Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2008 (11/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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DE FONDO CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA DE LOS TRANSPORTISTAS DE LA REGION MORDAZA PASCO MORDAZA "AFOCAT R.J.P.H." en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Transito; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas correspondientes; Estando a lo opinado por la Unidad de Registro de AFOCAT, en Informe N° 095-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC, modificada por los Decretos Supremos Nº 012-2007-MTC, 025-2007-MTC y 007-2008-MTC; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Disponer la Inscripcion Definitiva de ASOCIACION DE FONDO CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA DE LOS TRANSPORTISTAS DE LA REGION MORDAZA PASCO MORDAZA "AFOCAT R.J.P.H.", constituida mediante escritura publica de fecha 3 de MORDAZA del 2007, otorgada ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA y registrada bajo la Partida Electronica Nº 11013059 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral Tarma, en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA a cargo de la Direccion General de Transporte Terrestre, como AFOCAT REGIONAL con Registro Definitivo Nº 0029-R AFOCAT-DGTT-MTC/2007, pudiendo operar como tal en la Region Junin; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia el dia siguiente de ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 220464-1

2006-MTC y 006-2008-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 71502006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por IMIGOLBE PERU S.A.C. se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 71502006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: · Solicitud firmada por el representante legal de IMIGOLBE PERU S.A.C. · MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad Anonima Cerrada, otorgada por Importaciones e Inversiones Generales Olabarrera MORDAZA S.A.C., ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA del Testimonio de Aclaracion, Subsanacion y Ratificacion de Acto Juridico de cambio de denominacion a IMIGOLBE PERU S.A.C. ante Notario Publico Ljubica Nada Sekula Delgado. · Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, correspondiente a la Partida Nº 11902440 pedido con fecha 13 de MORDAZA del 2008, que acredita la vigencia del poder respectivo. · Certificado de Inspeccion de Taller Nº 000003 de fecha 12 de MORDAZA del 2008, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones ICONTEC del Peru S.R.L., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. · Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. · Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva MORDAZA citada, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolucion de homologacion vigente del analizador de gases expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes. · Nomina del personal tecnico del Taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, MORDAZA simple de los titulos que acreditan su calificacion en mecanica automotriz y electricidad automotriz, MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion en conversiones vehiculares del sistema de combustion a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller mantiene vinculo contractual y MORDAZA de los documentos que acreditan la relacion laboral o vinculo contractual con el taller. · MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion N° 0597-2007PRODUCE/DVI/DGI-DNTSI, de IMIGOLBE PERU S.A.C.

Autorizan a Imigolbe Peru S.A.C. para operar taller de conversion a gas natural vehicular en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 8575-2008-MTC/15 MORDAZA, 27 de junio de 2008 VISTOS: El Parte Diario registrado con N° 052190 y el expediente N° 2008-0015726 presentados por IMIGOLBE PERU S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-

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