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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de junio de 2008 374526 evasión tributaria existente y su posterior cobro de manera efectiva. Que, así mismo, actualmente la Ofi cina de Fiscalización Tributaria, no ha sido implementada con el personal, ni equipos necesarios para su funcionamiento, tampoco se cuenta con un catastro Municipal, que permita supervisar y controlar efi cientemente las obras ejecutadas por dicha empresa dentro de nuestro Distrito, así como obtener información actualizada de los predios urbanos afectados por ella, siendo recomendable la Contratación por servicios personalísimos de una Empresa Especializada en este tipo de fi scalización y cobranza, a efectos de poder cumplir con los objetivos y metas presupuestarias durante el ejercicio fi scal 2008; Que, con Informe Legal Nº 010-2008/ALE se señala el procedimiento para la exoneración del proceso selectivo previsto en el Art.19 Inc. f) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S.Nº 083-2004-PCM y el Art.145 del Reglamento D.S.Nº 084-90-PCM y poder contratar los servicios de una Empresa Asesora y Recaudadora de la cobranza a la Empresa Telefónica del Perú; Que, en tal virtud, corresponde adoptar acuerdo de Concejo Municipal a tenor del Art.20 Inc. c) de la acotada Ley, con exoneración de proceso de selección por Servicios Personalísimos, para contratar Empresa Asesora y Recaudadora de la deuda contraída por la Empresa Telefónica del Perú; y Estando a las consideraciones precedentes, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art.39, concordante con el Art. 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa de aprobación de Acta, por unanimidad el pleno del Concejo Municipal. ACUERDA:Artículo Primero.- Autorizar se adopten acciones urgentes e inmediatas de Cobranza Tributaria a la Empresa Telefónica del Perú, con exoneración de proceso de selección por Servicios Personalísimos para contratar a la Empresa MALGISA e implementar las acciones contenidas en el Informe Técnico No.068-2008-MDT/GAR. Artículo Segundo.- Facultar al Señor Alcalde Mag. Juan Romero Zeña la suscripción de contrato con Empresa MALGISA, respecto de la cobranza a la Empresa Telefónica del Perú. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ROMERO ZEÑA Alcalde 215435-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Convenio de Cooperación Técnica y Financiera entre el Gobierno de la República del Ecuador, el Gobierno de la República del Perú y el Instituto Ítalo - Latino Americano para la Realización del “Programa de Lucha contra la Pobreza en la Región Fronteriza Ecuador- Perú, Componente de Desarrollo Rural”. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) N° 0-3-A/180 , comunica que el “Convenio de Cooperación Técnica y Financiera entre el Gobierno de la República del Ecuador, el Gobierno de la República del Perú y el Instituto Ítalo - Latino Americano para la Realización del “Programa de Lucha contra la Pobreza en la Región Fronteriza Ecuador - Perú, Componente de Desarrollo Rural”” , suscrito el 14 de febrero de 2006, en la ciudad de Roma, República Italiana y ratifi cado por Decreto Supremo N° 013-2007-RE, de 16 de febrero de 2007, publicado el 17 de febrero de 2007, Fe de erratas publicada el 27 de febrero de 2007 Entró en vigencia el 14 de febrero de 2006. 214280-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe