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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de julio de 2008 375931 lo que de reiterar su mandato éste se ejecutará bajo su responsabilidad; Que sin embargo, mediante Ofi cio Nº 13006-2007-3JCA- CSJL-PJ, ingresado bajo Registro Nº 00038938, de fecha 29 de mayo de 2008, el Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, ordena a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, disponga a quien corresponda dar cumplimiento al mandato dispuesto en la Resolución Nº UNO de fecha 3 de enero de 2008, el mismo que resuelve: CONCEDER: bajo cuenta, “costo y riesgo de la parte actora, la Medida Cautelar solicitada; en consecuencia se dispone, SUSPENDER preventivamente los efectos de la Resolución Viceministerial N° 018-2007-PRODUCE/DVP de fecha 27 de abril de 2007, publicada el 10 de mayo de 2007, EN CONSECUENCIA OTORGUESE PROVISIONALMENTE MIENTRAS SE RESUELVA EL PROCESO PRINCIPAL LA AUTORIZACIÓN DE OPERATIVIDAD Y ZARPE de la embarcación pesquera LA PERICA I con matrícula HO-1488-CM de 109.50 m3 de capacidad de bodega, a fi n de que desarrolle sus labores de pesca de productos hidrobiológicos para consumo humano directo e indirecto a favor del señor VICTOR EUCLIDES VALDIVIEZO OJEDA”. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala; asimismo, que ninguna autoridad cualquiera sea su rango o denominación, fuera de la organización jerárquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de las causas pendientes ante el órgano jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modifi car su contenido, ni retardar su ejecución, ni cortar procedimientos en trámite, bajo responsabilidad política, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso; Que no obstante lo dictaminado por el Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, contraviene la normatividad pesquera vigente y crea precedentes negativos en la función administrativa que es de competencia del Sector Pesquería, en el presente caso, en virtud del mandato judicial ordenado, se procede a acatar lo ordenado por la referida judicatura; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 279-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 11 de junio de 2008 y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente emitida con Informe Nº 439-2008-PRODUCE/ALPA del 9 de junio de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en cumplimiento de la Resolución Nº UNO, de fecha 3 de enero de 2008, y el Ofi cio Nº 13006-2007-3ºJCA-CSJL-PJ, del 24 de abril de 2008, emitidos por el Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1°.- En estricto cumplimiento de la Medida Cautelar y bajo responsabilidad del Magistrado del Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, según lo ordenado a través de la Resolución Nº UNO de fecha 3 de enero de 2008, y el Ofi cio Nº 13006-2003ºJCACSJL-PJ, del 24 de abril de 2008, se deberá SUSPENDER preventivamente los efectos de la Resolución Viceministerial N° 018-2007-PRODUCE/DVP de fecha 27 de abril de 2007, publicada el 10 de mayo de 2007, EN CONSECUENCIA OTORGUESE PROVISIONALMENTE MIENTRAS SE RESUELVA EL PROCESO PRINCIPAL LA AUTORIZACIÓN DE OPERATIVIDAD de la embarcación pesquera LA PERICA I con matrícula HO-1488-CM de 109.50 m3 de capacidad de bodega, a fi n de que desarrolle sus labores de pesca de productos hidrobiológicos para consumo humano directo e indirecto a favor del señor VICTOR EUCLIDES VALDIVIEZO OJEDA, apoderado de la señora AZAHAIRA ELIZABETH VALDIVIEZO OJEDA. Artículo 2°.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolución quedará sin efecto de pleno derecho en el caso que el Poder Judicial, revoque la medida cautelar, materia del Artículo 1° de la presente Resolución Directoral. Artículo 3°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Procuraduría Pública a cargo de Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 223975-7 SALUD Aprueban el Plan Operativo 2008 de la Unidad Ejecutora 001 - MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2008/MINSA Lima, 30 de junio del 2008Vistos: el MEMORANDUM Nº 373 -2008.OGPP-OPGI/ MINSA y el INFORME Nº 061-2008-OPGI-OGPP/MINSA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 2841, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone en el numeral 71.3 del artículo 71º que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas y trabajos necesarios para cumplir las metas presupuestarias establecidas para el indicado periodo así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2005-PCM, aprueban el Reglamento de la Ley Nº 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el que establece en el artículo 4º las funciones de los órganos del sistema, entre ellas, la señalada en el literal d) formular los planes de largo, mediano y corto plazo, de acuerdo a los lineamientos aprobados mediante acuerdo del Consejo de Ministros y a las directivas que imparte el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y f) proponer a la máxima autoridad institucional la priorización de los programas, proyectos y actividades institucionales en armonía con los objetivos estratégicos nacionales y del dominio sectorial o territorial a cargo de la institución; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido la Directiva Administrativa Nº 124-MINSA/OGPP V.0.1,“Directiva Administrativa para la Formulación del Plan Operativo 2008 de las Dependencias y Entidades del Ministerio de Salud, la misma que en su capítulo VI. Disposiciones Específi cas, acápite 6.2 Presentación y aprobación del POA-2008, inciso 6.2.4, establece que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto con la información proporcionada por las Unidades Orgánicas del Ministerio de Salud, formulará el Plan Operativo de la Unidad Ejecutora 001, el cual será aprobado por el Despacho Ministerial, además de consolidar los POAs 2008 aprobados de sus órganos desconcentrados;Descargado desde www.elperuano.com.pe