TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de junio de 2008 374590 Acuerdo en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- Los Regidores de acuerdo a las Atribuciones que le corresponden de Acuerdo a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; sobre su función fi scalizadora de encontrar indicios de negligencia funcional, solicitarán al Órgano de Control interno Municipalidad Provincial de San Ignacio Región Cajamarca respectivo examen. Artículo Sexto.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural (GEDUR), el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. POR TANTO Regístrese, comuníquese y publíquese. SAMUEL SÁNCHEZ RIVERA Alcalde Distrital 216041-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCUCAJE Exoneran de proceso de selección la contratación del Proyecto “Reconstrucción y Mejoramiento del Estadio Municipal” del distrito de Ocucaje ACUERDO DE CONCEJO Nº 044-2008-AMDO Distrito de Ocucaje - Ica, 17 de junio del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCUCAJE VISTO: En la Sesión Extraordinaria de Concejo del día 17 de junio de 2008, el Informe Técnico Nº 011-2008-MDO/WCHD y el Informe Legal Nº 014-2008-MDO/ALE, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordado con el artículo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando en situación de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; pudiendo la Entidad realizar directamente la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras mediante acciones inmediatas; señalándose para tal efecto que existe desabastecimiento eminente. Que, el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Resolución o Acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración propuesta. Que, mediante Informe Técnico Nº 011-2008-MDO/ WCHD, se ha establecido la necesidad urgente de efectuar el Proyecto “Rehabilitación y Mejoramiento del Estadio Municipal”, del distrito de Ocucaje, técnicamente se considera la Construcción de 297 metros lineales de muro de ladrillo k.k. 18 huecos que tendrá una altura de 3.00 metros lineales, con cimientos corridos de mezcla 1:10 cemento: hormigón + 30% de Piedra, concreto en Sobrecimiento Reforzado f’c= 210 kg/cm2, concreto en columnas f’c= 210 kg/cm2, tarrajeo en superfi cie de vigas y columnas con cemento y arena, suministro e instalación de portones metálicos. Se incluye también la instalación de una malla olímpica alrededor de la cancha de Fútbol. Además se construirá un Tanque Cisterna de 33 m3 de capacidad, con su correspondiente cámara de bombeo de concreto armado f’c=210m kg/cm2 y acero de refuerzo grado 60. Se instalará una bomba trifásica de 5.5 h.p. con una salida de 1.5” y un bushing para 2” que será el diámetro de la línea de impulsión, el cual será de concreto armado, el mismo que proveerá de agua a un sistema portátil de riego por aspersión. Que, asimismo mediante Informe Legal Nº 014-2008- MDO/ALE, la Asesoría Legal Externa ha cumplido con emitir su opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, en consecuencia, al producirse una situación enmarcada en los términos del inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar del proceso de selección que corresponda la contratación del Proyecto “Reconstrucción y Mejoramiento del Estadio Municipal”, del distrito de Ocucaje, por tratarse de una situación de desabastecimiento inminente, autorizando su contratación mediante acciones inmediatas por un valor referencial aproximado de S/. 450,000.00 (Son Cuatrocientos Cincuenta Mil y 00/100 nuevos soles); En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 0 83-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; SE ACUERDA: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de la contratación del Proyecto “Reconstrucción y Mejoramiento del Estadio Municipal”, del distrito de Ocucaje, por tratarse de una causal de situación de Desabastecimiento inminente. Artículo 2º.- Autorizar al Comité Especial Permanente para que realice la contratación de la citada obra mediante acciones inmediata y en el marco de la normatividad de TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, por un valor referencial de S/. 450,000.00 (Son Cuatrocientos Cincuenta Mil y 00/100 nuevos soles); Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación objeto de la exoneración a que se refi eren los artículos precedentes será a cargo a los recursos del Rubro 05. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano” y hacer de conocimiento a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 083-2004-PCM, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los plazos establecidos por Ley. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS ALDO GUEVARA UCHUYA Alcalde 215979-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Tratado entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de Tailandia sobre Asistencia Mutua en Materia Penal”. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) N° 0-3-A/182 , comunica que el “Tratado entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de Tailandia sobre Asistencia Mutua en Materia Penal” , suscrito el 3 de octubre de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú, Aprobado mediante Resolución Legislativa N° 28937, de 14 de diciembre de 2006, publicada el 16 de diciembre de 2006 y ratifi cado por Decreto Supremo N° 006-2007-RE, de 17 de enero de 2007, publicado el 18 de enero de 2007. Entró en vigencia el 3 de octubre de 2005. 214282-1Descargado desde www.elperuano.com.pe