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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2008 (16/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de julio de 2008 376179 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor Miguel Enrique Prialé Ugás, al cargo de cargo de Director de Programa Sectorial IV - Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, Categoría F - 5 del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado. Artículo 2º.- Encargar las funciones de Director de Programa Sectorial IV - Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, al señor Javier Illescas Mucha, Director de Programa Sectorial IV - Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada, en adición a sus funciones, mientras se designe al titular del cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 226942-1 Disponen publicar cifras estimadas de recursos públicos para el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2009 para los Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2008-EF/65.01 Lima, 14 de julio de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 171-2003-EF, dispone que los niveles de recursos que los Gobiernos Regionales o Locales considerarán, de manera referencial, como techos presupuestales, están constituidos por los montos asignados en el año inmediato anterior, ajustando su asignación a las cifras que la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales publique; Que, el numeral 15.4 del artículo 15° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los límites de los créditos presupuestarios están constituidos por la estimación de ingresos que esperan percibir las Entidades, así como por los fondos públicos que le han sido determinados y comunicados por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 114-2006-EF se prorroga la vigencia del Decreto Supremo Nº 026-2006-EF hasta la aprobación de los nuevos criterios de distribución del Fondo de Compensación Municipal que deberán ser establecidos de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 87º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 13º de la Directiva N° 005-2008-EF/76.01, Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, aprobada mediante Resolución Directoral N° 028-2008-EF/76.01, establece que, para la Asignación Presupuestaria Total, la Asignación Presupuestaria - MEF la comunican la Dirección Nacional del Presupuesto Público y la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales; Que, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente resulta necesario publicar los estimados de los fondos públicos siguientes: Fondo de Compensación Municipal, y Participación de Renta de Aduanas; De conformidad con la Resolución Ministerial Nº 158- 2001-EF-15 y el numeral 7.2 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Publíquense las cifras estimadas de recursos públicos para el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2009 para los Gobiernos Regionales y Locales, cuyos montos se detallan en el Anexo siguiente que forman parte de la presente Resolución: Anexo 1: Transferencias por concepto de Fondo de Compensación Municipal y Participación en Renta de Aduanas. Artículo 2º.- Las cifras estimadas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución son referenciales y en ningún caso vinculantes por estar sujetas a cambios en función a los Recursos Ordinarios y Recursos Determinados efectivamente recaudados, a las modifi caciones que puedan darse en la normatividad vigente y a las variaciones en los indicadores utilizados. Los Gobiernos Regionales y Locales deberán prever las estrategias contingentes en los casos que los montos a ser transferidos fi nalmente sean mayores o menores a los estimados que se publican en la presente Resolución. Artículo 3º.- Dispóngase la publicación del Anexo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.mef.gob.pe/DGAES/normatividadgaes.php). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER KAPSOLI SALINAS Director General deAsuntos Económicos y Sociales 226526-1 Prorrogan plazos establecidos en la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 y en la segunda disposición transitoria de la R.D. Nº 013-2008-EF/77.15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 022-2008-EF/77.15 Lima, 11 de julio de 2008 Descargado desde www.elperuano.com.pe