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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de marzo de 2008 368341 Disponen la distribución aleatoria de exhortos en materia civil y contencioso administrativa, de familia, laboral, civil con subespecialidad comercial y penal en el Distrito Judicial de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 093-2008-P-CSJLI/PJ Lima, 6 de marzo del 2008 VISTA:La Resolución Administrativa Nº 034-2007-P-CSJLI- PJ de fecha 8 de enero del año 2007; y, CONSIDERANDO:Que mediante la resolución administrativa de Vista, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso la competencia de los órganos jurisdiccionales de primera instancia que en cada una de las especialidades (civil, comercial, laboral, familia y contencioso administrativo) se haría cargo de la tramitación de los exhortos durante el año judicial 2007. Que asimismo, mediante la Resolución Administrativa Nº 426-2006-CED-CSJLI/PJ., de fecha 8 de noviembre del 2006, se estableció que en dicha distribución se encontraban exentos los Juzgados Contenciosos Administrativos, como una medida para procurar la proporcionalidad y equidad en la tramitación de exhortos dada la elevada carga procesal que afrontan; y en lo que respecta a la especialidad penal, mediante las Resoluciones Administrativas Nº 207-2006-CED-CSJLI/PJ. y Nº 393-2006-CED-CSJLI/PJ., de fechas 23 de junio y 3 de noviembre del 2006, respectivamente, el Consejo Ejecutivo Distrital dispuso la competencia para el diligenciamiento de los exhortos, entre los Juzgados Penales de la sub especialidad procesados libres y procesados en cárcel. Que siendo esto así, resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas administrativas respecto a la competencia de los órganos jurisdiccionales para el diligenciamiento de los exhortos, para el presente año judicial. Por lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 90 Incisos 3) y 9) de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la distribución aleatoria de los exhortos en materia Civil y Contencioso Administrativa entre todos los Juzgados Especializados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, ubicados en el edifi cio “Javier Alzamora Valdéz” para su diligenciamiento, sin perjuicio de su competencia habitual. Artículo Segundo.- DISPONER la distribución aleatoria de los exhortos en materia de Familia, ubicados en el Edifi cio “Javier Alzamora Valdez”, para su diligenciamiento, sin perjuicio de su competencia habitual; atendiendo a la naturaleza de los actos contenidos en los mismos, quedando establecido de la siguiente manera: - Área Civil: Los Juzgados Especializados de Familia con competencia Civil. - Área Penal: Los Juzgados Especializados de Familia con competencia Penal. - Área Tutelar: Los Juzgados Especializados de Familia con competencia Tutelar. Artículo Tercero.- DISPONER la distribución aleatoria de los exhortos en materia Laboral entre los treinta y un (31) Juzgados Especializados de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su diligenciamiento, sin perjuicio de su competencia habitual. Artículo Cuarto.- DISPONER la distribución aleatoria de los exhortos en materia Civil con sub especialidad Comercial, entre los doce (12) Juzgados de esa subespecialidad, ubicados en la Avenida Petit Thouars 4975-4979 Mirafl ores, para su diligenciamiento, sin perjuicio de su competencia habitual. Artículo Quinto.- DISPONER la distribución aleatoria de los exhortos en materia Penal entre los cincuenta y siete (57) Juzgados Penales de Lima, para su diligenciamiento, sin perjuicio de su competencia habitual. Artículo Sexto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, del Decanato Superior de Lima, del Ministerio Público, de la Gerencia General, de la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura, del Área de Desarrollo de la Presidencia, de los Juzgados Especializados respectivos, de la Ofi cina de Administración Distrital, del Centro de Distribución General - “Edifi cio Alzamora Valdez”, Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales con Reos Libres y en Cárcel, Mesa de Partes de los Juzgados Comerciales, Ofi cina de Prensa e Imagen Institucional, la Ofi cina de Protocolo y las Presidencias de Cortes Superiores de Justicia de la República, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. CESAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 172931-1 ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Convierten fiscalía en la Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Carabayllo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 302-2008-MP-FN Lima, 5 de marzo de 2008VISTO Y CONSIDERANDO: Que por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 017-2008-MP-FN-JFS, de fecha 25 de enero del presente año, se crearon Fiscalías con carácter permanente a nivel nacional, entre ellas, la Fiscalía Provincial en lo Civil y de Familia de Carabayllo. Que de la información remitida por la Gerencia de Planifi cación, Racionalización y Estadística del Ministerio Público, se advierte que la carga laboral de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Carabayllo en asuntos penales es elevada, por lo que resulta necesario adoptar las acciones respectivas con la fi nalidad de lograr una mejora sustancial en el servicio fi scal, que redundará en benefi cio de los usuarios. Que la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público, es responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, siendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y oportuno. Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial en lo Civil y de Familia de Carabayllo, con todo su personal, en Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Carabayllo.