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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de junio de 2008 374106 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR – DEPARTAMENTO CUSCO: VISTO:En Sesión Extraordinaria Nº 010-2008 de fecha 05/06/2008, bajo la conducción del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar señor profesor Eloy Ladislao Chancayauri Pezo y la asistencia de los señores Regidores: Luís Eliseo Puma Alarcón, Rosmery Bustamante Jara, Moisés Larota Chullo, Zacarías Huachaca Anampa, Ysidoro Olarte Choquenaira, Isabel Salas Merma, Clever Bustamante Ramírez, William Inca Zans y Roberto Corrales Moscoso; visto el ofi cio Nº 24 Reg-WIZ/E/2008-E de fecha 02/06/2008, memorando Nº 1037-2008-GM-MPE/C de fecha 02/06/2008, Informe Legal Nº 197-2008-AJ-MPE-C del 02/06/2008, Opinión Legal Nº 107-AJ-MPE-C-2008 del 03/06/2008, dictamen de comisión Nº 008-2008-CAL-MPE-C del 04-06-2008, ofi cio Nº 026-Reg-WIZ/E/2008-E del 04/06/2008, por el que se solicita se apruebe la aceptación de donación por S/. 90,000.00 nuevos soles de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A., a través del Comité de Gestión del Convenio Marco a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, para atender apoyo social para la defensa de los 74 denunciados; y CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, de fecha 04 de Octubre del 2005, concordante con el Artículo II del Titulo Preliminar la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme al Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, concordante con el numeral 20) del Artículo 9º de la citada norma dentro de las atribuciones del Concejo Municipal son las de aceptar donaciones, legados, subsidios, o cualquier otra liberalidad. Que, conforme la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su Artículo 69º, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal, en el caso de Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Que, mediante ofi cio Nº 24 Reg-WIZ/E/2008-E de fecha 02/06/2008 el Regidor William Inca Zans, solicita que en sesión de concejo municipal se acuerde aprobar la donación de S/. 90,000.00 nuevos soles del Convenio Marco a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, los que serán destinados para la defensa de los 74 denunciados. Que, según memorandum Nº 1037-2008-GM-MPE/C del 02/06/2008 el Gerente Municipal Carlos S. Chambilla Espinoza, solicita emitir opinión legal sobre la aprobación del donación por parte del Convenio Marco por la suma de S/. 90,000.00 nuevos soles destinados para la Asesoría Legal de los denunciados de escasos recursos económicos por única vez y extraordinaria vez, la misma que será aprobada por Sesión de concejo, hoy día si la opinión es favorable. Que, según Informe Legal Nº 197-2008-AJ-MPE- C del 02/06/2008, ratifi cado mediante Opinión Legal Nº 107-AJ-MPE-C-2008 del 03/06/2008, ambos emitido por el abogado Andrés Causto Cumpla Asesor Jurídico de la Municipalidad Provincial de Espinar, por el que indica que teniéndose la copia del acta de sesión ordinaria del Comité de Gestión del Convenio Marco de fecha 13/05/2008 que en el rubro de despachos y en el acápite cuarto se trato el ofi cio Nº 007-RDE-08, mediante el cual se reitera la solicitud de apoyo económico para los 74 denunciado, ajustado el presupuesto al mínimo y solicitan reconsideración y fi nalmente se aprueba en la suma de S/. 90,000.00 nuevos soles, que será entregado por única y extraordinaria vez, así mismo considerándolo dicho apoyo como proyecto social, destinado exclusivamente para asesoría legal de los denunciados de escasos recursos económicos, el que ira a contribuir al rubro de gastos corrientes de la municipalidad, para que a su vez la municipalidad en base a la carga de la asesoría legal referida dispondrá mediante resolución de alcaldía el desembolso de lo donado vía apoyo social, fi nalmente opina se declare procedente y viable la aceptación y aprobación por parte del Concejo Municipal de la donación de noventa mil nuevos soles a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, para el apoyo social y defensa legal de los 74 denunciados con escasos recursos económicos, una vez aprobado, dicha donación se incorpore al presupuesto institucional de apertura de la Municipalidad, vía modifi cación presupuestaria. Que, mediante dictamen de comisión Nº 008-2008- CAL-MPE-C del 04/06/2008, emitido por la Comisión de Asuntos legales de la Municipalidad Provincial de Espinar, que después de un amplio análisis en las conclusiones emite dictamen por que indican que se debe aprobar la aceptación de donación de S/. 90,000.00 nuevos soles, otorgada por el Convenio Marco a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, para el apoyo social de defensa legal a favor de los 74 denunciados de escasos recursos económicos y poner a consideración del pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación fi nal. Que, mediante Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 010-2008 de fecha 05/06/2008, en la cual se pone a consideración del pleno del Concejo el Dictamen de Comisión Nº 008-2008-CAL-MPE-C de fecha 04/06/2008 y demás documentos del vistos, los que previamente son leídos, con la fi nalidad de que se proceda a la aceptación de donación de S/ 90.000.00 nuevos soles de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. a través del Comité de Gestión del Convenio Marco a favor de la municipalidad, los que serán destinados para atender como apoyo social para el asesoramiento legal en este instante se aclara que son 67 denunciados y no 74 como se manifestaba anteriormente, el mismo que es ampliamente sustentado por el Regidor William Inca Zans, corroborado por el Regidor Ysidoro Olarte Choquenaira, luego puesto a consideración del pleno del Consejo Municipal, quienes después de un amplio análisis y debate, previa las observaciones y aclaraciones solicitadas y absueltas por la Comisión de Asuntos Legales, fi nalmente se decide tomar el acuerdo respecto a dicha donación con el destino antes indicado. Que, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones, con el voto unánime del Pleno del Concejo; ACUERDA: Artículo Primero.- ACEPTAR y APROBAR la DONACION efectuada por la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. a través del Comité de Gestión del Convenio Marco, a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, consistente en un Fondo ascendente a la suma de NOVENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90,000.00), en dinero en efectivo que ingresará a la cuenta de gastos corrientes, los que serán destinados para atender como apoyo social para el asesoramiento legal de los 67 denunciados implicados en el Proceso Penal Nº 118-2005. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Planeamiento Provincial a través del área de presupuesto, estos fondos económicos donados incorpore en el PIA 2008 de la Municipalidad Provincial de Espinar, vía modifi cación presupuestaria. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el tenor del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento Provincial, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, Gerencia de Administración y Finanzas, Logística, al Comité de Gestión Convenio Marco y a las instancias correspondientes para su conocimiento y cumplimiento así como su publicación conforme a ley y su difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELOY L. CHANCAYAURI PEZO Alcalde Provincial 212666-2Descargado desde www.elperuano.com.pe