Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2008 (21/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de remocion, traslado y reposicion de unidades de alumbrado publico en via del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 055-2008/MLV La MORDAZA, 13 de junio de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO:

los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente; Que, el Gerente de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 430-08-GAJ-MLV de fecha 10 de junio de 2008, concluye que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, debiendo ser evaluada por el Concejo Municipal; En merito de las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta: ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion por la causal de proveedor unico, del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de remocion, traslado y reposicion de 11 unidades de alumbrado publico en el Jr. San Cristobal. Articulo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Logistica la contratacion como proveedor unico a la empresa LUZ DEL SUR para el servicio senalado en el articulo precedente, de conformidad al procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y demas normas legales emitidas para estos efectos, por el valor referencial de S/. 61,910.00 Nuevos Soles incluido IGV. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision de los Informes Tecnicos e Informe Legal que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del termino de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de la aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 216259-1

Visto; en Sesion Ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 010-2008-CPDU-CPPPAL/MDLV de la Comision de Desarrollo MORDAZA y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, mediante Memorandum Nº 1377-2008-MDLV-GDU de fecha 9 de junio de 2008 remite el Informe Tecnico Nº 8-2008-GDUMRR/MDLV, el que senala que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en el MORDAZA del proyecto de Mejoramiento y Puesta en Valor del Jr. San MORDAZA ­ Alameda del Deporte, necesita que se realice la contratacion del servicio de remocion, traslado y reposicion de 11 unidades de postes de alumbrado publico, habida cuenta de que es de interes general brindar seguridad a los vecinos, cambiando esos postes, que estan mal cimentados, lo que redundaria en el mejoramiento y renovacion MORDAZA del entorno del area a de intervencion, cumpliendose con los objetivos trazados en la primera etapa del proyecto; Que, mediante Informe Nº 1214-2008-SGL/MDLV de fecha 10 de junio de 2008,la Sub Gerencia de Logistica, senala entre otros puntos que la empresa Luz del Sur es la encargada de brindar el servicio de alumbrado publico a diferentes distritos de MORDAZA, entre ellos el distrito de La MORDAZA, siendo esta empresa la unica en proveer dicho servicio, correspondiendo a esta ejecutar la remocion, traslado y reposicion de 11 unidades de postes de alumbrado publico, por lo que se sugiere su contratacion Asimismo mediante Oficio Nº SDCO.DPHC.0724295, cotiza el citado servicio en S/. 61,910.000 incluido IGV; Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004, establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; debiendose formalizarse esta a traves de la aprobacion de un Acuerdo Municipal, de conformidad con lo senalado en el literal c) del articulo 20º de dicha normatividad; Que, asimismo, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el articulo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece respecto del procedimiento de exoneracion; que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, el cual debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado indica que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Autorizan a Procurador Publico Municipal interponer o contestar acciones y a iniciar e impulsar procesos judiciales en representacion de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2008/ML Lurin, 29 de MORDAZA del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIN VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha en el local del Palacio Municipal, Convocada y Presidida por el Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la asistencia de los Senores Regidores, MORDAZA Cuya MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ayzanoa, MORDAZA MORDAZA Manco, MORDAZA MORDAZA Bejar, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Simpson MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA el informe Nº 099-2008-PPM/ML del 21 de MORDAZA del 2008 con relacion a la autorizacion del concejo municipal al procurador publico municipal a representar en diversos procesos judiciales. CONSIDERANDO: Que, el articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que la representacion y defensa de los intereses de las

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