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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (21/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de junio de 2008 374511 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de remoción, traslado y reposición de unidades de alumbrado público en vía del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 055-2008/MLV La Victoria, 13 de junio de 2008El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:Visto; en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 010-2008-CPDU-CPPPAL/MDLV de la Comisión de Desarrollo Urbano y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante Memorandum Nº 1377-2008-MDLV-GDU de fecha 9 de junio de 2008 remite el Informe Técnico Nº 8-2008-GDU-MRR/MDLV, el que señala que la Gerencia de Desarrollo Urbano, en el marco del proyecto de Mejoramiento y Puesta en Valor del Jr. San Cristóbal – Alameda del Deporte, necesita que se realice la contratación del servicio de remoción, traslado y reposición de 11 unidades de postes de alumbrado público, habida cuenta de que es de interés general brindar seguridad a los vecinos, cambiando esos postes, que están mal cimentados, lo que redundaría en el mejoramiento y renovación urbana del entorno del área a de intervención, cumpliéndose con los objetivos trazados en la primera etapa del proyecto; Que, mediante Informe Nº 1214-2008-SGL/MDLV de fecha 10 de junio de 2008,la Sub Gerencia de Logística, señala entre otros puntos que la empresa Luz del Sur es la encargada de brindar el servicio de alumbrado público a diferentes distritos de Lima, entre ellos el distrito de La Victoria, siendo esta empresa la única en proveer dicho servicio, correspondiendo a ésta ejecutar la remoción, traslado y reposición de 11 unidades de postes de alumbrado público, por lo que se sugiere su contratación Asimismo mediante Ofi cio Nº SDCO.DPHC.0724295, cotiza el citado servicio en S/. 61,910.000 incluido IGV; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004, establece que se encuentran exonerados de los procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; debiéndose formalizarse ésta a través de la aprobación de un Acuerdo Municipal, de conformidad con lo señalado en el literal c) del artículo 20º de dicha normatividad; Que, asimismo, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el artículo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece respecto del procedimiento de exoneración; que la Resolución o Acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, el cual deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión; Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado indica que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la entidad podrá contratar directamente; Que, el Gerente de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 430-08-GAJ-MLV de fecha 10 de junio de 2008, concluye que resulta procedente la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, debiendo ser evaluada por el Concejo Municipal; En mérito de las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta: ACORDÓ:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración por la causal de proveedor único, del proceso de selección para la contratación del servicio de remoción, traslado y reposición de 11 unidades de alumbrado público en el Jr. San Cristobal. Artículo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Logística la contratación como proveedor único a la empresa LUZ DEL SUR para el servicio señalado en el artículo precedente, de conformidad al procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y demás normas legales emitidas para estos efectos, por el valor referencial de S/. 61,910.00 Nuevos Soles incluído IGV. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, así como la remisión de los Informes Técnicos e Informe Legal que lo sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del término de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 216259-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Autorizan a Procurador Público Municipal interponer o contestar acciones y a iniciar e impulsar procesos judiciales en representación de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2008/ML Lurín, 29 de mayo del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIN VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha en el local del Palacio Municipal, Convocada y Presidida por el Señor Alcalde Jorge Marticorena Cuba y la asistencia de los Señores Regidores, Antonio Cuya Silva, Martín Apolaya Ayzanoa, José Zavala Manco, Mario Carrasco Bejar, Rosa Justiniano Quin, Elsa Andrade Vilca, Verónica Simpson Gonzalez y Adán Espinoza Martínez el informe Nº 099-2008-PPM/ML del 21 de abril del 2008 con relación a la autorización del concejo municipal al procurador público municipal a representar en diversos procesos judiciales. CONSIDERANDO: Que, el artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que la representación y defensa de los intereses de las Descargado desde www.elperuano.com.pe