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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2008 (10/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de julio de 2008 375858 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 119-2008/SBN-GO-JAR Lima, 30 de junio de 2008 Visto el Expediente Nº 112-2008/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 70 472,32 m², ubicado en el ingreso a la trocha carrozable de acceso al cerro Las Animas, en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 70 472,32 m², ubicado en el ingreso a la trocha carrozable de acceso al cerro Las Animas, en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica el 14 de abril de 2008, se verifi có que el terreno de 70 472,32 m², se encuentra libre de ocupación, es de naturaleza eriaza, de topografía accidentada y con pendientes pronunciadas en algunos sectores; Que, mediante Informe Técnico Nº 3994-2008- SUNARP-Z.R.Nº IX/OC, de fecha 22 de mayo de 2008, la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, informa que el terreno materia de consulta se encuentra en zona donde no se tienen anotaciones registrales; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesina y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la pri mera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 70 472,32 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN;Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales” aprobado por Resolución Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 275-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 23 de junio de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 70 472,32 m², ubicado en el ingreso a la trocha carrozable de acceso al cerro Las Animas, en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 224039-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Exoneran de procesos de selección la adquisición de combustible, materiales y kit de herramientas por situación de emergencia en la Gerencia Subregional Luciano Castillo Colonna ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 465-2008/GRP-CR Piura, 28 de junio de 2008 VISTOS: - El Informe Legal N° 199-2008/GRP-401000-401100, de fecha 27 de junio de 2008, de la Ofi cina Sub Regional de Asesoría Legal de la Gerencia Sub Regional Luciano Castillo Colonna, emitiendo opinión legal referida a la Exoneración de Procesos de Selección por causal de Situación de Emergencia, de conformidad con el Decreto Supremo N° 016-2008; - El Informe Técnico Nº 001-2008/GRP-401000- 401300-401340, de fecha 27 de junio del 2008, del Sistema Administrativo de Abastecimiento de la Gerencia Sub Regional Luciano Castillo Colonna, conteniendo el sustento técnico para exonerar de Proceso de Selección Descargado desde www.elperuano.com.pe