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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (30/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de junio de 2008 375282 11. Consecuentemente, según información obtenida de la base de datos del Capítulo de Inhabilitados para Contratar con el Estado del Registro Nacional de Proveedores, la cual reúne la información relativa a las personas naturales o jurídicas sancionadas administrativamente por el Tribunal, el Postor se encuentra privado del ejercicio de dichos derechos por un periodo acumulado equivalente a treinta (30) meses, según las Resoluciones ʋ 1131/2006.TC-SU del 20 de diciembre de 2006 y ʋ 1455-2008-TC-S3 del 28 de mayo de 2008. 12.Por lo expuesto, en aplicación del artículo 303 del Reglamento, corresponde inhabilitarlo de manera permanente en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado, máxime si en el presente caso se ha verifi cado la existencia de responsabilidad administrativa por la comisión de la infracción imputada en su contra. Finalmente, es pertinente indicar que la presentación de documentos falsos constituye un ilícito penal, previsto y sancionado en el artículo 427 del Código Penal, el cual tutela como bien jurídico la fe pública y la funcionalidad del documento en el tráfico jurídico y trata de evitar perjuicios que afecten la confiabilidad especialmente en las adquisiciones que realiza el Estado, motivo por el cual este Colegiado considera pertinente remitir los actuados a la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) para que, en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales correspondientes. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. Carlos Vicente Navas Rondón y la intervención de los Vocales Dr. Oscar Luna Milla y Dr. Víctor Rodríguez Buitrón, atendiendo a la reconformación de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución ʋ 035-2008- CONSUCODE/PRE, expedida el 31 de enero de 2008, y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 52, 53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo ʋ 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo ʋ 084- 2004-PCM, y los artículos 17 y 18 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo ʋ 054-2007-EF, analizados los antecedentes, luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1.Imponer a la empresa AGENCIA DE POLICÍA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD PRIVADA ÚNICA S.A. sanción administrativa de inhabilitación defi nitiva en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, la cual entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la presente Resolución. 2.Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), para las anotaciones de ley. 3.Poner la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) para que, en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ss. Luna Milla. Navas Rondón. Rodríguez Buitrón. 219319-1INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Aceptan renuncia de Jefes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y de Presupuesto y Planificación del IPD RESOLUCIÓN Nº 274-2008-P/IPD Lima, 24 de junio del 2008 Vista la carta de fecha 20 de junio de 2008, presentada por el Jefe de la Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación del Instituto Peruano del Deporte; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 064-2007-P/IPD, de fecha 31 de enero de 2007, se designó al señor Economista Omar Augusto Caldas Changa, en el cargo público de Director del Sistema Administrativo III, Nivel F-5, Jefe de la Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación, el mismo que es considerado de confi anza; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo mencionado en el considerando precedente, conforme a su comunicación del exordio, por lo que es necesario aceptar la renuncia presentada; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y el Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; Con el visado de la Unidad de Personal, de la Ofi cina General de Administración y de la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia, a partir del 24 de junio de 2008, formulada por el señor Economista OMAR AUGUSTO CALDAS CHANGA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo III, Nivel Remunerativo F-5, Jefe de Presupuesto y Planifi cación del Instituto Peruano del Deporte, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente 219225-3 RESOLUCIÓN Nº 276-2008-P/IPD Lima, 24 de junio del 2008 Vista la carta de fecha 20 de junio de 2008, presentada por la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 378-2006-P/IPD, de fecha 2 de octubre de 2006, se designó a la señorita abogada Eliana Irene Torres Adrianzen, en el cargo público de Director del Sistema Administrativo III, Nivel F-5, Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el mismo que es considerado de confi anza; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo mencionado en el considerando precedente, conforme a su comunicación del exordio, por lo que es necesario aceptar la renuncia presentada; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y el Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM;Descargado desde www.elperuano.com.pe