Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2008 (08/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2008

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan integrantes del Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, con competencia para la Oficina Registral del Callao
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 193-2008-SUNARP/SN MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Oficio Nº 1185 -2008-SUNARP/Z.R.NºIXOL/JEF, a traves del cual el Jefe de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, solicita la designacion de los nuevos miembros del Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, con competencia para la Oficina Registral del Callao. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 295-2006-SUNARP/ SN de fecha 5 de octubre de 2006, se designo a los integrantes del Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, con competencia para la Oficina Registral del Callao; Que, la MORDAZA citada establece tambien que el mandato de los miembros del Consejo Consultivo es de un ano, a partir de la fecha de su instalacion; Que, mediante el documento de visto el Jefe de la MORDAZA Registral solicita la designacion de los nuevos integrantes del referido Comite Consultivo, y acompana para ello las comunicaciones remitidas por los directivos de las entidades que lo conforman acreditando a sus representantes; Que, resulta necesario formalizar la designacion de los representantes de las instituciones que participan en el citado Consejo Consultivo; Estando a lo dispuesto en el literal v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a los integrantes del Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, con competencia para la Oficina Registral del Callao, el cual estara conformado por las siguientes personas:
ENTIDAD Colegio de Abogados del Callao REPRESENTANTE Dr. Nivardo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA

Otorgan autorizacion a Electro Oriente S.A. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Gera II
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 038-2008-GR-SM/DREM Moyobamba, 1 de MORDAZA del 2008 VISTO: El Expediente Nº 3100010822, organizado por ELECTRO ORIENTE S.A., persona juridica inscrita en el asiento Nº 01, Partida XIV del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IV - Sede Iquitos, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, ELECTRO ORIENTE S.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Gera II, con potencia instalada de 2 MW, ubicada en el distrito de Jepelacio, provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; Que la peticion se halla amparada en las funciones transferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 5502006-MEM/DM, publicada el 18 de noviembre de 2006, en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en el articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, tratandose de una central hidroelectrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar la garantia de conformidad con lo establecido en el articulo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Oficina Tecnica de Electricidad de la Direccion Regional de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas ha emitido el Informe Nº 017-2008-DREM-SM/OTE/DJGB; Con la opinion favorable del Director Regional de Energia y Minas, mediante Auto Directoral Nº 043-2008DREM-SM/D. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a ELECTRO ORIENTE S.A., que se identificara con codigo Nº 3100010822, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Gera II, con una potencia instalada de 2 MW, ubicada en el distrito de Jepelacio, provincia de Moyobamba y departamento de San MORDAZA cuyas caracteristicas principales son las siguientes: - Caida MORDAZA
: 42,60 m.

Ing. CIP MORDAZA Genebrardo Lint Brenis Colegio de Ingenieros del Peru ­ (Titular). Consejo Departamental del Callao Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcorta (Suplente) Colegio de Notarios del Callao Camara de Comercio del Callao Gobierno Regional del Callao Dr. MORDAZA MORDAZA, Rivero MORDAZA Dra. MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA Odiaga Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Municipalidad Provincial del Callao Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 222949-1

- Caudal de diseno : 5,27 m3/s. - Potencia instalada : 2 MW. - MORDAZA de turbina : Francis.

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