Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (22/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de junio de 2008 374576 publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección Regional de Energía y Minas y de la Unidad Técnico Normativo del Gobierno Regional de Apurímac; Que, por Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre del 2006, se declaró que el Gobierno Regional de Apurímac, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; De conformidad con la atribución establecida en el inciso f) del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y asumiendo su competencia el Gobierno Regional de Apurímac: SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio 2007, abril y mayo del 2008, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese.RODOLFO ANDRÉS MATTOS OJEDA Director Regional de Energía y MinasGobierno Regional de Apurímac 216013-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2008-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNOREGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiuno de mayo del año dos mil ocho, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, prescribe que “Los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 15 inciso e de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece como una de las atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar su Reglamento Interno”; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 38 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el mismo que consta de: Título Preliminar, 60 (sesenta) artículos, 3 (tres) Disposiciones Transitorias y 1 (una) Disposición Final y que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto las demás normas y disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el diario ofi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintiuno de Mayo del año dos mil ocho. JUAN VARGAS GOMEZ Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, al día veintitrés de mayo del año dos mil ocho. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 216363-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resolución expedida por la Municipalidad Distrital de Puente Piedra que resuelve aprobar proyecto de habilitación urbana nueva de terreno RESOLUCIÓN N° 113-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 22 de abril de 2008 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 41279-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 154-2008/GDU-MDPP, de fecha 26 de marzo del 2008, aprobando el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva con Celebración de Contratos de Compraventa Garantizada, solicitada por COMPAÑÍA INMOBILIARIA PROMOTORA Y CONSTRUCTORA PACÍFICO S.A.C., debidamente representada por su Gerente General señor Moisés Barrientos Gutiérrez ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 154-2008/ GDU-MDPP, de fecha 26 de marzo del 2008 (fs. 68 al 71), expedida por la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, se resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva denominado “URBANIZACIÓN EL SAUCE I”, con Celebración de Contratos de Compraventa Garantizada, para Uso Residencial de Densidad Media R-4, de conformidad con el plano signado con el Nº 004-2008/MDPP-GDU-SGOPHU-HU, del terreno rústico sin nombre de 9,020.00 m², ubicado frente al Pasaje Santa Rosa Tramo 1-4, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, solicitada por la COMPAÑÍA INMOBILIARIA PROMOTORA Y CONSTRUCTORA PACÍFICO S.A.C., debidamente representada por su Gerente General señor Moisés Barrientos Gutiérrez; Que, con Informe Nº 123-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 18 de abril del 2008 (fs. 79 al 81), la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva denominado “URBANIZACIÓN EL SAUCE I”, con Celebración de Contratos de Compraventa Garantizada, para Uso Residencial de Densidad Media R- Descargado desde www.elperuano.com.pe