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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2008 (20/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de julio de 2008 376530 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueba nuevo Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad de Villa El Salvador ORDENANZA MUNICIPAL Nº 170-MVES Villa El Salvador, 14 de julio del 2008POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR, EN SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA; Visto: El Memorando Nº 180-2008-GM/MVES, de fecha 27.06.2008, suscrito por el Gerente Municipal de esta corporación edil. CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), que se aplicará en las distintas entidades de la administración pública, en concordancia con la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Nº 27658; Que, la actual estructura orgánica de esta Municipalidad debe ser adecuada a las necesidades operativas y de servicio, para alcanzar los objetivos perseguidos por la actual administración municipal, en base a los criterios de simplicidad y fl exibilidad, y el uso racional de sus recursos; Que, la organización de la Municipalidad debe responder a una cultura institucional sustentada en valores y decidida a la búsqueda de la excelencia, para lograr que el Gobierno Local sea efi caz en la satisfacción continua de las necesidades de los vecinos para lograr su bienestar; Que, siendo esta una normatividad que deberá ser materia de evaluación en el proceso de implementación, podrá ser objeto de modifi cación previo pronunciamiento del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, expresada mediante Informe Nº 793-2008-OAJ/MVES del 27.06.2008, y en uso de las atribuciones conferidas por el incisos 3 y 8 del Art. 9º, así como los Arts. 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal, se expide la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- Aprobar el nuevo REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) y ESTRUCTURA ORGÁNICA (ORGANIGRAMA) de esta Municipalidad que comprende tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos, un (01) Sub Capítulo, Ciento Dieciocho (118) Artículos, ocho (08) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales. Artículo 2º.- La Ordenanza Municipal materia de la presente aprobación entra en vigencia a partir de los sesenta (60) días de su aprobación. Artículo3º.- Dispóngase la publicación del Reglamento antes citado en el portal institucional: www.munives.gob.pe, en aplicación del Art. 5º inciso 1 del Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” en concordancia con los Arts. 8º y 9º de su Reglamento D. S. Nº 072-2003-PCM. Artículo 4º.- Déjese sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 087-MVES y toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con los demás Órganos y Gerencias de esta Municipalidad el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase JAIME ZEA USCA Alcalde 228581-1 Modifican la Ordenanza Marco del Presupuesto Participativo - Ordenanza Nº 157-MVES ORDENANZA MUNICIPAL Nº 171-MVES Villa El Salvador, 14 de julio del 2008 Visto: El Informe Nº 063 -2008-OPP/MVES, de fecha 09.07.2008, suscrito por el Gerente de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su Artículo 53º señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, en tanto que la Decimosexta Disposición Complementaria de la citada Ley, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, mediante Ley Nº 28056-Ley Marco del Presupuesto Participativo y Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, se establecen disposiciones para asignar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del Presupuesto; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 157-MVES, de fecha 27.08.2007, se aprueba la Ordenanza que regula el proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Villa El Salvador; Que, mediante el documento señalado en la parte expositiva, se hace de conocimiento del Concejo Municipal la propuesta de modifi cación de los artículos 5º inciso b), 6º incisos d) y e), 7º, 11º incisos h) e i), 12º, 13º, 19º inciso a), 20º incisos a) y e), 21º, 23º, 27º incisos b1) y b2), 34º y Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria de la Ordenanza del Presupuesto Participativo, los mismos que constituyen propuesta del Equipo Técnico del Plan Integral de Desarrollo de Villa El Salvador, los cuales cuentan con la opinión favorable de la Sesión del Consejo de Coordinación Local del 07.07.2008; Estando a lo informado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 9º, numerales 8 y 14, así como los Arts. 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- MODIFICAR los artículos 5º inciso b), 6º incisos d) y e), 7º, 11º incisos h) e i), 12º, 13º, 19º inciso a), 20º incisos a) y e), 21º, 23º, 27º incisos b1) y b2), 34º y Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Marco del Presupuesto Participativo, aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 157-MVES, del 27.08.2007, conforme se detalla a continuación: “Artículo 5º.- DEL FINANCIAMIENTO Y LOS APORTES COMUNITARIOS AL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA MENOR” (...)b.- “La participación efectiva de la población, en Proyectos de Inversión Pública Menor (proyectos comunales) cuyo importe superen las 30 UIT, se materializará a través de un cofi nanciamiento no menor del 10% del valor total del proyecto. Dicho aporte se concretará previamente a la ejecución del proyecto, mediante el depósito en efectivo del 30% del monto resultante; y, el saldo a través de aportes en materiales, mano de obra o servicios durante la ejecución del proyecto, consignados en actas de compromiso suscritas entre la Municipalidad y los representantes de la comunidad a través del Comité de Gestión Territorial correspondiente. Descargado desde www.elperuano.com.pe