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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de marzo de 2008 368334 embarcación a sustituir deberá ser desguasada como requisito previo para solicitar el permiso de pesca de la nueva embarcación. Artículo 9º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 171990-8 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban la “Matriz de metas e indicadores de desempeño 2008 en el marco de la política nacional de gobierno” del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2008-TR Lima, 29 de febrero de 2008VISTO: El oficio N° 170-2008-MTPE/4/9.2 del Director General de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por el cual presenta para su aprobación la matriz de metas e indicadores de las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento en el ámbito funcional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el año 2008; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM se defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, precisando en su artículo 3º que las metas y evaluación semestral del cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, serán aprobadas por Resolución Ministerial del sector respectivo; Que la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto ha elaborado la matriz de metas e indicadores de desempeño del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el año 2008, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo citado en el considerando precedente; Con las visaciones de los Directores Generales de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y Planifi cación y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 8° de la Ley N° 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y literales a) y d) del artículo 12° de su reglamento de organización y funciones aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la “Matriz de metas e indicadores de desempeño 2008 en el marco de la política nacional de gobierno” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.Artículo 2º.- Los directores, jefes y coordinadores de las unidades orgánicas, programas y/o proyectos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo son responsables del cumplimiento de las metas e indicadores a que hace referencia el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- La Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto es la unidad orgánica responsable de consolidar la información y de realizar el seguimiento y evaluación correspondiente a la matriz aprobada por la presente Resolución Ministerial en el marco de la política nacional de gobierno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4º .- Publicar en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe) la “Matriz de metas e indicadores de desempeño 2008 en el marco de la política nacional de gobierno”aprobada por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTIN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 172673-1 Designan integrantes del Consejo de la Orden del Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2008-TR Lima, 5 de marzo de 2008CONSIDERANDO:Que mediante Decreto Ley Nº 15195 se crea la Condecoración de la Orden del Trabajo, el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de la actividad pública o privada, empleadores o cualquier otra persona nacional o extranjera que por sus acciones distinguidas, califi cados merecimientos y comprobados servicios en provecho de las relaciones laborales y de la seguridad social, se hagan merecedores a tal distinción; Que el Decreto Ley Nº 20585 establece las normas para el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo cuyo artículo 4° señala que el Presidente de la República es el Gran Maestre de la Orden del Trabajo y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Canciller de la misma; Que el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano encargado de estudiar las propuestas presentadas para el otorgamiento de la referida distinción y emitir su pronunciamiento; Que en el marco del diálogo y la concertación social que promueve el actual gobierno y los esfuerzos realizados por los diversos actores sociales vinculados con el trabajo y la promoción del empleo digno, es importante resaltar la labor desarrollada por éstos; Que es necesario reconocer y premiar a los trabajadores, empresarios, académicos, y en general a las personas que hayan contribuido signifi cativa y desinteresadamente, desde sus respectivos ámbitos de actuación, al bienestar de los trabajadores, al desarrollo armónico de las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo en el país y al fortalecimiento de las instituciones del Sector Trabajo y de la Seguridad Social; Que resulta necesario designar a los miembros del Consejo de la Orden del Trabajo, en quienes recae la responsabilidad de evaluar y pronunciarse sobre las propuestas para el otorgamiento de la condecoración de la Orden del Trabajo; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el literal d) del Artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo