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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2008 (07/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de marzo de 2008 368335 y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como integrantes del Consejo de la Orden del Trabajo a las siguientes personas: - Señor Mario Martín Pasco Cosmópolis, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y Canciller quien preside el Consejo de la Orden del Trabajo por expresa delegación del Gran Maestre; - Señor Jorge Elisban Villasante Aranibar, Viceministro de Trabajo; - Señora Ana Teresa Revilla Vergara , Viceministra de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa; - Señor Jaime Zavala Costa , miembro de la Comisión Consultiva de Trabajo; - Señor Grover Germán Pango Vildoso , miembro de la Comisión Consultiva de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa; - Señora Juana Silva Sernaqué , Directora General de la Ofi cina de Economía del Trabajo y Productividad, Directora General más antigua del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Señor Víctor Alfredo Lazo Peralta, representante de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada; - Señor José Jesús Guerrero Flores , representante de los trabajadores sujetos al régimen laboral público; - Señor Julio César Barrenechea Calderón , representante de los empleadores; - Señora Ana María Yáñez Málaga , representante de los profesionales; - Señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro , Asesora Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como Secretaria de Actas del Consejo de la Orden, con voz pero sin voto. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTIN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 172673-2 Simplifican Procedimiento de Inscripción de las Entidades Empleadoras que desarrollan Actividades de Alto Riesgo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2008-TR Lima, 5 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que el artículo 87° del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA, dispone que las entidades empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo deben inscribirse como tales en el registro que para el efecto administra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que la Planilla Electrónica, regulada por Decreto Supremo N° 018-2007-TR, es un instrumento orientado, entre otros fi nes, a eliminar y simplifi car los procedimientos administrativos a realizarse ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, y con ello, a la reducción de costos; Que entre los datos que deben declarar los empleadores obligados a utilizar la Planilla Electrónica está el registro de los establecimientos que constituyen centros de riesgo, cuando ello corresponda a las actividades que desarrollan;Que resulta pertinente disponer que el registro a que alude el primer considerando será estructurado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en base a la información declarada en la Planilla Electrónica; y que en tal medida, la obligación de inscripción ante la Autoridad Administrativa de Trabajo de las entidades empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo se considerará cumplida con la presentación de la Planilla Electrónica, que contenga la declaración de los establecimientos en los que se desarrollan actividades de riesgo. Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 25°, numeral 8°, de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- La obligación de inscripción ante la Autoridad Administrativa de Trabajo de las entidades empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo, a que se refi ere el artículo 87° del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA, se considera cumplida por aquellos empleadores obligados a utilizar la Planilla Electrónica, que declaren en ella los establecimientos en los que se desarrollan actividades de riesgo. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 172673-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Especial para la uniformización y simplificación del trámite por la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2008 MTC/03 Lima, 4 de marzo de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 846-2006 MTC/03 del 21 de noviembre de 2006, se designó a los representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Multisectorial encargada de implementar y poner en funcionamiento la Ventanilla Única de Comercio Exterior, creada por Decreto Supremo Nº 165-2006-EF; Que, mediante Ley Nº 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior se dispuso que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR designará la Comisión Especial en coordinación con las demás entidades competentes, para la uniformización y simplifi cación del trámite por la Ventanilla Única de Comercio Exterior, la que incluirá la tramitación por medios electrónicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2007- MINCETUR se aprobó el Reglamento para la Implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, que dispone que la Comisión Especial para la uniformización y simplifi cación del trámite por la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE estará