Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2008 (30/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 30 de junio de 2008

11. Consecuentemente, segun informacion obtenida de la base de datos del Capitulo de Inhabilitados para Contratar con el Estado del Registro Nacional de Proveedores, la cual reune la informacion relativa a las personas naturales o juridicas sancionadas administrativamente por el Tribunal, el Postor se encuentra privado del ejercicio de dichos derechos por un periodo acumulado equivalente a treinta (30) meses, segun las Resoluciones 1131/2006.TC-SU del 20 de diciembre de 2006 y 1455-2008-TC-S3 del 28 de MORDAZA de 2008. 12. Por lo expuesto, en aplicacion del articulo 303 del Reglamento, corresponde inhabilitarlo de manera permanente en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, MORDAZA si en el presente caso se ha verificado la existencia de responsabilidad administrativa por la comision de la infraccion imputada en su contra. Finalmente, es pertinente indicar que la MORDAZA de documentos falsos constituye un ilicito penal, previsto y sancionado en el articulo 427 del Codigo Penal, el cual tutela como bien juridico la fe publica y la funcionalidad del documento en el trafico juridico y trata de evitar perjuicios que afecten la confiabilidad especialmente en las adquisiciones que realiza el Estado, motivo por el cual este Colegiado considera pertinente remitir los actuados a la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) para que, en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales correspondientes. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. MORDAZA MORDAZA Navas MORDAZA y la intervencion de los Vocales Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atendiendo a la reconformacion de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion 035-2008CONSUCODE/PRE, expedida el 31 de enero de 2008, y en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 52, 53, 59 y 61 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 0842004-PCM, y los articulos 17 y 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo 054-2007-EF, analizados los antecedentes, luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la empresa AGENCIA DE POLICIA DE PROTECCION Y SEGURIDAD PRIVADA UNICA S.A. sancion administrativa de inhabilitacion definitiva en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la presente Resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), para las anotaciones de ley. 3. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) para que, en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. ss. MORDAZA Milla. Navas Rondon. MORDAZA Buitron.
219319-1

INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Aceptan renuncia de Jefes de las Oficinas de Asesoria Juridica y de Presupuesto y Planificacion del IPD
RESOLUCION Nº 274-2008-P/IPD

MORDAZA, 24 de junio del 2008 Vista la carta de fecha 20 de junio de 2008, presentada por el Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion del Instituto Peruano del Deporte; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 064-2007-P/IPD, de fecha 31 de enero de 2007, se designo al senor Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA Changa, en el cargo publico de Director del Sistema Administrativo III, Nivel F-5, Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion, el mismo que es considerado de confianza; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo mencionado en el considerando precedente, conforme a su comunicacion del exordio, por lo que es necesario aceptar la renuncia presentada; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte y el Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; Con el visado de la Unidad de Personal, de la Oficina General de Administracion y de la Secretaria General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia, a partir del 24 de junio de 2008, formulada por el senor Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHANGA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo III, Nivel Remunerativo F-5, Jefe de Presupuesto y Planificacion del Instituto Peruano del Deporte, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA WOODMAN POLLITT Presidente
219225-3 RESOLUCION Nº 276-2008-P/IPD

MORDAZA, 24 de junio del 2008 Vista la carta de fecha 20 de junio de 2008, presentada por la Jefa de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Peruano del Deporte; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 378-2006-P/IPD, de fecha 2 de octubre de 2006, se designo a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de Director del Sistema Administrativo III, Nivel F-5, Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, el mismo que es considerado de confianza; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo mencionado en el considerando precedente, conforme a su comunicacion del exordio, por lo que es necesario aceptar la renuncia presentada; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte y el Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM;

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