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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2008 (16/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de julio de 2008 376181 Que, mediante el Memorando Nº 1439-2008-ME/SG-OGA, de fecha 9 de julio de 2008, la Ofi cina General de Administración, sugiere que el proceso de selección se realice a través de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, a fi n de satisfacer la necesidad de la distribución oportuna de este material educativo antes del inicio del año escolar; Que, para efectivizar el citado proceso, resulta pertinente la celebración de un Convenio de Administración de Recursos con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, siendo necesario transferir a este organismo, la suma de S/. 105’290,198.00 (Ciento cinco millones doscientos noventa mil ciento noventa y ocho con 00/100 nuevos soles) para la Adquisición de Libros para Alumnos de Educación Primaria a nivel nacional; Que, la Vigésimo Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos, u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos. Dichas modalidades deberán contar, previamente, con un Informe de la Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que demuestre las ventajas y benefi cios de su concertación, así como la disponibilidad de recursos para su fi nanciamiento, y aprobarse por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del sector correspondiente. El Procedimiento señalado se empleará también para el caso de las adendas, revisiones u otros que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente; Que, en el Informe Nº 251-2008-ME/SPE-UP, de fecha 9 de julio de 2008, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación se ha pronunciado favorablemente respecto a la celebración del Convenio de Administración de Recursos con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, a efecto que conduzca el proceso necesario para la contratación precisada en los anteriores considerandos, señalando las ventajas y benefi cios, así como la previsión presupuestal correspondiente al ejercicio 2008; a efectos de posibilitar la transferencia de recursos fi nancieros hasta por el monto indicado; Que, en consecuencia resulta necesario celebrar un Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, y transferir los recursos para tal fi n; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29142 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la suscripción del Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la administración de los recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 026 - Programa de Educación Básica para Todos, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, con cargo al presupuesto modifi cado del Pliego 010 - Ministerio de Educación, correspondiente al año 2008. Artículo 2º.- Autorizar al Secretario General del Ministerio de Educación a suscribir el Convenio de Administración de Recursos a que se refi ere el artículo precedente. Artículo 3º.- Autorizar al Ministerio de Educación a transferir recursos hasta por CIENTO CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 105’290,198.00); al organismo internacional referido en la presente resolución, para cuyo efecto deberá fi jar los procedimientos administrativos que corresponda conforme a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 226943-3Aprueban Directiva “Juegos Florales Escolares Nacionales 2008” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0030-2008-ED Lima, 15 de julio de 2008 CONSIDERANDO:Que, el artículo 14º de la Constitución Política del Perú dispone que la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte entre los estudiantes como parte de su formación integral; Que, de conformidad con el artículo 79º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, por Resolución Ministerial Nº 0494-2007-ED se aprobó la “Directiva para el desarrollo del Año Escolar 2008”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº0526-2005-ED se instituyó los Juegos Florales Escolares como actividad educativa de la Educación Básica Regular; Que, los Juegos Florales Escolares Nacionales tienen por fi nalidad promover el desarrollo de las capacidades de comunicación y expresión artística, así como la creación e interpretación literaria, contribuyendo de esta manera al desarrollo de la sensibilidad y la creatividad, en concordancia con la Formación Humanista Integral propuesta en la Ley General de Educación y en el diseño curricular nacional; Que, los Juegos Florales Escolares Nacionales se desarrollan en el marco de una formación ciudadana, cívica y democrática que permita fortalecer la identidad peruana y la conciencia histórica nacional de nuestros estudiantes; Que, de conformidad con el artículo 48 ºdel Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte es responsable de la promoción escolar de la cultura y el deporte en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo con la participación de la sociedad civil; Que, es necesario dictar la Directiva que regule la planifi cación, organización, ejecución, supervisión y evaluación de los Juegos Florales Escolares Nacionales 2008; De conformidad con la Ley Nº 28044, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 84-DIPECUD-2008 “Juegos Florales Escolares Nacionales 2008”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, la elaboración y aprobación de las bases de los Juegos Florales Escolares Nacionales 2008. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, así como a las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, la responsabilidad del desarrollo de los Juegos Florales Escolares Nacionales 2008, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Directiva. Regístrese, comuníquese y publíquese.IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestión Pedagógica DIRECTIVA Nº 84-DIPECUD-2008 JUEGOS FLORALES ESCOLARES NACIONALES 2008 1. FINALIDADLa presente Directiva tiene como fi nalidad normar la planifi cación, organización, ejecución, monitoreo, supervisión y evaluación de los Juegos Florales Escolares Nacionales 2008.Descargado desde www.elperuano.com.pe