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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de julio de 2008 376740 Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsifi cación de Documentos; previstos en los artículos 361º, 377º, 397º, 399º y 427º del Código Penal; respectivamente, vigentes en el período de ocurrencia de los hechos; Que, asimismo, se ha determinado que se otorgó viáticos a funcionarios de la municipalidad por un total de S/. 11 505,28, habiendo sido rendidos con declaraciones juradas que excedían el límite legal; al utilizar dos o tres declaraciones juradas para rendir una comisión de servicio, las cuales en conjunto superan el límite permitido por la normativa presupuestal, con el fi n de demostrar que se estaba cumpliendo con el tope legal y; asimismo, en algunos casos se ha evidenciado que en los comprobantes de pago no se adjunta información que sustente las actividades realizadas producto de dichas comisiones de servicio; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 229489-1 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en la Municipalidad Distrital de Barranco y en el Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 294-2008-CG Lima, 22 de julio de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 149-2008-CG/ ORLC resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Barranco, periodo 01.Ene.2003 al 31.Dic.2003; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso se realice una acción de control en la Municipalidad Distrital de Barranco, a fi n de evaluar, entre otros, si el proceso de selección, contratación y recaudación de la concesión para el “Servicio de Cobranza de Parqueo Vehicular”, suscrito entre la entidad edil y una empresa privada se desarrolló de acuerdo con los dispositivos legales vigentes;Que, como consecuencia de la acción de control efectuada, se ha evidenciado que se aprobó y se dispuso la publicación de Ordenanzas de carácter tributario correspondientes al ejercicio fi scal 2003, referidas a la incorporación de diversas vías como zonas de estacionamiento vehicular, relacionadas al tributo denominado Tasa de Estacionamiento Vehicular, soslayando el requisito previo para su entrada en vigencia, de ratifi cación de las mencionadas Ordenanzas por parte del Concejo Metropolitano de Lima, conforme lo regulado en las disposiciones legales vigentes, otorgando el servicio de control de estacionamiento vehicular y recaudación de la tasa de parqueo en dicha jurisdicción, a una empresa privada a través de un contrato de concesión; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los artículos 376º y 377º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 229910-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 296-2008-CG Lima, 22 de julio de 2008VISTO; el Informe Especial Nº 153-2008-CG/SDR, resultante del Examen Especial practicado al Ministerio de Defensa, por el período comprendido de enero 2005 a julio de 2006, que incluyó las operaciones anteriores al período citado para el presente caso; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la realización de una acción de control al Ministerio de Defensa, a fi n de determinar entre otros, si los pagos efectuados por Ia Ofi cina de Administración General del Ministerio de Defensa, por concepto de Asignación Especial” o “Bonifi cación Especial” o “Bono de Productividad”, se efectuaron en el marco de las disposiciones legales vigentes y cumplieron con las autorizaciones y fundamento legal pertinente; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que, transgrediéndose la normativa aplicable, funcionarios públicos quienes no cautelaron la administración y custodia de los recursos asignados para el pago de racionamiento y movilidad al personal del Ministerio de Defensa, dispusieron y en otros casos continuaron con la disposición de estos recursos, Descargado desde www.elperuano.com.pe