Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2008 (08/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

375707

Dejan sin efecto la R.M. Nº 250-2008VIVIENDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2008-VIVIENDA MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO:

expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 223067-1

Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2007 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huaura (en adelante el Convenio Especifico), con el objeto de financiar la ejecucion del Proyecto "Mejoramiento de las Redes del Sistema de Alcantarillado del Centro Poblado Unificado MORDAZA MORDAZA Mariategui, Distrito de Huaura - Huaura - Lima", con codigo SNIP Nº 48752; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 218-2007VIVIENDA de fecha 16 de MORDAZA de 2007 se aprobo una transferencia financiera hasta por la suma de Un Millon Doscientos Setenta y Nueve Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 279 000.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Huaura, para financiar la ejecucion del Proyecto con codigo SNIP Nº 48752; Que, con fecha 26 de MORDAZA de 2008, se suscribio la Addenda al Convenio Especifico, por la cual se acuerda ampliar el monto de financiamiento del Proyecto con codigo SNIP Nº 48752, hasta por el monto de Doscientos Treinta y Seis Mil Doscientos Sesenta y Siete y 70/100 Nuevos Soles (S/. 236 267.70) y efectuar su transferencia a favor de la Municipalidad Distrital de Huaura; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 2502008-VIVIENDA de fecha 2 de MORDAZA de 2008 se aprobo la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huaura, hasta por la suma de Doscientos Treinta y Seis Mil Doscientos Sesenta y Siete y 70/100 Nuevos Soles (S/. 236 267.70), para el financiamiento de la ejecucion del Proyecto con codigo SNIP Nº 48752; Que, el Organo de Control Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante el Informe Nº 003-2008/VIVIENDA-OCIAD de fecha 03 de MORDAZA de 2008, da cuenta de las irregularidades presentadas en la ejecucion del Proyecto "Mejoramiento de las Redes del Sistema de Alcantarillado del Centro Poblado Unificado MORDAZA MORDAZA Mariategui, Distrito de Huaura - Huaura Lima", determinando que la Municipalidad Distrital de Huaura no ha ejercido adecuadamente la administracion del Contrato de Obra, toda vez que se han presentado incumplimientos contractuales por parte de la Contratista, lo cual ha ocasionado que la Obra actualmente se encuentre paralizada y abandonada, originando dicha situacion problemas de salubridad a los habitantes del Centro Poblado Unificado MORDAZA MORDAZA Mariategui del Distrito de Huaura, por lo cual recomienda se suspendan las transferencias de recursos a favor de la mencionada Municipalidad por resultar un riesgo de inversion; Que, en consecuencia es necesario dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 250-2008-VIVIENDA de fecha 2 de MORDAZA de 2008; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 250-2008-VIVIENDA de fecha 2 de MORDAZA de 2008, que aprobo una transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huaura, por las razones

Aprueban transferencia financiera del Programa Agua para Todos a favor del Gobierno Regional de San MORDAZA, para financiar la ejecucion del Proyecto "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable e Instalacion del Sistema de Alcantarillado en la Localidad de Jepelacio"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 281-2008-VIVIENDA MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial No. 688-2007VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley No. 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo No. 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectuan mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego; Que, el literal h) del numeral 75.4 del articulo 75 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley No. 28927, establece que las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para actividades y proyectos de inversion de saneamiento, vivienda y urbanismo se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.