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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de junio de 2008 374094 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Exoneran de proceso de selección la adquisición de renovación del servicio de soporte técnico y actualización de software ACUERDO DE CONCEJO N° 253 Lima, 10 de junio de 2008Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de junio del año en curso el Memorando N° 257-2008-GMM/MML de la Gerencia Municipal Metropolitana, Ofi cio N° 193-2008-MML/GA de la Gerencia Administrativa, Informe N° 338-2008-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos e Informe N° 2008-04-017-MML/GF-SP de la Gerencia de Finanzas, proponiendo al Pleno del Concejo la exoneración del proceso de selección que corresponda por no admitir sustituto, para la adquisición por tres (3) años de la “RENOVACION DEL SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO Y ACTUALIZACION DE ORACLE Nº 2169577” (Software Update Licence & Support). CONSIDERANDO: Que, con Memorando N° 257-2008-GMM-MML de fecha 22 de mayo del 2008, la Gerencia Municipal Metropolitana, remite el Ofi cio N° 193-2008-MML/GA de fecha 20 de mayo del 2008 de la Gerencia de Administración, mediante el cual comunican que en mérito a la solicitud efectuada por la Subgerencia de Informática, están tramitando la Exoneración del Proceso de Selección para la contratación del “SOPORTE TÉCNICO ORACLE” vía EXONERACIÓN de proceso de selección como bienes que no admiten sustitutos, para cuyo efecto adjunta el expediente elaborado en el contexto de que para dicha adquisición es aplicable lo dispuesto en el Art. 19° inciso e) del Texto Único Ordenando de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, que establece: “e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único;” Que, como sustento del requerimiento, la Subgerencia de Informática, remite el Informe Técnico, con la documentación correspondiente, el mismo que se adjunta al Memorando N° 157-2008-MML-GP/SI fechado el 29 de abril del 2008, a la Gerencia de Asuntos Jurídicos, para la emisión del correspondiente Informe Legal. Que, el Informe Técnico: Renovación del Servicio de Soporte Técnico y Actualizaciones de Oracle N° 2169577, emitido por la Subgerencia de Informática (SI), señala que para la adquisición de renovación del servicio de Soporte Técnico y Actualizaciones de Oracle por 3 años, la denominación técnica del servicio es: Software Update Licence & Support; siendo que actualmente, el 100% de los Sistemas y Aplicativos Informáticos en uso de la Municipalidad Metropolitana de Lima utilizan el software de Base de Datos Oracle, la renovación del servicio técnico que se solicita es para mantener la seguridad que los mismos aportan a las operaciones de la MML y cumplir con las disposiciones del Decreto Supremo N° 002-2007-PCM sobre Licenciamiento de Software en Entidades Públicas, para dicho efecto se adjunta la propuesta de Renovación de Soporte Técnico por 3 años que asciende a la suma de S/. 376,752.24, incluido el IGV, los Términos y Condiciones del Servicio de Soporte y Actualizaciones Oracle, así como Carta de fecha 23.01.2008, en donde señalan que Oracle Corporation es titular directa e indirectamente de los derechos de autor y propiedad intelectual de los productos Oracle, o le han otorgado los derechos de distribución de dichos productos, asimismo que Sistemas Oracle del Perú SA, quien es una subsidiaria indirecta de Oracle Corporation en territorio del Perú, es la única empresa autorizada en el Perú para contratar la renovación del servicio y actualización de licencia Oracle.Que, de otro lado, señala la Subgerencia de Informática, que el servicio solicitado consiste en: • Actualización de programas, “fi xes” y alertas de seguridad y, actualización de parches críticos a través de Metalink. • Actualizaciones de programas por requerimientos fi scales, legales, reglamentarios. • Scripts de actualización (Upgrade scripts)• Nuevas versiones de productos y tecnología, incluyen, versiones generales de mantenimiento, versiones con nueva funcionalidad y actualizaciones de documentación. • Asistencia técnica telefónica con los requerimientos e servicios SRs 24 horas al día, 7 días a la semana. • Acceso a Metalink (sistema de soporte al Cliente a través de Internet 24*7) incluyendo la habilidad de registro de requerimientos de servicio en el Internet. • Servicio no-técnico al cliente durante horas laborales normales (ejemplo: asistencia con números de identifi cación de soporte, asistencia para acceder a Metalink. MetaLink. El servicio consiste en acceso a la página de Internet de Soporte Oracle al Cliente. El acceso a MetaLink se regirá por el Acuerdo de Términos de Uso localizado en la página del Internet de MetaLink, el cual está sujeto a cambio a discreción de Oracle. El acceso a MetaLink está limitado solamente a los contactos técnicos designados por el Cliente. Que, en cuanto al importe del Servicio éstos son detallados en el Informe Técnico elaborado por la Subgerencia de Informática, como sigue: Producto N° Procesador Precio 2008 Precio 2009 Precio 2010Total Nuevos Soles Oracle Enterprice2 130,331.66 120,794.40 125,626.18 376,752.24Oracle Database1 Oracle Database3 Éstos precios permanecerán fi jos durante todo el servicio contratado; asimismo la contratación del servicio para el año 2008, está contenida en el Requerimiento de Gasto N° 11004-00056, el cual ha sido aprobado. Que, conforme lo antes mencionado, la Gerencia de Finanzas mediante Informe N° 2008-04-017-MML7GF-SP de fecha 23 de abril del 2008, manifi esta, en cuanto a la consulta efectuada por la Subgerencia de Informática, referida a la previsión presupuestaria 2009 y 2010, por los importes de S/. 120,794.40 y S/. 125,626.18 respectivamente, para el proceso de adquisición de renovación del Servicio de Soporte y Actualizaciones de Oracle de la MUNICIPALIDAD Metropolitana de Lima, informa que la Subgerencia de Informática en coordinación con la Subgerencia de Logística Corporativa deberá considerar en la etapa de Programación del Presupuesto 2009 y 2010 las previsiones presupuestarias correspondientes al servicio solicitado. Que, en cuanto al informe legal, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emite opinión favorable, mediante Informe N° 338-2008-MML-GAJ de fecha 08 de mayo del 2008, dado que conforme se expone en el informe técnico, se habría confi gurado en la adquisición del servicio de soporte técnico y actualizaciones de ORACLE los requisitos para la adquisición mediante exoneración de proceso de selección como bienes que no admiten sustitutos, previsto en el literal e) del artículo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Que, conforme se aprecia en la comunicación de fecha 23 de enero del 2008, emitida por ORACLE CORPORATION a la MML, dicha empresa es la titular de los derechos de autor y propiedad intelectual de los productos Oracle, precisándose que la empresa “Sistemas Oracle del Perú S.A.” es la única autorizada en el Perú para contratar la renovación del servicio de soporte y actualización de licencias Oracle. Que, asimismo, la Gerencia de Asuntos Jurídicos en su informe señala que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) ha señalado en la Opinión N° 98-2004/GNT que “… Nos encontramos frente a un servicio que no admite sustitutos cuando, Descargado desde www.elperuano.com.pe