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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de julio de 2008 376534 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDÍA Nº 1054-2008-MDE La Esperanza, 6 de junio del 2008VISTO:El Informe Final de fecha 5 de junio del 2008, emitido por la Comisión de Concurso Público de Méritos, para la selección del personal para cubrir las plazas de Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de La Esperanza; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales, son personas jurídicas de derecho público, y gozan de autonomía económica administrativa y política en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, en el Art. 7º, señala que la designación del Ejecutor como del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos; a su vez la Ley Nº 27204, precisa que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados y su designación de acuerdo a la norma antes glosada no implica que dichos cargos sean de confi anza; Que, mediante el Informe de vistos la Comisión del Concurso Público de Méritos Nº 001-2008-MDE; dan cuenta del resultado de la selección del personal para cubrir la plaza de Ejecutor y Auxiliar Coactivo para esta Entidad Edil, el que señala que han sido seleccionados para desempeñar la plaza vacante de Ejecutor Coactivo en la persona del Abog. GRACIAN GUILLERMO SALINAS GUEVARA; en el cargo de Auxiliar Coactivo al Abog. FRANCISCO ENRIQUE MARTINEZ CASTRO. Que, de acuerdo al CAP vigente, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2008-MDE de fecha 11 de Enero del 2008, le corresponde los niveles remunerativos siguientes: Ejecutor Coactivo: Clasifi cación SP-DS Categoría D2; Auxiliar Coactivo: Clasifi cación SP-ES Categoría SPF respectivamente. Que, habiendo transcurrido el plazo de ley para la impugnación de la publicación de resultados fi nales del concurso indicado, éste ha quedado consentido, por lo cual corresponde la designación correspondiente. Que, estando a los fundamentos fácticos y de derechos expuestos en la parte considerativa y con las facultades conferidas a la Alcaldía por el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de La Esperanza al Abog. GRACIAN GUILLERMO SALINAS GUEVARA con Nivel Remunerativo SP-DS Categoría D2 y Abog FRANCISCO ENRIQUE MARTINEZ CASTRO como Auxiliar Coactivo con Nivel Remunerativo SP-ES Categoría SPF de la Municipalidad Distrital de La Esperanza respectivamente, encomendándole las funciones propias e inherentes al cargo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General la trascripción de la presente resolución a los interesados y su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Personal, el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Solicitar a las Autoridades Administrativas y a la Policía Nacional brindar al Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo designados con la presente resolución, las mayores facilidades del caso, necesarias para el mejor desempeño de su función pública. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.DANIEL MARCELO JACINTO Alcalde 227134-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe