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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de junio de 2008 374582 considerados en la cartera de proyectos propuestos por el alcalde. Los Agentes participantes se agrupan en dos niveles: 5.1 Agentes Participantes con Voz y Voto a) El Alcalde b) Concejo Municipal Distritalc) Miembros del Concejo de Coordinación Locald) Representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito debidamente inscritos en el Libro de Agentes Participantes. e) Representantes de las Instituciones Públicas que desarrollen acciones en la jurisdicción 5.2 Agentes Participantes con voz pero sin Voto.El equipo TécnicoArtículo 6° - Funciones del Alcalde a) Convoca y dirige las reuniones necesarias que den inicio al Presupuesto Participativo y durante su formulación. b) Establece el monto máximo de asignación presupuestal que será destinada al presupuesto participativo. c) Propone la cartera de proyectos de la Municipalidadd) Vela por el cumplimiento de los acuerdos adoptados. Artículo 7°.- Funciones de los Agentes Participantes a) Emite opinión respecto a la información económica y administrativa que proporcione la institución municipal. b) Prioriza y elige, de la cartera de proyectos propuesto por el Alcalde, los proyectos que deben ser articulados al Plan de Desarrollo Concertado distrital y demás planes, de acuerdo a las orientaciones de la presente Ordenanza. c) Elige y/o puede ser elegido miembro del Comité de vigilancia. d) Cofi nancia la ejecución de proyectos mediante recursos económicos y/o mano de obra. e) Fiscaliza mediante el comité de Vigilancia el Proceso del Presupuesto Participativo y la ejecución de los acuerdos. Artículo 8°.- De los Delegados Son los representantes elegidos por los agentes participantes inscritos que participan en los talleres del presupuesto participativo, quienes sustentarán las propuestas en los talleres deliberativos de sus respectivos cuadrantes. CAPITULO II DE LA COORDINACIÓN Artículo 9º . - De la Coordinación En el marco de la legislación vigente se establece que el Alcalde en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital es la instancia encargada de coordinar, monitorear y garantizar el desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización de la importancia de la Participación Ciudadana y del Marco Normativo vigente, así como de velar por el normal desarrollo del Proceso. Articulo 10º.- De la Conformación y Funciones del Equipo Técnico 10.1 De la conformación del Equipo Técnico a) Gerente Municipal Presidenteb) Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Informática Secretario Técnico c) Gerente de Desarrollo Urbano Miembro d) Gerente de Servicio a la Ciudad Miembro e) Gerente de Promoción Económico y Social Miembrof) Gerente de Administración y Finanzas Miembrog) Gerente de Asesoría Legal Miembroh) Sub Gerente de Obras Públicas Miembroi) Sub. Gerente de Imagen y Participación Vecinal Miembroj) Un (1) Representante Especializado de la Sociedad Civilk) Elegido por los Agentes participantes en el Primer Taller Miembro 10.2 De las funciones del Equipo Técnicoa) Formular la metodología, programación y cronograma del Proceso Participativo b) Revisar la cartera de proyectos de la Municipalidad a ser presentados en el c) Procxeso de Presupuesto Participativo.d) Preparar la información para el debate en los Talleres de Trabajo. e) Organizar todas las actividades de capacitación que se consideren necesarias. f) Brindar asesoría permanente en la toma de decisiones de los agentes participantes durante la ejecución de los Talleres de Trabajo. g) Elaborar y proponer la metodología, programación del Proceso y organización de los Talleres para el Proceso de Presupuesto Participativo. h) Evaluar la viabilidad técnica y fi nanciera de cada una de las acciones propuestas según criterios de Priorización resultante de los talleres. i) Elaborar el Resumen de Propuestas de Acciones con sus costos ordenados de acuerdo a los criterios de Priorización previamente acordados, sometiéndolos a la aprobación de los Agentes Participantes. j) Redactar el informe Técnico del Presupuesto Participativo. k) Otros que disponga el Titular del Pliego. Artículo 11°.- De la Fiscalización del Proceso Participativo En el marco de la transparencia de la gestión pública se constituye el Comité de Vigilancia y Control del Proceso de Presupuesto Participativo, elegidos en el tercer taller de Agentes Participantes, cuya vigencia rige hasta el 31 de diciembre del periodo fi scal que corresponda, los que son designados mediante Resolución de Alcaldía. TÍTULO IV PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO SECUENCIA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 12°.- De la PreparaciónEl Alcalde, el Consejo de Coordinación Local Distrital y las áreas responsables de la Municipalidad se encargarán del desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización sobre la importancia de la participación ciudadana en los Procesos Participativos, así como de las normas que señalan su cumplimiento; seleccionando la información y/o documentación que será distribuida a los Agentes Participantes en el momento que se inicien los Talleres. Artículo 13°.- De la Convocatoria La Alcaldía en coordinación con los Miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital convoca al Proceso del Presupuesto Participativo en general y a los Agentes Participantes a registrarse y a participar en el proceso, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados en la localidad y otros medios disponibles para garantizar una amplia participación y representatividad local. Artículo 14º.- De la Identifi cación y Registro de Agentes Participantes La identifi cación de los Agentes Participantes debe permitir la mayor participación y representatividad de la sociedad en el Distrito de San Luis. Para los fi nes de la presente Ordenanza la Municipalidad a través de la Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal apertura un registro que permita identifi car la participación ciudadana en el proceso participativo. Artículo 15º.- De la Acreditación y Requisitos de los representantes de la Sociedad Civil La acreditación es el proceso mediante el cual se determina la representatividad, crédito y confi anza que una organización de la sociedad civil reconocida da a una persona dado que este cumple con los requisitos para que lo represente en el Proceso del Presupuesto Participativo. Esta participación se lleva a cabo cumpliendo las pautas siguientes: Descargado desde www.elperuano.com.pe