEL DISTRITO DE SALITRAL AFECTADA POR LAS PRECIPITACIONES OCURRIDAS DESDE EL MES DE ENERO Y ACENTUADAS A PARTIR DEL 15-02-2008, por un Monto de S/. 37,392.30 Nuevos Soles, en aplicación al inciso c) del Artículo 19º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el Artículo 142º del Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM, modifi cado Mediante D.S. Nº 137-2007-EF, debiendo remitirse el presente expediente al Concejo Municipal para que proceda a emitir el Acuerdo respectivo que apruebe la exoneración de los referidos procesos de selección, en aplicación del Artículo 20º del D.S Nº 083-2007-PCM; Que, estando a lo acordado y aprobado por mayoría, en Sesión Extraordinaria de Fecha 26 de Junio de 2008, y a las atribuciones que confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE ACUERDA Artículo Primero.- DECLARAR, de conformidad con DS Nº 016-2008-PCM, Prorrogado con DS Nº 032-2008-PCM, y a los Artículos 19º y 22º del DS Nº 083-2008-PCM, concordante con el Artículo Nº 142º del DS 084-2004-PCM, modifi cado mediante DS Nº 137-2007-EF, LA EXONERACIÓN POR SITUACIÓN DE EMERGENCIA por el lapso de 60 días calendario, para la Contratación de ALQUILER DE MAQUINARIA PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS CAMINOS DEL DISTRITO DE SALITRAL AFECTADA POR LAS PRECIPITACIONES OCURRIDAS DESDE EL MES DE ENERO Y ACENTUADAS A PARTIR DEL 15-02-2008, por un Monto de S/. 190.928.10 Nuevos Soles; y ALQUILER DE MAQUINARIA PARA LA RECUPERACIÓN DE LA FLUIDEZ DE LAS QUEBRADAS MIRAFLORES Y CABO VERDE DEL DISTRITO DE SALITRAL AFECTADA POR LAS PRECIPITACIONES OCURRIDAS DESDE EL MES DE ENERO Y ACENTUADAS A PARTIR DEL 15-02-2008, por un Monto de S/. 37,392.30 Nuevos Soles. Artículo Segundo.- Disponer, la Publicación del Presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Tercero.- Dése cuenta a todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Salitral para los fi nes correspondientes, asimismo a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro del plazo que otorga la Ley. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. NAZARIO MOLINA CORREA Alcalde 222947-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe