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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (14/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de junio de 2008 374091 de Emergencia expuesta por el Gobierno Regional y Gobierno Central, para la adquisición de los diferentes bienes y servicios; debido a que el plan regional de vacunación para el control acelerado de la hepatitis “B”, se encuentra en plena ejecución. Segundo.- Derivar el expediente con todos sus actuados al Ejecutivo, para su implementación mediante el acto resolutivo pertinente. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero DelegadoGobierno Regional de Amazonas 212973-1 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aceptan donación de equipos y artículos médicos a favor del Hospital III Honorio Delgado y el Centro de Salud La Joya ACUERDO REGIONAL Nº 040-2008-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria del 4 de abril del 2008 ha tomado el siguiente acuerdo. VISTOS:Los Ofi cios Nº 693-2008-GRA/SG y 883-2008-GRA/SG, remitidos por el Sr. Secretario General del Gobierno Regional, por encargo del Sr. Presidente Regional; remitiendo la solicitud de fecha 26 de marzo del 2008, del Director General (e) del Hospital III Regional Honorio Delgado de Arequipa, por el que solicita la aceptación de donación de Equipos y Artículos médicos donados, efectuado por Cardio Start International Compassionate Medical Assistance, a favor del Hospital III Regional Honorio Delgado; El Informe Nº 060-2008-GRA-GRS/GR-HRHD/DG- OEA-OSGM-EB, del (e) de la Ofi cina de Mantenimiento Biomédico del HRHD; El Informe Nº 065-2008-GRA-GRS/GR-HRHD/DG- OEA-OSGM-EB, del (e) de la Ofi cina de Mantenimiento Biomédico del HRHD; Los Informes técnicos Nº 060-2008-GRS/GR-HRHD/ DG-OEA-OSGM-EB de fecha 02-04-2008 e Informe Nº 065 -2008-GRA/GR-HRHD/DG-OEA-OSGM-EB, de fecha 17 de abril del (e) de Mantenimiento de Equipos Biomédicos del Hospital III Honorio Delgado; CONSIDERANDO:Que, el artículo 53º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de bienes Estatales aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-Vivienda, establece: “El ofrecimiento de donación a favor del Estado se presenta ante el Gobierno Regional, la SBN o la entidad benefi ciada, acompañando los documentos que acrediten la propiedad del bien así como su valor comercial”. Que, el artículo 4º del Reglamento de la Inafectación del IGV e ISC a las Donaciones, aprobado por DECRETO SUPREMO Nº 041-2004-EF, relacionado a la tramitación de las resoluciones de aprobación de donaciones, señala: “Para la expedición de las resoluciones de aprobación de donaciones, los donatarios deberán presentar, ante el Sector correspondiente, entre otros: Inciso d) Tratándose de las Entidades u Organismos a que hace referencia el artículo 3, Resolución de aceptación de donación, Acuerdo de Concejo Municipal o Regional, de corresponder, mediante la cual se acepta la donación” Que, en el mismo sentido se establece en los artículos 3º y 4º del Reglamento de la Ley Nº 28905 Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF, que señala: “Las donaciones de mercancías provenientes del exterior serán aprobadas mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 3º del Reglamento para la inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF” y artículo 4º “para la expedición de la Resolución de aprobación de donación, los Donatarios deberán presentar ante el sector correspondiente, los documentos indicados en el artículo 4º del Reglamento para la inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF”. Que, en efecto, a la luz del marco legal invocado, y al efectuar revisión del expediente, se debe precisar que obran los siguientes documentos: A. Escrito petitorio de la entidad donante CARDIO START INTERNATIONAL COMPASSIONATE MEDICAL ASSITANCE de fecha february 29, 2008- dirigido al Sr. Dr. Oscar Antonio Morriberón Rosas con su respectiva valorización y detalles técnicos. B. Copia de Actuación del Consulado General del Perú en Miami. C. Relación de bienes materia de donación, con su respectiva y pormenorizada valorización. D. Informes técnicos Nº 060-2008-GRS/GR-HRHD/ DG-OEA-OSGM-EB de fecha 02-04-2008 e Informe Nº 065 -2008-GRA/GR-HRHD/DG-OEA-OSGM-EB, de fecha 17 de abril del (e) de Mantenimiento de Equipos Biomédicos del Hospital III Honorio Delgado. E. Informes legales Nº 220-2008-GRA/ORAJ de fecha 02 de abril del 2008, y Nº 261-2008-GRA/ORAJ de fecha 17 de abril del 2008. En consecuencia es procedente aprobar la aceptación de donación y autorizar al Director General del Hospital III Regional Honorio Delgado, para que en representación del Gobierno Regional Arequipa, efectué los trámites correspondientes, ante el Consejo de Ministros a fi n de que se expida la Resolución Ministerial de Exoneración de Pago de Valor e inafectación de pago del Impuesto General a la Venta (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC); Que, mediante Informe Nº 065 -2008-GRA/GR- HRHD/DG-OEA-OSGM-EB, de fecha 17 de abril del (e) del Mantenimiento de Equipos Biomédicos del Hospital III Honorio Delgado sobre Aclaración de ITEMS de la Donación de CARDIO START y de la documentación obrante dentro de la relación de bienes donados además del Hospital III Honorio Delgado, se encuentra el Centro de Salud La Joya y el Hospital San Juan de Dios, como benefi ciarios de la respectiva donación, en consecuencia es procedente emitir el Acuerdo Regional de Aceptación de Donación de los Artículos y Equipos Médicos a favor del Hospital III Honorio Delgado y del Centro de Salud La Joya, de conformidad a la relación de contenedor Cardiostart – Perú, debiéndose excluir de esta aceptación de donación los Ítems 1-SJ, 2-SJ y máquina corazón pulmón, los mismos que corresponden al Hospital San Juan de Dios, entidad privada que no es parte del Gobierno Regional Arequipa; Que, de conformidad al Informe Técnico Nº 060- 2008-GRA/GR-HRHD/DG-OEA-OSGM-EB, del (e) de los Equipos Biomédicos del Hospital III Honorio Delgado, y el informe Nº 261 -2008-GRA/OAJ, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, así como a la documentación adjunta, entre otros, container # CLHU – 826417-2 SEAL # 0001903 en folios 28 de la Pág. 1 al 28, que especifi ca y detalla las cantidades, fecha de expiración y valor en dólares americanos de los bienes donados, de cuya sumatoria asciende a la suma de $ 20,581.25 dólares americanos, con excepción de los Ítems señalados en el considerando precedente, es de orden se emita el acto administrativo correspondiente; Conforme a lo previsto en el artículo 39º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;Descargado desde www.elperuano.com.pe