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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de junio de 2008 374112 de ruedas especial de Alun Sillas, 5 sillas de ruedas, 1 pantalla de computadora,1 mesa de computo, 1 teclado de computadora, 1 casaca, 14 lápices, 25 lapiceros 2 libros de mecánica, 1 porta vela, 1 extensión eléctrica, 1 tijera, 1 encendedor, 3 juguetes (autos), 1 vaso, 2 plantilla de pernos, 1 metro tipo reloj, 7 revistas, 4 cuadernos, 4 agendas, 1 bicicleta, 1 prensa, 1 extensión eléctrica, 2 grasera, 1 refl ector, 1 infl ador de neumático, 1 cincel, 6 taladros de mano, 1 lijadora de mano, 5 pomos de grasa, 1 soporte de máquina, 2 taladro afi ladora de cinta herramientas, pinza afi ladora tubo-agua, 3 afi ladora de cinta sierra (serrucho) de calar sierra de disco a mano afi ladora con acumulador, 4 barrenas de hierro/metal herramientas-pinzas herramientas-soporte fresadora elec. Taladro, 5 sierras-serrucho de calar, 6 Fresadores herramientas de tallar, fresadores de madera barrenas de hierro metal, 7 afi ladora con acumulador trípode para un taladro sierra de disco a mano, 1 estante de taller de ruedas, contiene taladro, cortadora, herramientas, 1 sierra circular mellizos (motor, blokajustador, rieles de dirección hojas de sierra) según listado adjunto a solicitud con carácter de declaración jurada de fecha 26 de febrero de 2008 y un valor FOB de US$ 2,848.15 (Dos mil ochocientos cuarenta y ocho y 00/100 Dólares americanos) de acuerdo al certifi cado de donación de fecha 22 de octubre de 2007 y un peso manifestado de 8,700.00 kilos según conocimiento de embarque Nº HLCUHA2071001028 de fecha 31 de octubre de 2007. La donación será destinada íntegramente a asistir a los alumnos, huérfanos y/o de reconocida condición humilde, en los talleres multidisciplinarios con el que contamos para la labor educativa. El material motivo de esta donación servirá para implementar a los talleres ubicados en Huacabamba y Oxapampa, según solicitud con carácter de declaración jurada de fecha 26 de febrero de 2008; Que, la citada donación cuenta Memorando Nº 450- 2008/DG/DIGESA de fecha 04 de Marzo de 2008, emitido por la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud que otorga opinión favorable a juguetes y útiles de escritorio; Informe Nº 0149-2008-DE-DGIEM/MINSA de fecha 05 de marzo de 2008, emitido por la Dirección General de Infraestructura Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud que otorga conformidad al mobiliario clínico hospitalario; Que, por lo expuesto corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por DEUTSCHES ROTES KREUZ a favor de la ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN SOCIAL DE APOYO A LA JUVENTUD Y EL DESARROLLO COMUNAL – PROSOYA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, Ley Nro. 28905, Decreto Supremo Nro. 021-2008-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM y en virtud de la Ley de Creación de la APCI, Ley Nº 27692 modifi cada por Ley Nº 28925; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la donación efectuada por DEUTSCHES ROTES KREUZ, a favor de la ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN SOCIAL DE APOYO A LA JUVENTUD Y EL DESARROLLO COMUNAL – PROSOYA respecto a los bienes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –SUNAT, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF y el Decreto Supremo Nº 021-2008-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 213058-1Aprueban donación efectuada a favor del Hogar Clínica San Juan de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0732-2008-RE Lima, 10 de junio de 2008 Vistos, los expedientes con los números Nº 200805493, 200805535, presentados por la asociación HOGAR CLINICA SAN JUAN DE DIOS, mediante los cuales solicitan la aprobación de la donación efectuada por SALUD PARA TODOS, con sede en Herreros de Tejada, 3-C 28016 – Madrid - España; y, CONSIDERANDO:Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modifi catorias, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de las ONGD, ENIEX e IPREDA siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, asimismo el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF modifi cado por la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28905, Ley de Facilitación del Despacho de Mercancías Donadas Provenientes del Exteriores, establece que están inafectas del pago de los derechos arancelarios las donaciones aprobadas por Resolución Ministerial del sector correspondiente efectuadas a favor de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Internacional – ENIEX, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo – ONGD e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional – IPREDA, inscritas en los registros correspondientes que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, actualmente conduce; Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2007-EF se aprobó el Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto Selectivo al Consumo y los derechos arancelarios a las Donaciones, el mismo que en el literal c) del numeral 3.2 de su artículo 3º establece que corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores expedir las Resoluciones Ministeriales de aprobación correspondiente a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD e IPREDA; Que, la asociación HOGAR CLINICA SAN JUAN DE DIOS, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de Procedimientos de Aceptación y Aprobación, Internamiento de Donaciones de carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93-PCM y en virtud de la Ley de Creación de la APCI, Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias; Que, mediante certifi cado de donación de fecha 21 de febrero del 2008, se observa que SALUD PARA TODOS, ha efectuado una donación a favor de la asociación HOGAR CLINICA SAN JUAN DE DIOS; Que, los bienes donados consisten en (01) Microbús M2 C3; Marca Toyota (TOY); Modelo (U42) Hiace Commuter Diesel; año de fabricación 2007; año de modelo 2008; 04 puertas; 14 asientos; 04 cilindros; timón a la izquierda; color plata metálico; motor Nº 5L – 6068121; chasis Nº JTFJK02P2-80010024, según DUA Nº 118-08-10-067473-01-1-00, de fecha 7 de marzo del 2008, con valor CIF US$ 18,170.95 (DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y 95/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en el certifi cado de donación de fecha 21 de febrero de 2008, factura Nº 004 – 0014541 de Toyota del Perú S.A., de fecha 29 de diciembre del 2007 y DUA Nº 118-08-10-067473-01-1-00, con un peso bruto declarado de 1,760 kg., conforme Descargado desde www.elperuano.com.pe