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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (22/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de junio de 2008 374583 15.1 Las organizaciones de la Sociedad Civil y las Organizaciones Sociales debidamente inscritas en el RUOS de la Municipalidad, interesados en participar en el proceso de programación del Presupuesto Participativo, que hayan participado en Procesos anteriores, sólo deberán confi rmar su participación por escrito a fi n de evitar la presentación de los mismos documentos de acreditación del año anterior . 15.2 Las organizaciones que participan por primera vez, deben de registrarse en el Libro de Agentes Participantes, que para tal efecto la Municipalidad dispondrá su apretura, con los siguientes requisitos: a) Solicitud dirigida al Alcalde formulada por su representante. b) Indicación de la Resolución de Alcaldía de reconocimiento en el RUOS de la Municipalidad, copia de la fi cha registral o de la partida electrónica de inscripción en el Registro de personas jurídicas de los Registros Públicos de Lima. c) Copia autenticada del Acta de Asamblea donde se designa a los delegados titulares y alternos, debidamente fi rmado por sus asistentes. Titular (01) y alterno (01). d) Copia del DNI de los delegados propuestos.e) No participar como organización registrada en otras instancias de gobierno. Artículo 16º.- De la Capacitación de Agentes Participantes La capacitación para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo se efectuará a través de talleres o reuniones en las que las autoridades, equipo técnico y los agentes participantes se informen y comprendan las tareas que involucra dicho Proceso. Artículo 17º.- De la Citación, Desarrollo de los Talleres de Trabajo y Criterios de Evaluación 17.1 De la Citación: La Secretaría General del Concejo Municipal se encargará de citar a los agentes participantes debidamente registrados al Proceso del Presupuesto Participativo. 17.2 De la Capacitación: Se presentará la Visión de Desarrollo, los Objetivos Estratégicos contenidos en el Plan Integral de Desarrollo Concertado Local 2004 - 2014 y el Marco Normativo del Proceso de Presupuesto Participativo vigente incluido en el presente Reglamento. 17.3 De la Rendición de Cuentas: Se informará de los avances logrados según los objetivos planteados brindándose la información correspondiente sobre la ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo del año precedente, así como respecto al impacto en el desarrollo Local de la inversión realizada como resultado del proceso anterior, en lo que se hubiera ejecutado y la ejecución del presupuesto institucional, del nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso, con el objetivo de mejorar y orientar el proceso en curso. A través de la Rendición de Cuentas el Alcalde dará a conocer a los Agentes Participantes el cumplimiento de los Acuerdos tomados en el Presupuesto Participativo del año anterior; así mismo, informarán de manera general respecto a los resultados de su Gestión en el año anterior y el nivel de avance en la ejecución del Presupuesto del Año Actual, tanto a nivel de actividades como de Proyectos. 17.4 Del Diagnóstico Temático y Territorial 17.4.1 Al inicio de este taller se elegirán dos (02) delegados por cada Eje territorial (un varón y una dama participantes de la zona, siendo al menos uno de ellos de ser posible menor de 29 años. Estos delegados tienen la representatividad de cada eje y les corresponde sustentar los proyectos de inversión que le corresponden a su eje y asistir con derecho a voz y voto en la etapa de aprobación y formulación de acuerdos fi nales del Proceso Participativo. 17.4.2 En los Talleres Temáticos el diagnóstico se realizará en función a grandes ejes de análisis como pueden ser el económico, humano, socio cultural, urbano, salud, medio ambiente, seguridad ciudadana y político institucional. Las acciones propuestas deben constituir la mejor alternativa de un conjunto de opciones y cursos de acción previamente analizados y evaluados cualitativa y cuantitativamente. 17.4.3 La asignación de recursos para el fi nanciamiento de las acciones propuestas en el Presupuesto Participativo y fi nalmente priorizadas para su inclusión en el Presupuesto Institucional, deben determinarse de acuerdo a los criterios que orientan la determinación de recursos a ser considerados en el Proceso del Presupuesto Participativo. 