Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2008 (20/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de julio de 2008 376531 Después de aprobado el proyecto, tendrá un plazo de 45 días calendarios para depositar el cofi nanciamiento en efectivo, caso contrario, se acogerá el proyecto siguiente en el orden priorizado, teniendo también un plazo de 45 días calendarios, debiendo ser comunicado al Comité de Gestión Territorial respectivo; si en el segundo caso también se incumpliera con realizar el depósito establecido, el importe de inversión quedará disponible para que la Municipalidad fi nancie nuevos proyectos. El depósito en efectivo del 30% sólo será vigente para el ejercicio 2008, para los siguientes años, el aporte en efectivo será del 50%.” Artículo 6º.- DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS (…)d. “El 24% para fi nanciar Proyectos de Inversión Pública Menor (proyectos comunales), en el marco de las líneas estratégicas priorizadas del Plan Integral de Desarrollo Concertado. De existir saldos positivos al cabo de su ejecución y liquidación, estos recursos pasarán a incrementar la asignación del siguiente ejercicio presupuestal a favor del territorio correspondiente”. e. “El 68% orientado a fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública Mayor (proyectos estratégicos) que contribuyan al logro de las Líneas Estratégicas del Plan Integral de Desarrollo Concertado priorizadas conforme a lo establecido en el artículo 9 de la presente Ordenanza.” Artículo 7º.- DE LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS DE NIVEL TERRITORIAL “Para la asignación de los recursos orientados a Proyectos de Inversión Pública Menor (proyectos comunales) a nivel de los territorios se considerará los siguientes criterios” (…) “Artículo 11º.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN DE PROPUESTAS DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA MENOR (proyectos comunales)” (…)h. “Presentación de Proyectos de Inversión Pública Menor (proyectos comunales) de manera mancomunada.” i. “Prioridad a los que no han sido benefi ciados mediante Proyecto aprobado a través del Presupuesto Participativo en los tres últimos procesos del Presupuesto Participativo.” (…) “Artículo 12º.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN DE PROPUESTAS DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA MAYOR (proyectos estratégicos)” “Artículo 13º.- CRITERIOS COMPLEMENTARIOS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA MENOR (proyectos comunales)” Artículo 19º.- ATRIBUCIONES (…)b. “Facilitar la priorización en el Taller Territorial respectivo de los Proyectos de Inversión Pública Menor y Mayor (proyectos comunales y proyectos estratégicos), en función de los Objetivos Estratégicos del Plan Integral de Desarrollo Concertado, así como también coordina acciones con las respectivas Agencias Municipales para la oportuna evaluación de parte de la Ofi cina de Programación e Inversiones (OPI).” (…) Artículo 20º.- PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS COMITÉS TERRITORIALES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO (…)a. El Comité de Gestión Territorial está conformado por seis miembros de manera alternada entre mujeres y hombres u hombres y mujeres, los cuales ocuparán los cargos de Presidente(a), Vicepresidente(a), Secretario(a) Técnico(a), Secretario(a) de Actas, Secretario(a) de Vigilancia y Vocal. La composición del Comité de Gestión Territorial deberá contar con un 30% de jóvenes menores de 30 años. Las personas que conformarán el Comité de gestión Territorial deberán acreditar su domicilio en el territorio respectivo. (…)e. “Los Comités de Gestión Territorial del Presupuesto Participativo serán elegidos para un período de dos (02) años continuos, no admitiéndose la reelección inmediata en el mismo cargo. Son reconocidos por Resolución de la Gerencia de Promoción y Bienestar Social o la que haga sus veces.” Artículo 21º.- PROMOCIÓN DE LOS COMITÉS DE OBRAS O PROYECTOS “Los Comités de obra o proyecto son promovidos por los Comités de Gestión Territorial del Presupuesto Participativo, sus integrantes deberán ser vecinos del Grupo Residencial ó Asentamiento Humano donde se ejecuta la obra o proyecto. Los integrantes del Comité de Gestión Territorial y de la Junta Directiva del lugar, están impedidos de ser miembros del Comité de Obra, tampoco pueden ser proveedores de bienes o servicios ni ser benefi ciados con un puesto de trabajo, estas dos últimas restricciones alcanzan al Comité de Obra. La duración del Comité de obra está en función directa al proceso de inicio, ejecución y rendición de cuentas de la obra o proyecto. Coordinarán sus funciones con el Comité de Gestión de su territorio. Artículo 23º.- DE LA PREPARACIÓN La Municipalidad Distrital de Villa El Salvador a través de las gerencias respectivas en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital aprueba, a propuesta del Equipo Técnico Municipal, las actividades de difusión y sensibilización que deberá contar con enfoque de género, sobre la importancia de la participación de la ciudadanía en el proceso; seleccionando y preparando la información siguiente: (…) Artículo 27º.- DESARROLLO DE LOS TALLERES DE TRABAJO (...)b1. “Talleres de Diagnóstico Temático y Territorial: En estos talleres, los agentes participantes, en reuniones con sus representados y en reuniones de agentes participantes, socializan, validan y profundizan el análisis de los problemas y las potencialidades del distrito y de su territorio con perspectiva de género, distinguiendo las necesidades diferenciadas de mujeres y hombres, concluyendo en una priorización de problemas relevantes en los temas determinados por las Líneas Estratégicas del Plan Integral de Desarrollo Concertado priorizadas según los establecido en el artículo 9 de la presente Ordenanza, utilizando como base la información de diagnósticos existentes sistematizada por el Equipo Técnico Municipal. Asimismo, en estos talleres los agentes participantes presentan ideas de Proyectos de Inversión Pública Menor y Mayor (proyectos comunales y estratégicos) que se tendrán en cuenta para la formulación de perfi les básicos de proyectos por el Equipo Técnico Municipal. A partir de la priorización de problema realizada en estos talleres, el Equipo Técnico Municipal elabora y propone un conjunto de perfi les básicos de Proyectos de Inversión Pública Menor y Mayor (proyectos comunales y estratégicos) con enfoque de género, para su posterior priorización, para lo cual coordina con el respectivo Comité de Gestión Territorial del Presupuesto Participativo y con otros agentes involucrados.” b2.- “Talleres de Defi nición y Priorización de Acciones: En estos talleres, el Equipo Técnico Municipal y el correspondiente Comité de Gestión Territorial del Presupuesto Participativo presentan en cada territorio las propuestas de Proyectos de Inversión Pública Menor y Mayor (proyectos comunales y estratégicos) elaboradas sobre la base de la priorización de problemas realizada en los Talleres de Diagnóstico, luego de lo cual los agentes participantes discuten y defi nen la priorización de los proyectos comunales aplicando para ello los criterios señalados en el artículo 11 de la presente Ordenanza.” “Para el caso de los Proyectos de Inversión Pública Mayor (proyectos estratégicos), cada uno de los agentes participantes, recibirá una fi cha conteniendo la lista consolidada de los Proyectos de Inversión Pública Mayor (proyectos estratégicos) resultantes a nivel de todos los territorios, debiendo señalar un orden de priorización en la Ficha. El Equipo Técnico Municipal consolida dichas fi chas, constituyendo un primer nivel de la priorización , realizada por los agentes participantes; en la fecha que se realiza el taller territorial se llevará a cabo el conteo público de las fi chas.” (…)Descargado desde www.elperuano.com.pe