Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2008 (11/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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que "Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas"; Que de esta manera, si la funcion de administrar justicia, es una facultad exclusiva que corresponde al poder judicial, a traves de sus respectivos organos jurisdiccionales, de acuerdo a la Constitucion y demas normas del ordenamiento juridico peruano, dicha facultad no puede ser ejercida por la Administracion (poder ejecutivo); Que en este sentido, al haberse generado un conflicto de intereses entre dos particulares (administrados), la empresa INGENIEROS PESQUEROS CONSULTORES S.A.C. (sucedida por PESQUERA HAYDUK S.A.) por un lado, y la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. - EN LIQUIDACION (sucedida posteriormente por las empresas CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. y CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.) por el otro, respecto a la titularidad de una licencia de operacion otorgado mediante Resolucion Ministerial N° 181-96-PE, que se origina en la interpretacion de los alcances del mencionado contrato de dacion en pago del inmueble, y en virtud a los principios de separacion de funciones del poder publico y de legalidad, corresponde a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, declara improcedente las referidas solicitudes de autorizacion para el traslado fisico de establecimiento industrial y cambio de titular de licencia de operacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nºs. 1422008-PRODUCE/DGEPP-Dchi, 643-2007-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, 563-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y 5052007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE y demas normas modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar improcedente las solicitudes de autorizacion para el traslado fisico de establecimiento industrial y cambio de titular de licencia de operacion, referidas a la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 181-96-PE, iniciadas por la empresa INGENIEROS PESQUEROS CONSULTORES S.A.C. (sucedida por PESQUERA HAYDUK S.A.) y la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. EN LIQUIDACION (sucedida posteriormente por las empresas CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. y CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.) debido a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion de MORDAZA y La MORDAZA, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 223975-5

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de personas naturales para operar embarcacion pesquera de bandera nacional para la extraccion de anchoveta
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 305-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 12 de junio del 2008 Visto el escrito con Registro Nº 000017342, del 06 de marzo del 2008, presentado por los senores MERARDO MORDAZA ZETA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ZETA y conyuge MORDAZA MORDAZA SANCHEZ. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, y modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia, la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; asimismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular de permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE, establece que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que por Resolucion Directoral Nº 022-2003-GOB. REG.-PIURA/DIREPE-DR, del 23 de enero del 2003, se otorgo permiso de pesca a los armadores MERARDO MORDAZA ZETA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre "SIEMPRE MORDAZA DE CHALPON" de matricula PT-3435-CM, de arqueo neto 25.97 y de 107.89 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que por Resolucion Directoral Nº 482-2007PRODUCE/DGEPP del 30 de octubre del 2007, que lista las embarcaciones cuyos armadores han cumplido con presentar los requisitos previstos en el Art. 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca y con la MORDAZA del "Certificado de Adecuacion de las Dimensiones de la Red de Cerco"; la referida embarcacion es incorporada en el Anexo I, literal "B" del listado de la R.M. Nº 085-2007-PRODUCE, con acceso a los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa; Que con Resolucion Directoral Nº 083-2008PRODUCE/DGEPP, del 07 de febrero del 2008, se dispone caducar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera SIEMPRE MORDAZA DE CHALPON de matricula PT-3435-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa y cuya Cedula de Notificacion Nº 664-2008-PRODUCE/DGEPP dirigida a los senores MERARDO MORDAZA ZETA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, fue recepcionada el 17 de MORDAZA del 2008; decision administrativa que no ha sido impugnada dentro del plazo de ley, por lo que ha quedado consentida; Que mediante los escritos del visto los senores MERARDO MORDAZA ZETA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como MORDAZA MORDAZA ZETA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion "SIEMPRE MORDAZA DE CHALPON", de

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