17.5 De trabajo, de defi nición, de criterios y de priorización de acciones: En estos talleres los Agentes Participantes discuten y defi nen los criterios para la priorización de las acciones a ejecutar. La priorización es un mecanismo que sirve 17.6 para establecer un orden de prelación de las acciones identifi cadas como resultado de los Talleres de Trabajo, considerando la distribución temática y territorial de los recursos previamente elaborados por el Equipo Técnico. Los criterios para la priorización deben en general recogen las principales aspiraciones de la sociedad en términos del desarrollo, estos criterios incluyen: 17.6.1 Proyectos estratégicos para el Desarrollo Integral del Distrital. 17.6.2 Niveles de pobreza.17.6.3 Cofi nanciamiento por parte de la población benefi ciaria u otro. 17.6.4 Necesidades básicas insatisfechas.17.6.5 Población en riesgo. 17.6.6 Perfi l de proyecto. 17.6.7 Densidad poblacional (Número de Benefi ciarios). 17.6.8 Cumplimiento de obligaciones tributarias de la población benefi ciaria. 17.6.9 Efecto en la generación de empleo local.En función a los criterios antes mencionados se establecen los puntajes que ayudarán a precisar una prioridad de las acciones. Tanto los criterios como los puntajes señalados en el Instructivo y normas específi cas de la Municipalidad deben ser validados en este Taller. Sobre la base de los criterios y puntajes defi nidos por los Agentes Participantes, el Equipo Técnico brinda el Soporte Técnico para la evaluación de las acciones priorizadas, las cuales son presentadas para que los Agentes Participantes consideren y determinen su inclusión en el Presupuesto Institucional del Ejercicio que corresponda. Artículo 18º.- Evaluación Técnica18.1 Está a cargo del Equipo Técnico, consiste en el análisis y desarrollo técnico y fi nanciero de cada una de las acciones propuestas para poder evaluar su viabilidad y posterior ejecución. Para los efectos de la evaluación técnica fi nanciera el Equipo Técnico cuenta con el apoyo de personal de diversas áreas de la Municipalidad, según su especialidad. 18.2 La evaluación del fi nanciamiento de las propuestas se realiza teniendo en cuenta estrictamente los recursos específi cos determinados para la atención de acciones resultantes del Proceso del Presupuesto Participativo, las que incluyen todas las formas de fi nanciamiento disponibles, tales como los aportes de la Cooperación Internacional, del sector empresarial, de las entidades que tienen presencia en determinadas localidades y que actualmente vienen desarrollando acciones en benefi cio de las poblaciones sin la debida articulación con el Plan Integral de Desarrollo Concertado Local citado o con el Proceso de Presupuesto Participativo, preservando siempre el equilibrio entre los recursos disponibles y los montos de recursos requeridos para la atención de las necesidades. 18.3 Las propuestas de acciones con sus costos estimados, en función a la verifi cación en campo, se preverá en el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo, en caso de ser necesario; así como su ordenamiento de acuerdo a los criterios de priorización acordados; son resumidos y presentados luego por el Equipo Técnico a los Agentes Participantes para su priorización y aprobación. Las acciones priorizadas en el proceso y cuyo fi nanciamiento requiera total o parcialmente recursos públicos, serán tomadas en cuenta para su incorporación en el Plan Operativo Institucional o en el Plan de Desarrollo Institucional y en el Presupuesto Institucional del Ejercicio que corresponda, como Acciones y Proyectos, según corresponda. 18.4 El Equipo Técnico es el responsable de preparar el “Documento del Presupuesto Participativo” para el periodo en el cual se desarrolle, el mismo que debe refl ejar de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos establecidos entre los distintos Agentes Participantes. Artículo 19º.- Formalización de Acuerdos19.1 Los resultados del Proceso del Presupuesto Participativo consolidados por el Equipo Técnico en el “Documento del Presupuesto Participativo”, incluyendo Descargado desde www.elperuano.com.pe