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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (04/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de junio de 2008 373371 Aviación Civil Internacional - OACI comunica que la Décimo Octava Reunión Ordinaria de la Junta General del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional se desarrollará en la ciudad de Bogotá, Colombia, el 16 y 17 de junio de 2008; Que, la convocatoria a la Décimo Octava Reunión Ordinaria de la Junta General del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional tiene por objetivo revisar el avance del cumplimiento del programa de actividades aprobado para el 2008; Que, resulta importante la participación en dicho evento del Director General de Aeronáutica Civil, en su calidad de Presidente de la Junta General del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional; Que, los gastos por concepto de viáticos y tarifa única de aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto, mientras que los pasajes serán obtenidos vía “Government Request”; Que, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 02823, de fecha 06.05.08; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley Nº 29142, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Director General de Aeronáutica Civil, señor Ernesto López Mareovich, a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 15 al 18 de junio de 2008, para participar en la Décimo Octava Reunión Ordinaria de la Junta General del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3°.- Dentro de los siete (7) días calendario de su retorno al país, el referido profesional deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 208541-11 Aprueban tasación de predio afectado por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Mala- Calango RESOLUCIÓN MINISTERIAL 423-2008 MTC/02 Lima, 30 de mayo de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Nota de Elevación N° 073-2008- MTC/21 de la Dirección Ejecutiva de PROVIAS DESCENTRALIZADO, se señala que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con fecha 27 de diciembre de 2007, ha realizado la valuación comercial del predio de propiedad del señor Luis Aurelio Yaya Francia, afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Mala – Calango, ubicada en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, de conformidad a la valuación comercial elaborada por la Dirección Nacional de Construcción, el monto de la valorización comercial del predio del señor Luis Aurelio Yaya Francia, afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Mala – Calango, asciende a la cantidad de US$ 5,167.42; Que, el artículo 2º de la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales establece que el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA publicado el 8 de setiembre de 2006 se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, disponiendo que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial, aprobará las normas complementarias para la aplicación del referido Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA de fecha 10 de enero de 2007, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que, asimismo, de conformidad con el artículo 3° de la Ley N° 27628, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios afectados por trazos en vías públicas por trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, en consecuencia resulta procedente la aprobación de la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del predio de propiedad del señor Luis Aurelio Yaya Francia, afectado por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Mala – Calango; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s 27628 y 27791, así como por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del predio de propiedad del señor Luis Aurelio Yaya Francia, afectado por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Mala – Calango, ubicada en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, ascendente a la cantidad de US$ 5,167.42. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 207503-1 Declaran conclusión de proceso de transferencia de funciones sectoriales específicas en materia de comunicaciones al Gobierno Regional de Amazonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2008 MTC/03 Lima, 30 de mayo de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe