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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de julio de 2008 376727 servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, los explotadores aéreos han presentado ante la autoridad aeronáutica civil distintas solicitudes para ser atendidas durante el mes de agosto de 2008, acompañando los requisitos establecidos en el marco de los Procedimientos Nº 10, 12 y 16 correspondientes a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los solicitantes han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes a los Procedimientos a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes de los servicios, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas órdenes de inspección, y referidas en el Informe Nº 419-2008-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar los viajes en comisión de servicios de los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 05 al 15 de agosto de 2008, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 036- 2008-MTC/12.07 y Nº 419-2008-MTC/12. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifas por uso de aeropuerto. Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN CERTIFICACIÓN Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 05 AL 15 DE AGOSTO DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 036-2008-MTC/12.07 Y Nº 419-2008-MTC/12 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FINVIATICOS (US$) TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACION Nºs 0008-2008-MTC/12.07 05-Ago 09-AgoUS$ 1,000.00 US$ 30.25HELISURAlva Panduro, Alejandro AlbertoBogotá ColombiaInspecciones técnicas por expedición de Certi fi cado de Aeronavegabilidad del helicópteros MI-8AMT con N° de serie 59489607212, inspección de estación de base y de taller de mantenimiento extranjero10722-10723- 10724-11058 0009-2008-MTC/12.07 05-Ago 09-AgoUS$ 1,000.00 US$ 30.25HELISUR Neyra Luza, Eugenio Bogotá ColombiaInspecciones técnicas por expedición de Certi fi cado de Aeronavegabilidad del helicópteros MI-8AMT con N° de serie 59489607212, inspección de estación de base y de taller de mantenimiento extranjero10722-10723- 10724-11058 0010-2008-MTC/12.07 07-Ago 15-AgoUS$ 1,600.00 US$ 30.25Lan Perú S.A.Cardenas Chavez, FilibertoSantiago ChileInspección técnica por renovación de constancia de conformidad de dos aeronaves Boeing 767 de matrículas CC- CZU, CC-CGN y por expedición de constancia de conformidad de una aeronave de matrícula CC-CXF10282-10283- 10284-10285-10286-10287- 10288-10289 0011-2008-MTC/12.07 07-Ago 15-AgoUS$ 1,600.00 US$ 30.25Lan Perú S.A.Garcia Franco, Agustin JoseSantiago ChileInspección técnica por renovación de constancia de conformidad de dos aeronaves Boeing 767 de matrículas CC- CZU, CC-CGN y por expedición de constancia de conformidad de una aeronave de matrícula CC-CXF10282-10283- 10284-10285-10286-10287- 10288-10289 230712-7 Descargado desde www.elperuano.com.pe