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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de junio de 2008 374105 Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese y comuníqueseJUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 213139-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR Aceptan y aprueban donaciones efectuadas a favor de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 061-2008-CM-MPE-C Espinar, 2 de junio del 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR – DEPARTAMENTODEL CUSCO: VISTO, en Sesión Ordinaria Nº 016 de fecha 02/06/2008, bajo la conducción del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar Prof. Eloy Ladislao Chancayauri Pezo y la asistencia de los señores Regidores: Luís Eliseo Puma Alarcón, Rosmery Bustamante Jara, Moisés Larota Chullo, Zacarías Huachaca Anampa, Ysidoro Olarte Choquenaira, Isabel Salas Merma, Clever Bustamante Ramírez, William Inca Zans y Roberto Corrales Moscoso; analizado el Informe Nº 056-2008/ST-CG-CM/XST.S.A./MPE/E de fecha 22 de mayo del 2008, por el que informa que en Sesión Ordinaria del 13/05/2008 del Comité de Gestión del Convenio Marco se aprobo el desembolso como donación a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar por S/. 658,428.00 nuevos soles para la continuidad de las obras “Pavimentación Jirón Pichigua Primera Etapa Tramo Av. San Martín – Calle José Antonio Encinas”, “Pavimentación Calle Magma Tintaya – Calle Apurímac Primera Cuadra” y “Pavimentación Avenida San Martín y Manuel Prado I Etapa”; y CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Artículo II del Título Preliminar; las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, concordante con el Artículo 9º, Numeral 20) de la citada norma dentro de las atribuciones del Concejo Municipal que son las de aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, conforme la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, en su Artículo 69º, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, con Informe Nº 056-2008/ST-CG-CM/XST. S.A./MPE/E fecha 22/05/2008, el Secretario Técnico del Comité de Gestión del Convenio Marco, informa que en Sesión Ordinaria del 13/05/2008 los miembros integrantes del Comité de Gestión del Convenio Marco, aprobaron el desembolso como donación a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar por un total de S/. 658,428.00 nuevos soles, fondos económicos que están destinados para la continuidad de las obras: “Pavimentación Jirón Pichigua Primera Etapa Tramo Av. San Martín – Calle José Antonio Encinas”, asignando un presupuesto de S/. 272,418.00 nuevos soles, “Pavimentación Calle Magma Tintaya – Calle Apurimac Primera Cuadra”, asignando un presupuesto de S/. 45,252.00 nuevos soles y “Pavimentación Avenida San Martín y Manuel Prado I Etapa”, asignando un presupuesto de S/. 340,758.00 nuevos soles, dineros provenientes del III aporte del Convenio Marco. Que, visto en Sesión Ordinaria Nº 016-2008 del Concejo Municipal, de fecha 02/06/2008, respecto a la aceptación y aprobación de la donación por S/. 658,428.00 nuevos soles, por parte de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A., a través del Comité de Gestión del Convenio Marco, a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, los que deben ser destinados para la continuidad de la ejecución de las obras “Pavimentación Jirón Pichigua Primera Etapa Tramo Av. San Martín – Calle José Antonio Encinas”, “Pavimentación Calle Magma Tintaya – Calle Apurímac Primera Cuadra” y “Pavimentación Avenida San Martín y Manuel Prado I Etapa”, tema de agenda de la sesión ordinaria que ingreso en mérito al informe del vistos y otros documentos, los que previamente fueron leídos, luego puesto a consideración del pleno del Concejo Municipal, después de un amplio debate, análisis y efectuada las aclaraciones a las observaciones, y previamente sustentado en forma amplia por el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar y el Regidor de Infraestructura Pública Lic. Zacarías Huachaca Anampa; luego puesto a consideración del Pleno del Concejo Municipal, instancia que decide la aprobación del Acuerdo correspondiente; Estando, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º Inc. 20), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD; ACUERDA:Artículo Primero.- ACEPT AR y APROBAR la DONACION de la suma seiscientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos veintiocho con 00/100 nuevos soles (S/, 658,428.00) dinero en efectivo, por parte de la Empresa Xstrata Tintaya S.A., a través del Comité de Gestión del Convenio Marco, a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, los que serán destinados para la continuidad de la ejecución de las obras según detalle siguiente: OBRA EN CONTINUIDAD MONTO (S/.) 1.- “Pavimentación Jirón Pichigua Primera Etapa Tramo Av. San Martín – Calle José Antonio Encinas”. 272,418.00 2.- “Pavimentación Calle Magma Tintaya – Calle Apurímac Primera Cuadra”.45,252.00 3.- “Pavimentación Avenida San Martín y Manuel Prado I Etapa”. 340,758.00 TOTAL 658,428.00 Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Planeamiento Provincial a través del área de presupuesto, estos fondos económicos donados incorpore en el PIA 2008 de la Municipalidad Provincial de Espinar, vía modifi cación por crédito suplementario. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el tenor del presente Acuerdo, al Convenio Marco, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento Provincial, Gerencia de Administración y Finanzas, logística y áreas involucradas para su conocimiento y fi nes pertinentes, conforme a ley, así como disponer su publicación en el Diario Ofi cial el Peruano conforme dispone la Ley de Presupuesto al respecto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELOY L. CHANCAYAURI PEZO Alcalde Provincial 212666-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 064-2008-CM-MPE-C Espinar, 5 de junio del 2008.Descargado desde www.elperuano.com.pe