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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de julio de 2008 375712 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Achual Tipishca RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 378-2008-JNAC/RENIEC Lima, 20 de junio de 2008VISTO: el Informe N° 000011-2008/SGGORC/ RENIEC, de la entonces Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles, hoy Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, y el Informe N° 000162-2008/GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles. CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98- PCM se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Artículo 11º de la misma norma, precisa que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, el Artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe de haber una Ofi cina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Artículo 262° del Código Civil señala que éste se tramita y celebra ante un Comité Especial, el que debe de estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía de la respectiva comunidad, el cual será presidido por el directivo de mayor jerarquía; Que, la entonces Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles, hoy Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, a través del Informe N° 000011-2008/SGGORC/GRC/RENIEC señala que la Comunidad Nativa Achual Tipishca ha presentado Acta de Conformación de Comité Especial, a que se refi ere el considerando precedente; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa a que se refi ere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de Ofi cina Registral, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia anteriormente mencionada, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44° de la Ley N° 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Achual Tipishca, Distrito de Lagunas, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto. Artículo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa mencionada en el artículo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Achual Tipishca, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 220871-13 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 382-2008-JNAC/RENIEC Lima, 20 de junio de 2008 VISTOS: Los Ofi cios Nº 1151 y 838-2008/GP/RENIEC, de la entonces denominada Gerencia de Procesos, actualmente Gerencia de Registros de Identifi cación y el Informe N° 0363-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar AFIS Nº 1053, 0997, 0895, 1083, 1090, 1091, 0957, 1074, 1093, 0979, 1042, 0810, 0993, 0994, 0838, 1092, 1071, 1096, 1069 y 0483/2008/DDG/GP/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, siendo dichas inscripciones las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladoRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 3290 10774633366-2007/SGDI/ GPDR/RENIEC Jhonny Nel Huerta Jaramillo 31923887 2384 43720965286-2007/SGDI/ GPDR/RENIECCarmelino Castelo Flores 41031607 4927 40766264511-2007/SGDI/ GPDR/RENIECCésar Giorgio Yarleque Vera 80206413 3111 80435092360-2007/SGDI/ GPDR/RENIECSabina Florentina Calderón Gamboa 19681636Descargado desde www.elperuano.com.pe