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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de junio de 2008 374123 proceso de elecciones de las Juntas Vecinales Comunales de Jesús María. REGÍSTRESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 213169-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Autorizan viaje de Regidores para participar en la XIV Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales que se realizará en EE.UU. ACUERDO DE CONCEJO Nº 000062–2008-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 3 de junio del 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: VISTO, por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha la carta remitida por el Condado de Miami Dade - Florida recibida en fecha; y CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 9 inciso 11) establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el Condado de Miami – Dade – Florida comunica una invitación para el señor Alcalde, extensible a los señores Regidores para participar de la XIV Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales que se llevará a cabo del 16 al 19 de Junio del 2008; Que, mediante Memorándum No. 795-2008-MDSJM- GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2008, Ley N° 29142, en su artículo 8 sobre austeridad, numeral 2 sobre bienes y servicios, están prohibidos los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos, con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios de relaciones exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212. Todos los viajes se realizan en categoría económica, lo cual expresamente señala que están exceptuados de esta prohibición los altos funcionarios a que se refi ere la Ley N° 28212; Que, la Ley N° 28212 que desarrolla el artículo 39 de la Constitución Política del Perú, en lo que se refi ere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios del Estado, señala en su artículo 2 sobre jerarquía de los altos funcionarios del Estado en el inciso k) Los Alcaldes y Regidores Distritales; Que, con Memorando N° 341-2008-SGPR-GP-MDSJM de la Sub Gerencia de Presupuesto y Racionalización informa que en el Presupuesto Institucional 2008, se da la factibilidad presupuestaria de la Partida 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones Rubro 08 Otros Impuestos Municipales por el importe de S/. 7,932.00 (Siete Mil Novecientos Treintidós y 00/100 Nuevos Soles) para el gasto solicitado; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias para viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en el artículo 8 los viáticos que se otorguen conforme a la escala citada en la propia norma será por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslados, cuando es a cualquier país de América y dos cuando el viaje se realice a otro continente; Que, la presencia de los representantes de la Municipalidad, en la XIVI Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales a realizarse del 16 al 19 de junio de 2007 en la ciudad de Miami Florida Estados Unidos de Norteamérica, es de gran utilidad e importancia para esta Comuna, porque en ella se podrá concertar una serie de relaciones y contactos para establecer proyectos de hermanamiento de ciudades, apoyo interinstitucional, con los representantes municipales a nivel mundial y la coordinación para establecer proyectos de cooperación Internacional con instituciones de todo el mundo, cuyo marco de acción son los Gobiernos Locales, lo cual hace que este viaje salde con creces cualquier inversión que se haga para participar en el mismo; Estando al interés institucional, y los Artículos 9º numeral 11) y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972. Con la aprobación MAYORITARIA de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad Miami, Estado de Florida - Estados Unidos de Norteamérica del 16 al 19 de Junio del presente año para participar de la XIV Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales, a los siguientes Regidores: Señor Regidor Harry Cordova Venturo Señor Regidor Javier Adriazola MendozaSeñora Regidora Noemi Soto Flores Señor Regidor Anibal Castillo AraucoSeñor Regidor George Raul Aza CastroSeñor Regidor Juan Benito Valencia Vargas Artículo 2º.- AUTORIZAR el egreso de US$ 2,640.00 (Dos Mil Seiscientos Cuarenta y 00/100 Dólares Americanos) (viáticos por 4 días) que al tipo de cambio al día da un total de S/. 7,932.00 (Siete Mil Novecientos Treintidós y 00/100 Nuevos Soles) asignado y dividido entre los Regidores Señor Regidor Harry Cordova Venturo, Señor Regidor Javier Adriazola Mendoza, Señora Regidora Noemi Soto Flores, Señor Regidor Anibal Castillo Arauco, cargando el gasto en la Partida 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones Rubro 08 Otros Impuestos Municipales del Presupuesto Institucional; en el caso de los demás Regidores autorizados por iniciativa de ellos, dispondrán de sus propios recursos para solventar los gastos de dicho viaje. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país los Regidores cuyo viaje se autoriza por el presente Acuerdo deberán presentar a la Municipalidad un informe por escrito y detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán, así mismo deberán presentar la rendición de cuentas en forma escrita de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- El presente Acuerdo no libera ni exonera del pago del impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Articulo 5º.- El presente Acuerdo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 213165-1Descargado desde www.elperuano.com.pe