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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de julio de 2008 376178 cumplimiento de la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR, del formato del Convenio señalado en el segundo considerando de la presente resolución; Que, de acuerdo al Convenio “Programa Minero Solidaridad con el Pueblo”, suscrito entre la COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A. y el Estado Peruano, y la Carta S/N de fecha 24 de abril de 2008, recepcionada con fecha 29 de abril de 2008, se ha recibido por la citada COMPAÑÍA MINERA la transferencia dineraria por la suma de S/. 26 487,12 en la cuenta corriente en Soles Nº 00-000-863149 del Banco de la Nación denominada “PCM - Secretaría General/Donaciones Fondo Minero-Reparaciones Colectivas CVR”, según Nota de Abono del Banco de la Nación de fecha 23 de abril de 2008, en cumplimiento de la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR, del formato del Convenio señalado en el segundo considerando de la presente resolución; Que, de acuerdo al Convenio “Programa Minero Solidaridad con el Pueblo”, suscrito entre la SOCIEDAD MINERA EL BROCAL S.A.A. y el Estado Peruano, y la Carta Nº 004-2008 recepcionada con fecha 29 de abril de 2008, se ha recibido de la citada SOCIEDAD MINERA el depósito por la suma de S/. 144 998,28 en la cuenta corriente en Soles Nº 00-000-863149 del Banco de la Nación denominada “PCM - Secretaría General/Donaciones Fondo Minero-Reparaciones Colectivas CVR”, según Papeleta de Depósito Nº 33051307, de fecha 24 de abril de 2008, en cumplimiento de la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR, del formato del Convenio señalado en el segundo considerando de la presente resolución; Que, de acuerdo al Convenio “Programa Minero Solidaridad con el Pueblo”, suscrito entre la EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. y el Estado Peruano, y la Carta S/N de fecha 30 de abril de 2008, recepcionada el 03 de mayo de 2008, se ha recibido de la citada EMPRESA MINERA el depósito por la suma de S/. 179 996,00 en la cuenta corriente en Soles Nº 00-000-863149 del Banco de la Nación denominada “PCM - Secretaría General/Donaciones Fondo Minero-Reparaciones Colectivas CVR”, según Papeleta de Depósito Nº 32444663, de fecha 30 de abril de 2008, en cumplimiento de la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR, del formato del Convenio señalado en el segundo considerando de la presente resolución; Que, de acuerdo al Convenio “Programa Minero Solidaridad con el Pueblo”, suscrito entre la empresa minera PERUBAR S.A. y el Estado Peruano, y la Carta S/N de fecha 30 de abril de 2008, recepcionada con fecha 03 de mayo de 2008, se ha recibido de la citada EMPRESA MINERA el depósito por la suma de S/. 44 354,00 en la cuenta corriente en Soles Nº 00-000-863149 del Banco de la Nación denominada “PCM - Secretaría General/Donaciones Fondo Minero-Reparaciones Colectivas CVR”, según Papeleta de Depósito Nº 32444673, de fecha 30 de abril de 2008, en cumplimiento de la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR, del formato del Convenio señalado en el segundo considerando de la presente resolución; Que, de acuerdo al Convenio “Programa Minero Solidaridad con el Pueblo”, suscrito entre la EMPRESA CATALINA HUANCA SOCIEDAD MINERA S.A.C. y el Estado Peruano, y la Carta CH-046-08 recepcionada con fecha 22 de abril de 2008, se ha recibido de la citada EMPRESA MINERA el depósito por la suma de S/. 1 333,70 en la cuenta corriente en Soles Nº 000 - 863149 del Banco de la Nación denominada “PCM - Secretaría General/Donaciones Fondo Minero-Reparaciones Colectivas CVR”, según Papeleta de Depósito Nº 31947485, de fecha 18 de abril de 2008, en cumplimiento de la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR, del formato del Convenio señalado en el segundo considerando de la presente resolución; Que, de acuerdo al Convenio “Programa Minero Solidaridad con el Pueblo”, suscrito entre la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L. y el Estado Peruano, y la Carta ALAC Nº 065/08 recepcionada con fecha 06 de mayo de 2008, se ha recibido de la citada EMPRESA MINERA el depósito por la suma de US$ 103 290,00 en moneda extranjera (dólares americanos) en la cuenta corriente Nº 06-000-032490 del Banco de la Nación denominada “PCM - Secretaría General/Donaciones Fondo Minero-Reparaciones Colectivas CVR”, según Papeleta de Depósito Nº 324444663, de fecha 08 de mayo de 2008, en cumplimiento de la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR, del formato del Convenio señalado en el segundo considerando de la presente resolución; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales e internacionales públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución de Titular de la Entidad, debiendo ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias; Contando con el visado de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Decreto Supremo Nº 071-2006-EM y Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar las donaciones dinerarias otorgadas por diversas empresas mineras a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, las mismas que serán destinadas para asistir en las Reparaciones Colectivas CVR en cumplimiento a la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR del Convenio suscrito “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo”, de acuerdo al siguiente detalle: EMPRESA MINERA MONTO CATALINA HUANCA SOCIEDAD MINERA S.A.C. S/. 1,333.70 COMPAÑÍA MINERA RAURA S.A S/. 32,710.00COMPAÑÍA MINERA MILPO S.S.A. S/. 74,340.50MINERA PAMPA DE COBRE S.A. S/. 12,223.10COMPAÑIA MINERA MILPO S.A.A. S/. 26,487.12SOCIEDAD MINERA EL BROCAL S.A.A. S/. 144,998.28EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. S/. 179,996.00PERUBAR S.A. S/. 44,354.00MINERA YANACOCHA S.R.L. US$ 103,290.00 Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 226941-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de Programa Sectorial IV- Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 448-2008-EF/10 Lima, 11 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 702- 2006-EF/10 se designó al señor Miguel Enrique Prialé Ugás en el cargo de Director de Programa Sectorial IV - Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, Categoría F - 5 del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el citado funcionario y encargar las funciones respectivas al señor Javier Illescas Mucha, Director de Programa Sectorial IV - Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada, en adición a sus funciones, mientras se designe al titular del cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y la Ley Nº 29158; Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;Descargado desde www.elperuano.com.pe