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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de junio de 2008 374585 de inversión pública a incorporarse por la vía participativa al presupuesto institucional del año fi scal 2009. Artículo 3°.- Para efectos de la presente norma se entenderá que el proceso de formulación del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009, estará orientado metodológicamente por las normas y directivas emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4º.- Para efectos de la aplicación de esta norma, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la conducción y coordinación técnica del proceso, el cual será ejecutado en un plazo que no excederá el presente año fi scal. TÍTULO II CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 5°.- EL presente Reglamento regula el proceso de formulación del Presupuesto Participativo 2009 (PP2009) del distrito del Santiago de Surco, el mismo que es promovido en forma concertada por la Municipalidad Distrital, con el propósito de acordar el adecuado uso de los recursos y medios mediante la formulación concertada y priorizada de proyectos de inversión pública. Artículo 6°.- La presente Ordenanza tiene el siguiente Marco Legal: • Constitución Política del Perú. • Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización.• Ley N 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.• Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto • Ley N° 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. • D.S. 171-2003-EF Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado mediante Resolución Directoral N° 021 -2008-EF/76.01. • Ordenanza Nº 154-MSS y sus modifi catorias.• Ordenanza N° 184-MSS.• Ordenanza N° 245-MSS Artículo 7°.- El proceso de formulación del Presupuesto Participativo 2009 se llevará a cabo bajo los principios de concertación, participación, transparencia, equidad, inclusión, atención a la población vulnerable y sostenibilidad. Artículo 8°.- El Monto asignado al proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 asciende a la suma de S/. 4’980,00000, (cuatro millones novecientos ochenta mil y 00/100 nuevos soles). TÍTULO III DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 9°.- El Alcalde con su Consejo de Coordinación Local Distrital convocan a participar en el Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 10°.- El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad de Santiago de Surco. Está integrado por el Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde; y los regidores y por los representantes de las organizaciones sociales de base, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que señala la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. Artículo 11°.- El Equipo Técnico Municipal, tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo de talleres participativos, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la consolidación de resultados del Presupuesto Participativo 2009. Artículo 12°.- El Equipo Técnico Municipal está integrado por: a) Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. b) Jefe de la Unidad de Participación Vecinal. c) Gerente de Desarrollo Urbano.d) Gerente de Obras Públicas.e) Jefe de la Unidad de Planeamiento y Estadística.f) Jefe de la Unidad de Presupuesto. g) Un representante de la Sociedad Civil, el cual es elegido al inicio de los Talleres.Asimismo, para efectos de la formulación del Presupuesto Participativo 2009, se convocará a las Gerencias de Seguridad Ciudadana, Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Imagen Institucional y Desarrollo Humano y Proyección Social, las cuales deberán participar en las actividades de este proceso. Artículo 13°.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2009, es elegido por los agentes participantes como parte del Taller de Formalización de Acuerdos y será conformado por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia y Control, está compuesto por 04 miembros titulares y 02 suplentes. El cargo en este comité es incompatible con la función de representante ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). El Comité de Vigilancia y Control tendrá vigencia hasta la culminación de los proyectos priorizados y ejecutados correspondientes al ejercicio fi scal para el que fueron elegidos. Su trabajo es ad-honorem, por tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. Artículo 14°.- Son funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2009 las siguientes: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verifi cando que contengan proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso. b) Solicitar formalmente al Alcalde, de acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia. c) Informar al Concejo Municipal, al Consejo de Coordinación Local Distrital y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los Acuerdos. Artículo 15º.- El Concejo Municipal, es la instancia máxima de aprobación del Presupuesto Participativo 2009, siendo el Alcalde quien dispone la publicación de los acuerdos fi nales, así como la remisión del documento del PP2009 a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO IV DE LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2009 Artículo 16°.- Las fases del proceso de Presupuesto Participativo 2009, son las siguientes: 1°. Preparación, Difusión del Proceso, Sensibilización y Convocatoria. 2°. Rendición de Cuentas y Talleres de Capacitación a los Agentes Participantes. 3°. Talleres de validación de la Visión de Desarrollo y Líneas o Ejes Estratégicos 4º Talleres de identifi cación de proyectos por sectores. 5°. Trabajo técnico de evaluación de propuestas de proyectos del PP 2009 6°. Taller Distrital de formalización de acuerdos. CAPÍTULO I DE LA PREPARACIÓN DIFUSIÓN DEL PROCESO Y CONVOCATORIA Artículo 17°.- La fase de Preparación y Difusión del Proceso estará a cargo del Equipo Técnico Municipal; en tanto que la Convocatoria estará a cargo de la Municipalidad de Santiago de Surco en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital. La convocatoria se inicia con la apertura del libro de agentes participantes, así como, la invitación respectiva para inscribirse y participar en el proceso participativo, debiendo utilizarse los medios que aseguren la participación mayoritaria y amplia de todos los sectores y organizaciones del distrito. La identifi cación de agentes participantes y su respectiva inscripción se realizarán en el libro de Organizaciones Sociales que abrirá en las ofi cinas de la Unidad de Participación Vecinal Artículo 18°.- A fi n de contar con una participación amplia y representativa, la Municipalidad considera como Agentes Participantes a: a) Los representantes de las organizaciones sociales inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales - RUOS de la Municipalidad, que a la fecha cuenten con resolución de reconocimiento municipal vigente.Descargado desde www.elperuano.com.pe